«Esperamos la modificación del artículo segundo de la ordenanza regional 012»

-Paul Flores, coordinador de proyectos de INPPARES

-Plantean  que adolescentes accedan a servicios diferenciados sobre educación sexual sin la presencia de padres o tutores

-Consideran una barrera que obliga al adolescentes a no informarse  en forma tranquila y privada

La ordenanza 012 se emitió en el 2009 por parte del Consejo  regional de Loreto, donde se plantea una idea interesante que promueve el acceso de adolescentes a servicios diferenciados en centros de salud en el nivel reproductivo, sin embargo los especialistas en estos temas han identificado que existe una debilidad  en la ordenanza aprobada puesto que en su artículo segundo plantean  que los adolescentes de la región Loreto deben tener acceso a estos servicios, pero con la presencia de sus padres y tutores.

«Nosotros creemos que este artículo debe ser modificado, pues es complicado, no permite que los adolescentes tengan un acceso libre  y privado, como todos sabemos los adolescentes tienen muchos prejuicios con sus padres, ocasionando que no lleguen a los centros donde se da el servicio diferenciado», precisa Paul Flores, coordinador de proyectos de INPPARES

Explica que esto no contradice a las estructuras legales donde el padre o el tutor es el que decida ciertas cosas de los hijos, «Lo que pedimos es que exista una acceso por parte de los adolescentes en forma tranquila, privada, que ellos no se sientan intimidados y que no se sientan juzgados por sus propios padres, lo que hace es reconocer que existe familias diversas, hay muchos padres que no tienen ni el menor tiempo sea por trabajo, otro caso es que las madres sean padre y madre a la vez, entonces lo que se busca es modificar ese artículo»

«Hemos estado en reunión como sede de Inppares en Iquitos, sustentando la modificación del artículo segundo, esto es colocado en agenda por el presidente del Consejo, lo cual consideramos muy valiente y aplaudimos la acción, pues vemos que el Consejo tiene interés respecto a la situación  de los adolescentes, ha sido aprobado por unanimidad para que este pedido pase a  la comisión de desarrollo social, donde será analizado  y tendrán que emitir una respuesta».

Señala que una de las principales dudas que tenían los consejeros era si esta modificatoria se anteponía  a las leyes o normas nacionales respecto a la presencia del tutor o de los padres, y otras que incluso penalizan las relaciones entre menores de edad, «Hay como diez regiones en el país que ya tienen ordenanzas de este tipo, sin ir muy lejos la región Ucayali tiene la ordenanza donde no se autoriza la aceptación del padre, sino que es de libre acceso del adolescente, esto también da libertad a los docente y personal médico en orientar, pues muchos no quieren hablar sobre el tema de prevención pues temen ser acusados de estar incitando a los alumnos».

En nuestra ciudad existen varios centros de salud que tienen el acceso diferenciado, pero son muy poco los jóvenes que van a este servicio.

«Actualmente hay varias leyes que se están contradiciendo, cuando existe esto debe primar la constitución política del Perú que es una norma mayor y que tiene que garantizar los deberes y derechos de las personas». (MIPR)