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Cómo garantizar el interés superior del niño (a) y la celeridad de los procesos de alimentos conforme a la reciente Ley 31464

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  • Se abordó en conferencia magistral


Para contribuir a una labor más eficiente y efectiva de los operadores de justicia que ven procesos de alimentos, la Corte Superior de Justicia de Loreto impartió la conferencia magistral: “Reformas en el proceso de alimentos”.
La misma, se desarrolló en el marco de la reciente Ley 31464: “Ley que modifica las normas que regulan los procesos de alimentos, a fin de garantizar la debida aplicación del principio del interés superior del niño y la obtención de una pensión de alimentos adecuada”.
Durante su ponencia, el magistrado del Juzgado de Paz Letrado de Requena, William Leopoldo Alejo Cruz, precisó los esfuerzos del Poder Judicial para atender con la debida diligencia los procesos de alimentos, los cuales son muy recurrentes en esta zona de la Amazonía.
Al mismo tiempo, reconoció las ventajas de la transformación digital en el funcionamiento del servicio de justicia; sin embargo, observó que la personas en vulnerabilidad son precisamente las que más necesitan entablar una demanda de alimentos; pero, la mayor parte de este grupo carece de los equipos tecnológicos y mucho menos de conexión a internet; lo que dificulta frecuentemente con el avance célere del proceso.
En el contexto de brechas tecnológicas, el destacado expositor también precisó que no todos los procesos de alimentos se ven beneficiados de las notificaciones electrónicas, lo cual acontece cuando las partes viven en comunidades alejadas y con limitaciones de comunicación, resultando imprescindible recurrir a la notificación física (presencial), la cual toma más días para su realización. Sin duda, un panorama diferente en comparación con los procesos que obran en las sedes judiciales de la ciudad. Con todo, jueces, juezas, y servidores continúan trabajando con esfuerzo y compromiso para reducir la carga de procesos judiciales.
La inauguración del evento estuvo a cargo del Presidente de la Corte de Loreto, doctor Carlos Alberto Del Piélago Cárdenas, quien expresó en su mensaje: “A pesar de las distancias, nuestros magistrados, caracterizados por su gran calidad profesional, se hacen presente para ilustrar a la comunidad académica y al público un tema jurídico de suma relevancia”.
Cabe precisar que esta conferencia se ofreció como parte del programa de aniversario del Módulo Básico de Justicia de Requena, que cumple este 26 de junio veintidós años de creación institucional.
Asimismo, la Corte Superior de Justicia de Loreto continuará impulsando eventos académicos, a fin de dar a conocer las actualizaciones y modificaciones en torno a las normas del sistema de justicia para beneficio de la comunidad.
Algunos segmentos relevantes en la reforma del proceso de alimentos, según la Ley 31464, se citan a continuación:
La medida cautelar de asignación anticipada de alimentos a favor del niño o adolescente alimentista puede concederse con el propósito de garantizar que el justiciable perciba un anticipo económico en tanto se resuelve el proceso.
El Juez puede realizar la audiencia única de manera presencial o virtual, privilegiando en todos los casos la vigencia de los principios de oralidad, concentración, celeridad y economía procesal.
Si la parte demandada no concurre a la audiencia única, pese a haber sido debidamente notificada, el Juez emite sentencia en el mismo acto atendiendo la prueba actuada.
Si ninguna de las partes concurre a la audiencia única y existen los medios probatorios suficientes para resolver, el Juez emite sentencia en aplicación del principio del interés superior del niño. CSJ Loreto

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