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Defensoría del Pueblo realizó supervisión inopinada para verificar la atención a estudiante sorda en la UNAP

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  • La institución constató la prestación del servicio de interpretación en lengua de señas y orientó a la estudiante sobre sus derechos académicos.

La Defensoría del Pueblo realizó una supervisión en el Aula N.° 1 de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP), en una visita inopinada a las 09:16 horas, durante el desarrollo del curso de Matemática Lógica.
El objetivo fue verificar el cumplimiento del servicio de interpretación en lengua de señas para la estudiante universitaria, integrante de la comunidad sorda y alumna de educación inicial, en respuesta a una queja presentada ante esta institución por las organizaciones de personas con discapacidad.
Durante la diligencia, realizada con la autorización de la docente Margarita Reyes Muñoz, se verificó que la estudiante contaba con la asistencia del intérprete de lengua de señas Abner Ramírez Navarro.
Se constató que el servicio se presta de manera alternada por dos profesionales intérpretes, quienes brindan asistencia a la estudiante de martes a viernes.
En el marco de la diligencia, la estudiante manifestó estar agradecida con la intervención defensorial; por lo que se contó con el servicio de la intérprete de lengua de señas de la Defensoría del Pueblo, quién le comunicó la información de manera adecuada a la estudiante.
«La Defensoría del Pueblo reafirma su compromiso con la garantía del derecho a la educación inclusiva de las personas con discapacidad auditiva, velando por que las instituciones de educación superior cumplan con proveer servicios de interpretación en lengua de señas de forma oportuna y continua».
Con la culminación de esta constatación, la Defensoría del Pueblo deja constancia de los hechos observados y continuará con el seguimiento del caso para asegurar que la estudiante reciba el servicio de interpretación en lengua de señas de manera ininterrumpida durante el ciclo académico en curso, en plena observancia de la Ley N.° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y los estándares internacionales de derechos humanos.

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