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JEE de Maynas aclaró sobre tacha a Jorge Mera

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– «JNE revisó minuciosamente el tema en Lima», dijo vocero del Jurado

El Jurado Electoral Especial de Maynas convocó ayer a una conferencia de prensa para dar a conocer detalles sobre la exclusión de Jorge Mera como candidato al gobierno regional por la agrupación Mera, y que ha generado un remezón en el ámbito político regional.

El principal punto para que el Jurado Nacional de Elecciones haya excluido a Mera Ramírez y a su vicepresidente Walter Cubas, es que los miembros del Órgano Electoral Central y los Delegados Provinciales no son afiliados al movimiento regional MERA.

Según la Resolución 1876 del JNE, el estatuto de MERA indica en su artículo 10 que «el órgano electoral está integrado por 5 miembros titulares y 5 suplentes, elegidos por la Asamblea Regional, entre los afiliados activos y hábiles que no ostentan cargo en los otros órganos del movimiento».

En el segundo párrafo del artículo 13 del estatuto de MERA, establece: «la elección a presidentes y vicepresidentes de los regiones y consejeros regionales, alcaldes, regidores y otros cargos de elección popular será mediante elecciones con voto universal, libre, voluntario, directo y secreto de los afiliados».

Comparando al caso de Jorge Monasí (Fuerza Loretana) que postula a la provincia de Maynas, que es casi igual al del movimiento regional MERA, pero que sin embargo a ellos les dieron luz verde para seguir en carrera electoral, el vocero del Jurado Electoral Especial, Michel Bardales, dijo:

«En los estatutos del movimiento Fuerza Loretana se indica que «las elecciones internas se realizarán con la votación de los afiliados». No habla de prohibición o que otras personas de otras organizaciones políticas formen parte del comité electoral. Esa es la diferencia con los estatutos del movimiento MERA», dijo.

Ante la pregunta del porqué en el JEE de Maynas no advirtieron que los miembros del Órgano Electoral Central y los Delegados Provinciales no son afiliados, el vocero indicó que:

«Nosotros sólo tuvimos tres días para resolver la tacha porque así lo dice la Ley. Nosotros verificamos en el ROP (Registro de Organizaciones Políticas) si estos miembros están afiliados, y no lo estaban; pero al preguntarles a los de la agrupación MERA si tenían estatuto, nos dijeron que no.

Como la ley no obliga a los movimientos regionales a que cuenten con estatutos, es que declaramos improcedente la tacha presentada por Roger Álvarez Yumbato.

Ya en Lima, el Jurado Nacional de Elecciones, con todo el tiempo que se otorga, hace las averiguaciones más minuciosamente y descubre que MERA sí tenía estatuto y que ahí indicaba que en las elecciones internas sólo participan los afiliados», agregó.

El personero de MERA, Claudio Vela, dijo que interpondrán un recurso de amparo y que lucharán contra el tiempo para que Jorge Mera continúe en carrera. Algo muy difícil de darse. (GLP)

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