Se consolida creación de Reserva Yaguas

  • Diálogo entre pueblos indígenas y viceministros de Ambiente y Cultura va por buen camino

Los pueblos Tikuna de la comunidad Santa Rosa de Cauchillo; Kichwa de las comunidades Huapapa y Primavera; Yagua de la comunidad Álamo, los Kichwa de la comunidad Nuevo Porvenir, los Huitoto de la comunidad Mairidicai, así como la Organización de Comunidades Indígenas del Bajo Putumayo y Río Yaguas; la Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente-ORPIO; la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica-COICA y la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), en el marco del espacio de diálogo abierto entre los viceministros de los Ministerios de Ambiente y Cultura, saludan al Estado porque ha empezado a escuchar las propuestas indígenas y que la conservación de la biodiversidad de la Zona Reservada Yaguas, constituya un compromiso y responsabilidad conjunta del Estado y de los pueblos indígenas. En este mismo sentido, el país cuenta con el marco jurídico para el establecimiento de las Áreas Naturales Protegidas, como también de reconocimiento y respeto de los derechos colectivos de los pueblos, mediante la Constitución, el Convenio 169 de la OIT y la Ley de Consulta Previa.

«Para los pueblos indígenas el territorio es el espacio que habitamos y compartimos con otros seres vivos, ya que establecemos una relación armónica, equilibrada y directa con la naturaleza que garantiza la sostenibilidad de los bosques amazónicos para la manifestación de nuestras espiritualidades, culturas y sabidurías ancestrales. La conservación de la biodiversidad solo es sostenible si el comunero indígena y el poblador local percibe que los ecosistemas, adecuadamente manejados en las áreas naturales protegidas, pueden brindar beneficios económicos tangibles para él y su familia, sin dañar el bosque. En base de lo señalado, la Reserva Comunal es una categoría de área natural protegida de uso directo, destinada a la conservación de la flora y fauna silvestre, en beneficio de las poblaciones locales y comunidades campesinas o nativas pertenecientes a los pueblos indígenas. El aprovechamiento de los recursos naturales constituye una estrategia que ha empoderado a las comunidades y las organizaciones de productores locales, ya que les permite forjar su camino para incrementar sus niveles de calidad de vida.

El Régimen Especial de las Reservas Comunales, mediante la Resolución de Intendencia 019-2005 de junio 24 de 2005 INRENA-IANP, desarrolla la Ley y el Reglamento de Áreas Naturales Protegidas (ANP), en concordancia con la Constitución Política, las disposiciones del Convenio Nº 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes y demás disposiciones aplicables, garantizando, en el ámbito de su aplicación, la consolidación de prácticas ancestrales, valores, instituciones, conocimientos, cosmovisión, espiritualidad e innovaciones, relevantes a la conservación y el manejo de la diversidad biológica, de las comunidades campesinas o nativas pertenecientes a los pueblos indígenas», indican.

Refiere que las Reservas Comunales brindan a los pueblos indígenas, la oportunidad de demostrar sus capacidades de gestión de estas ANP, poniendo en evidencia modelos de gobernanza indígena junto al Estado. Por esta razón y amparados en la experiencia práctica de nuestros hermanos indígenas de otras zonas de la Amazonía que vienen desarrollando junto con el Estado procesos de Co-Gestión en 10 Reservas Comunales a través de contratos de administración entre el SERNANP y los Ejecutores de Contratos de Administración (ECAS); consideramos que antes de definir una sola categoría de ANP, se debe abrir un proceso de diálogo de todas las partes involucradas en la Zona Reservada de Yaguas. Situación que felizmente ha empezado a darse curso. Diálogo que debe permitir llegar a acuerdos de consenso entre los pueblos indígenas y el Estado. Ejemplos vivos de este tipo de categorización lo muestran las experiencias del Parque Nacional Otishi y las Reservas Comunales Asháninka y Yanesha. Asimismo el Parque Nacional Alto Purús y la Reserva Comunal Purús, y en el propio Loreto el Parque Nacional Güeppí y las Reservas Comunales Airo Pay.
«Para nuestros pueblos y comunidades la creación de la Reserva Comunal Yagua, representa una valiosa oportunidad para consolidar las relaciones fraternas que deben existir entre el Estado y los pueblos indígenas; en este contexto, deploramos la equivocada conducta de la ONG Instituto del Bien Común (IBC), que lejos de respetar los derechos y las prácticas tradicionales de los pueblos indígenas, ha pretendido imponer sus intereses particulares, propiciando conflictos entre hermanos indígenas, actitudes que las comunidades y organizaciones indígenas rechazamos. Asimismo, informamos a la opinión pública nacional e internacional, que el IBC es un organismo no gubernamental, que no representa al indígena, para ello nosotros contamos con nuestras propias organizaciones representativas tanto a nivel local, como regional, nacional e internacional. De esta manera, el diálogo iniciado con el MINAM y MINCUL, es un diálogo entre los PP.II. y el Estado, orientado a resolver de forma concertada el proceso de categorización de la ZRY, teniendo como base la doble conservación de la diversidad Biológica y Cultural». (MIPR)

Un comentario sobre “Se consolida creación de Reserva Yaguas

  1. El deber cumplido de manejar sosteniblemente la flora y la fauna, le atribuyen al Pueblo Yagua el derecho a una Reserva Comunal.

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