-Adelantó que plazo de acogimiento vence este 30 de abril
Las facilidades de regularización tributarias otorgadas por la Ley N° 29972 a las cooperativas agrarias que agrupan a pequeños productores, a Loreto no le es esquivo, por ello la Superintendencia nacional de aduanas y de administración tributaria, viene estableciendo la forma y condiciones para que dichas cooperativas puedan cumplir con el pago de su deuda tributaria.
De acuerdo a la Resolución que tiene esta norma, podrán acogerse a esta medida las cooperativas que tengan deudas tributarias exigibles al 31 de diciembre del 2011.
El procedimiento de regularización de deuda vence el 30 de abril, es por ello que vienen explicando que los contribuyentes deberán llenar y presentar el formulario N° 4846, el cual lo podrán descargar del portal de la SUNAT www.sunat.gob.pe y luego acercarse a una oficina de la Administración Tributaria o a los Centros de Servicios al Contribuyente, ubicados en todo el país.
El dispositivo señala que las cooperativas agrarias podrán pagar la deuda tributaria en un pago al contado con un beneficio de pronto pago, equivalente a un descuento de 10% de deuda material de acogimiento. También un pago fraccionado el cual de la cuota inicial y de cuotas mensuales iguales de fraccionamiento en un período de hasta 120 cuotas mensuales.
Precisan que el pago al contado o de la cuota inicial deberá efectuarse hasta la fecha de presentación de la solicitud de acogimiento y a través del Sistema Pago Fácil en los bancos autorizados. Para obtener mayor información, los contribuyentes incluidos en la Ley N° 29972 pueden ingresar al portal (www.sunat.gob.pe). (MIPR)






