Capacitación sobre derechos como consumidores y defensa de la propiedad intelectual

Cerca de mil doscientos loretanos beneficiados de:

En el marco de estas acciones, la Oficina Regional del Indecopi en Loreto (ORILoreto) brindó un taller a directores de centros educativos religiosos de Iquitos sobre sus obligaciones a favor de los padres de familia y estudiantes
Entre enero a la fecha, la Oficina Regional en Loreto (ORI –Loreto) ha capacitado a 1 173 estudiantes, universitarios, directores, docentes, empresarios, productores, emprendedores y público en general sobre las normas de protección al consumidor y la importancia del respeto a la propiedad intelectual. En total se han dictado 26 capacitaciones en lo que va del año.
Entre estos, está la charla dirigida a directores de las instituciones educativas privadas que conforman el Consorcio Regional de Colegios Católicos sobre las obligaciones que deben cumplir con relación a los regímenes económicos, de pensiones, entre otros; los que deben constar en los reglamentos internos de los colegios para salvaguardar los derechos de los padres de familias y estudiantes.
En la capacitación participaron autoridades de los centros educativos Nuestra Señora de Fátima, Nuestra Señora de Loreto, Virgen de Loreto, Sagrada Familia, Nuestra Señora de la Salud, San Agustín, Rosa de América, San Francisco de Asís y 60019 San Martín de Porres.
Con respecto a las condiciones económicas y de la prestación del servicio, los expertos detallaron que, por lo menos 30 días calendario antes de finalizar el año escolar, deben informar por escrito, y como mínimo, el importe y fecha de pago de la matrícula y de las pensiones del siguiente año lectivo, la posibilidad de incremento del importe de las pensiones, y la posibilidad de negarse a renovar la matrícula en caso de incumplimiento de las obligaciones de índole económica acordadas en el contrato de servicio educativo, entre otros.
Además, explicaron que está prohibido el cobro de las pensiones adelantadas, salvo que ésta reemplace a la cuota de ingreso; no pueden realizar la publicación de comunicados al público informando de la morosidad; deben garantizar la participación directa de los padres de familia en la selección de textos escolares de acuerdo a la Ley que protege a los consumidores de las prácticas abusivas en la selección o adquisición de textos escolares, y contar con el Libro de Registro de Incidencias, de acuerdo con los formatos señalados por el Ministerio de Educación.
De otro lado informaron que, antes del inicio del año lectivo, las autoridades de los centros educativos deben orientar sobre el acceso y uso de las plataformas virtuales, y no impedir el ingreso a las instalaciones y/o a las plataformas donde se brinda el servicio educativo ante el atraso o falta de pago de las pensiones, ni condicionar la evaluación de los estudiantes o la entrega de sus libretas de notas al pago de las pensiones.
Finalmente, les recordaron que solo está permitido el cobro de cuota de ingreso, matrícula y pensiones. La matrícula no puede exceder al importe de una pensión mensual, y otros. (C. Ampuero)