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Defensoría del Pueblo destaca decisión del Poder Judicial al dictar medidas de protección a favor de dos estudiantes de la UNAP víctimas de hostigamiento sexual

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  • Tras la intervención de la Oficina Defensorial de Loreto, ante hechos de violencia psicológica y sexual en la modalidad de acoso estudiantes cuentan con protección judicial.

La Defensoría del Pueblo en Loreto, realizó el acompañamiento a las estudiantes para presentar su denuncia y remitir las actuaciones defensoriales con las actuaciones de persuasión ante el Tercer Juzgado de Familia Sub especializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Maynas, donde se admitió a trámite la denuncia y dictó medidas de protección inmediatas a favor de dos estudiantes de la carrera de Ingeniería de Industrias Alimentarias de la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana (UNAP).
El órgano jurisdiccional calificó el caso como de riesgo severo, al advertir la vulnerabilidad de las estudiantes por su condición de mujeres y por la connotación sexual de los hechos denunciados, atribuidos a un docente de la referida casa de estudios y a un estudiante que habría actuado como intermediario.
La Oficina Defensorial de Loreto, optó por sugerir esta vía, debido a que la UNAP, no calificó adecuadamente el caso recibido desde el caso el 17 de julio de 2026, a raíz de la denuncia presentada por la organización estudiantil de la Facultad de Industrias Alimentarias. Sumado a ello, se formularon actuaciones de persuasión ante la Unidad de Recursos Humanos, el Rectorado y la Comisión contra el Hostigamiento Sexual de la UNAP, a quienes se les recomendó actuar con la debida diligencia y celeridad que exigen estos casos.
Es así que el 12 de agosto de 2026, mediante Oficio N.° 1165-2026-DP/OD-LORETO dirigido al Rector de la UNAP, la Defensoría del Pueblo recomendó disponer medidas de protección, evaluar la separación preventiva del docente denunciado, poner los hechos en conocimiento del Ministerio Público y garantizar el acompañamiento psicológico y legal de las estudiantes.
Ante la falta de una respuesta institucional oportuna por parte de la universidad, y en resguardo de los derechos de las víctimas, la Oficina Defensorial remitió sus actuaciones al Poder Judicial mediante el Oficio N.° 1363-2026-DP/OD-LORETO, solicitando la valoración judicial de los hechos y el dictado de medidas de protección.
Ante ello, el Juzgado dispuso, entre otras medidas: el impedimento de acercamiento o proximidad de los denunciados hacia las estudiantes agraviadas. La prohibición de toda forma de comunicación —escrita, telefónica, electrónica o por redes sociales— con fines de agresión. El abordaje integral de las víctimas a través del Centro Emergencia Mujer y Centros de Salud Mental Comunitario.
El tratamiento reeducativo y terapéutico para los denunciados. La remisión de la resolución al Rectorado de la UNAP para la aplicación de las sanciones administrativas que correspondan. La notificación a la Comisaría PNP 9 de Octubre para la realización de rondas de protección en los domicilios de las agraviadas. Puesta en conocimiento de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Maynas.
La Defensoría del Pueblo ha reiterado a las autoridades universitarias, adoptar las medidas correctivas e identificar las responsabilidades administrativas por la omisión en implementar las medidas de protección a las estudiantes, por lo que se ha puesto en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Educación Superior SUNEDU.
La Defensoría del Pueblo, reafirma su compromiso con la defensa de los derechos fundamentales de las y los estudiantes, y continuará realizando el seguimiento correspondiente al cumplimiento de las medidas de protección dictadas, así como a las actuaciones administrativas que debe adoptar la Universidad Nacional de la Amazonía Peruana.
La institución exhorta a las autoridades universitarias a actuar con la debida diligencia frente a este tipo de denuncias, y recuerda que la violencia contra las mujeres en el ámbito académico constituye una vulneración grave de sus derechos a la integridad, la dignidad y el libre desarrollo educativo.

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