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Defensoría del Pueblo pide información a Dirección de Agricultura

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– Campesinos de comunidad “Emilia Barcia Boniffatti” se sienten burlados en sus linderos
– Ante una queja interpuesta por los comuneros de esa zona. Gorel-Dirección

La queja contra la Dirección Regional de Agricultura fue interpuesta en Defensoría del Pueblo por el Apu Charles Ramírez Ramírez, de la comunidad nativa “Emilia Barcia Boniffatti”, ubicada en el río Amazonas, distrito de San Pablo, provincia de “Mariscal Ramón Castilla”, por la presunta negativa o dilación en el procedimiento de titulación de las tierras.
Como se recuerda, el Apu en su visita a Iquitos, informó que dicha comunidad fue reconocida por la Dirección de Agricultura de Loreto mediante Resolución Directoral 200-2009, por lo que con fecha 10 de junio del 2013 vienen solicitando al despacho de agricultura la titulación del territorio. Sin embargo, hasta la fecha no les han dado ninguna respuesta, por lo que ha entrado a tallar la Defensoría del Pueblo que le ha cursado al director José Cachay, el oficio 0771, demandando información.
Ramírez Ramírez dio a conocer también que con fecha 5 de junio de 2014 pidió la rectificación de las áreas del territorio titulado de la comunidad nativa “Las Palmeras”, ubicado en el río Amazonas-San Pablo. Consideran que no se respetó el lindero antiguo que ancestralmente venían cuidando, titulándose a la referida comunidad con un lindero en discordia.
Agregando que nunca se les notificó para los trabajos de demarcación territorial de esa comunidad, tal como lo señala la normatividad vigente. Información que hasta la fecha la entidad tampoco les han hecho llegar pese al tremendo esfuerzo que hacen para llegar a Iquitos.
Defensoría del Pueblo está esperando respuesta a la solicitud hecha a la dirección de agricultura para que le entregue toda la información que no le ha alcanzado al apu de la comunidad, principalmente para que le diga en qué estado están las solicitudes interpuestas por los representantes de las comunidades, respecto a las titulaciones así como de la rectificación del territorio titulado de la comunidad “Las Palmeras”.
Le exhorta a tener una intervención preventiva, oportuna y proactiva puesto que todo ello contribuye a disipar percepciones de inacción y desatención estatal, lo cual indispone y deslegitima a la institucionalidad a la cual corresponde atender funcionalmente.

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