Loreto: momento crucial

Por: Fernando Meléndez Zumaeta
loretoesmibandera@hotmail.comFernando Melendez Zumaeta

El pueblo Loretano nuevamente da ejemplo de ferviente amor patriótico cuando en las calles exhaló el grito de Libertad, de Independencia y de Soberanía. En el siglo XIX lo hicimos contra la opresión española y en la década de los 90 del siglo XX, lo hicimos contra la dictadura y la corrupción fujimontesinista.
En esta ocasión la lucha es para garantizar nuestra soberanía energética, que la Constitución Política de 1993 puso en manos de las empresas transnacionales restringiendo y en algunos casos anulando la iniciativa privada del Estado, el gobierno de entonces, desacreditó a todas las empresas estatales tildándolas de burocráticas y corruptas, como pretexto para rematarlas al mejor postor, sin que hasta la fecha sepamos con claridad el destino de esos recursos de todos los peruanos.
Las circunstancias financieras que vive el mundo y el Perú en particular, nos obliga a tomar decisiones estratégicas, una empresa peruana debe responsabilizarse de la exploración, la producción y la comercialización del oro negro que se extrae del sub suelo de Loreto y que corresponde a todos los peruanos, al pueblo Loretano y en especial a las comunidades indígenas asentadas en las zonas de influencia de los proyectos petrolíferos.
Haciendo un análisis y estudio reciente a la legislación vigente, encontramos que la Ley Nº 28448 – Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú – PETROPERU S.A. en su artículo 3º dispone que: Es objeto social de PETROPERU S.A. llevar a cabo las actividades de hidrocarburos que establece la Ley Nº 26221 – Ley Orgánica de Hidrocarburos, en todas las fases de la industria y comercio del petróleo, incluyendo sus derivados, petroquímica básica y otras formas de energía. Sin embargo, el Decreto Supremo Nº 012-2013-EM, que aprueba el Reglamento de esta Ley no define a qué se refiere cuando la ley establece su objeto social.
La Sociedad Peruana de Hidrocarburos define las fases de la industria en tres fases dentro de la cadena de valor: exploración, producción y refinación. Siendo así, entonces PETROPERU, tiene el marco legal para intervenir en las tres fases de la industria petrolera. Empero, desde mi humilde entender y mis escasos conocimientos en derecho obtenidos durante mi formación profesional como Contador Público; observo que falta cumplir con un requisito constitucional establecido en el segundo párrafo del Artículo 60°…Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional. Esta Ley no existe. Entonces se debe tramitar y publicar con prontitud para pretender impulsar la idea de que PETROPERU sea la empresa que se encargue de la administración del Lote 192. Como antecedente puedo señalar la Ley Nº 30130 – Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la prioritaria ejecución de la Modernización de la Refinería de Talara para asegurar la preservación de la calidad del aire y la salud pública y adopta medidas para fortalecer el gobierno corporativo de Petróleos del Perú – PETROPERU S.A.
El gobierno nacional ha afirmado que PETROPERU S.A tiene como prioridad fortalecer la refinería de Talara y salir a cotizar en bolsa. El Ministerio de Economía y Finanzas ha manifestado su negativa porque el Estado tendría que pagar US$ 345 millones a Pluspetrol por sus activos si decidiera explotar el lote. Además, la ley de fortalecimiento de la refinería de Talara impide a la empresa estatal destinar recursos a otras actividades y proyectos. Ley que también se debe modificar.
Por otro lado, la licitación del Lote 192 no se concretó, pues ninguna empresa calificada presentó una oferta para participar en la misma y el concurso fue declarado desierto. No solo Pacific Rubiales y Perenco desistieron de presentar ofertas, sino también Pluspetrol, actual operador del lote, pues el barril de petróleo crudo se cotiza en el mercado internacional al 50% menos de lo que costaba el año pasado, sumado a ello la caída de la producción de 40,000 a 10,000 barriles diarios más las demandas de millonarias sumas de remediación ambiental y los conflictos socioambientales. El Ejecutivo adelantó que trabaja un plan B sobre el tema.
Perupetro dio a conocer que, a efectos de asegurar el mantenimiento de la producción de petróleo en el Lote 192, evalúa la suscripción de un contrato, mediante negociación directa. El contrato podrá ser de carácter temporal (dos años) o definitivo (30 años), de acuerdo con los resultados de la evaluación. PETROPERU, solo podrá intervenir hasta con un 25% del contrato.
El viernes 14 se supo que Perenco – que era la única empresa que había mostrado interés en el Lote 192 – se había retirado de las negociaciones, con lo cual no queda ninguna empresa interesada en el mencionado lote. El día sábado 15 de agosto, la viceministra de Interculturalidad del Ministerio de Energía y Minas informó que: “por primera vez en la historia se establece un beneficio directo para las comunidades. Este ministerio ofreció un fideicomiso privado del 0.75% de la producción fiscalizada del Lote 192, para las comunidades indígenas, como parte de los acuerdos de los Procesos de Consulta Previa.
Se espera que antes del 29 de Agosto – fecha en que se vence el contrato con la Pluspetrol – se logren resultados concretos y favorables y que el gobierno “nacionalista” prefiera a PETROPERU S.A, antes que a empresas transnacionales. Mientras tanto el canon petrolero continúa en declive y no permite la ejecución de los proyectos de inversión pública. ¡Adelante!