- Candidato de Somos Perú no podrá participar en elecciones.
Habiéndose declarado fundada la tacha contra el candidato de Somos Perú al distrito de Punchana, Jairo Bicerra, este interpuso una garantía constitucional de acción de amparo ante el 2º Juzgado Civil de Maynas, que despacha el juez Juan Abelardo Chong Amasifuen, el mismo que declaró improcedente dicha demanda.
Por cuanto señala, entre otros, que el Tribunal Constitucional “en ningún caso la interposición de un proceso de amparo contra el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), suspende el calendario electoral, el cual sigue su curso. Ello implica que, a la fecha habiendo precluido la etapa de inscripción mal haría este despacho para pronunciarse vía cautelar sobre la pretensión planteada”.
Es por estas consideraciones, que el citado juez declaró improcedente la media cautelar solicitada por Jairo Bicerra, quien no podrá participar de las elecciones regionales y municipales 2022.
Es de recordar que la acción de amparo es una garantía constitucional que procede contra el hecho u omisión por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza derechos fundamentales, que busca proteger los derechos constitucionales reconocidos por la Constitución, diferentes a la protección de la libertad individual, a los derechos relacionados y los que protege el Habeas Data.






