- Por presunto Cohecho Pasivo Específico
Reconociendo la existencia de graves y fundados elementos de convicción, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas de la Corte Superior de Justicia de Loreto ordenó la prisión preventiva de dos trabajadores del Ministerio Público a fin de garantizar la investigación fiscal que se les sigue por presunto delito de Contra la Administración Pública, en la modalidad de Cohecho Pasivo Específico.
La jueza refirió la aplicación de esta medida como idónea, necesaria y proporcional para garantizar la presencia de los investigados en el curso de esta investigación.
En el cuidadoso análisis de la magistrada, se determinó conveniente el plazo de 12 meses, y no 18, como solicitó el Ministerio Público, toda vez que, por los graves y fundados elementos de convicción identificados, ya se cuenta con un avance significativo del proceso que no amerita extender la investigación y sí, de ser el caso, proseguir con la etapa de juzgamiento, en la que se emitiría la sentencia correspondiente.
Asimismo, la jueza, María Esther Ruiz Bazalar, dispuso el inmediato internamiento de los procesados para el cumplimiento del mandato judicial, cuya resolución fue emitida al promediar las 6:30 de la tarde de ayer.
Hechos
El 25 de agosto del presente año, el Ministerio Público recepcionó la denuncia verbal de una ciudadana norteamericana sobre el presunto hecho de corrupción cometido por una psicóloga y un asistente de la Unidad de Medicina Legal del Ministerio Público de Loreto.
Dichos servidores públicos habrían solicitado a la denunciante la cantidad de 1000 dólares, a fin de alterar el sentido de una pericia psicológica y favorecer ilícitamente el proceso en materia de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar.
En operativo de revelación del delito, se individualizó y detuvo a los trabajadores del Ministerio Público en la supuesta flagrancia delictiva.
De esta manera, ayer, en horas de la tarde, el juzgado de la Corte de Loreto ordenó su investigación bajo prisión preventiva, la misma que deberá ser concluida por el Ministerio Público en el plazo de 12 meses.
Entre los fundamentos señalados por la jueza, precisó la inexistencia de arraigo domiciliario y laboral de calidad, lo cual “hace peligrar la investigación a ejecutarse”.
Al mismo tiempo, indicó que, al tratarse de una sanción con prognosis de pena elevada (no menor de 8 ni mayor de 15 años), tal factor podría impulsar a que los procesados evadan la justicia. CSJ Loreto





