JUZGADO DE FAMILIA

EDICTO
EXPEDIENTE Nº 01189-2012-0-1903-JR-FC-01; JUEZ MYRNA MEDINA CALDERON. ESPECIALISTA: MAGNOLIA RODRIGUEZ GONZALES, en los seguidos por GLADIS PANDURO MOZOMBITE contra la SUCESION DE PEDRO MAMANI VILLACORTA sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO:
AUTOS Y VISTOS:
SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por GLADIS PANDURO MOZOMBITE contra la SUCESION DE PEDRO MAMANI VILLACORTA, MILTON MAMANI VILLACORTA sobre DECLARACION DE UNION DE HECHO en la VIA DE PROCESO DE CONOCIMIENTO, teniéndose por ofrecido los medios de probatorios que se indican los que se merituarán en su oportunidad, en consecuencia, confiérase traslado a la parte demandada, debiéndose efectuarse las publicaciones respectivas en el Diarios Oficial “El Peruano” y en “La Región” por un período de tres días consecutivos, y notifíquese además al demandado MILTON MAMANI VILLACORTA, por el término improrrogable de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía, conforme lo dispone el artículo cuatrocientos cincuenta y ocho del Código Adjetivo.- Notifíquese. Iquitos 10-10-2012.
Magnolia Rodríguez Gonzáles
Especialista Legal
1er. Juzgado de Familia
V-3(16,17 y 18)B/28525
S/38.40