- Ya que el poder judicial declaró improcedente las solicitudes de Habeas Corpus y Tutela de Derechos.
- El propio ministerio público habría obligado de manera indirecta a la fiscal responsable, pedir su exclusión del caso contra el gobernador de Loreto.
Por lo que el consejero regional Francisco Javier López Robles, de inmediato se quejó ante el órgano de control interno del ministerio público, la Contraloría de la República y la Junta Nacional de Justicia; al presidente de la junta de fiscales superiores de Loreto, Dr. Alberto Niño de Guzmán Sánchez.
“En base a la Carpeta Fiscal 00555-2022-65-1903-JR-PE, contra el gobernador regional y otros, por la presunta comisión de peculado doloso, se interpuso el pedido de prisión preventiva por parte de la Dra. Celina Isabel Otero Amasifuén.
La presente queja se refiere a la Carpeta 210-2022 que contiene la disposición 01 del 5 de mayo 2022, emitida por la fiscalía superior especializada en delitos de corrupción de funcionarios y notifican ese mismo día a la fiscal que hizo la solicitud de prisión preventiva contra el gobernador de Loreto y otros.
El presidente de la junta de fiscales superiores de Loreto demuestra una conducta escandalosamente cuestionable ya que, habiéndo declarado en el poder judicial improcedente, desde el 4to. Juzgado de Investigación preparatoria de Loreto, el recurso de Habeas Corpus, presentado por Elisbán Ochoa.
Y también declarado infundado por el primer juzgado de investigación preparatoria, el recurso de Tutela de Derechos, contra el gobernador Ochoa Sosa, y no existiendo otros recursos que puedan entorpecer, obstruir o retrasar la audiencia de prisión preventiva programada por el primer juzgado de investigación preparatoria para este viernes 13 de mayo a las 9 de la mañana.
En referencia al expediente 00555-2022-65-1903-JR-PE- la fiscalía superior muestra una actitud desafiante, de hostilización y contra la ética, en virtud al DL. 052 al aperturarle de manera maratónica investigación a la fiscal a cargo del caso. Obligándola de manera indirecta a dejar el caso, justo cuando falta menos de una semana para la audiencia de pedido de prisión preventiva. Levantando todo tipo de sospechas que deben investigarse.
Nuestra queja se basa fundamentalmente en la forma tan escandalosa y desesperada que la fiscalía superior acusa a la fiscal responsable del caso en contra del gobernador regional y que al haberse negado los recursos Habeas Corpus y Tutela de Derechos por parte del Poder Judicial, la fiscalía superior apertura investigación preliminar en contra de la fiscalía a cargo; por los presuntos delitos de abuso de autoridad, negociación incompatible o aprovechamiento indebido del cargo y prevaricato.
Denuncia que habría presentado el investigado Elisbán Ochoa, y que de manera maratónica se le ha notificado a la fiscal, obligando de manera indirecta y subjetiva a pedir su exclusión de la investigación que seguía contra el gobernador de Loreto. Y que para el desarrollo de la audiencia de prisión preventiva solo quedan 4 días. Siendo una actitud obstruccionista a la justicia, a la audiencia y a las investigaciones.
La queja funcional va directa al presidente de la junta de fiscales superiores de Loreto, Albero Niño de Guzmán Sánchez, en virtud de lo que hoy se está cocinando dentro del ministerio público, sede región Loreto, es en virtud al DL 052-art 5. Autonomía funcional. Los fiscales actúan independientemente en el ejercicio de sus atribuciones en la que desempeñan según su propio criterio y en la forma que estimen más arreglada a los fines de su institución. Siendo un cuerpo jerárquicamente organizado, deben sujetarse a las instrucciones que pudieran impartir sus superiores.
Siendo evidente que desde la presidencia de la junta de fiscales superiores, se habría permitido, consentido, omitido algún tipo de objeción al momento de aperturar la denuncia en contra de la fiscal quien viene desempeñando una labor estrictamente dentro del marco legal, así como lo ha mencionado el poder judicial tanto en la audiencia de Habeas Corpus y Tutela de Derechos, que le fueron denegados al investigado Elisbán Ochoa y ahora la fiscalía superior, de manera sospechosa abre investigación a la fiscal a cargo de sustentar el requerimiento de prisión preventiva.
¿Cuál es la intención de la fiscalía superior? ¿Por qué se le apertura investigación de presuntos delitos que obliguen a la fiscal a retirarse del caso? ¿Cuál es el interés de la fiscalía superior de que el proceso en contra del gobernador regional de Loreto, se dilate?
La actitud sospechosa y escandalosa del presidente de la junta de fiscales superiores de Loreto, frente a la aparente intención de obstruir el proceso de investigación y la audiencia de prisión preventiva en contra del gobernador, amerita una investigación exhaustiva y profunda por parte del órgano de control interno del ministerio público, de la Contraloría General de la República y la Junta Nacional de Justicia” apunta el consejero regional Francisco López.





