EDICTO PENAL
En el Exp. Nº 01635-2013-10-1903-JR-PE-03, en los seguidos contra el investigado ROBERTO CARLOS ELIAS CASTRO, como presunto autor del Delito de Contrabando, en agravio El Estado; se NOTIFICA POR EDICTO al investigado ROBERTO CARLOS ELIAS CASTRO, la RESOLUCIÓN NÚMERO DOS, de fecha 25 de octubre de 2013, cuyo contenido es el siguiente: “DADO CUENTA con el escrito que antecede, téngase por cumplido el mandato contenido en la resolución número uno; advirtiéndose del requerimiento precitada que el investigado no cuenta con abogado (particular o de oficio); NOTIFÍQUESELE en su domicilio real para que en el plazo de UN DÍA designe al abogado de su elección, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de nombrarse abogado de oficio que lo represente en la audiencia; conforme lo prevé el artículo 85 del Código Procesal Penal y fecho, DÉSE cuenta. NOTIFÍQUESE.”. FIRMADO: ABOG.RODOLFO ROGELIO AVILA CARNAQUE -JUEZ(S) DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA. ABOG. LUIS CARLOS PAREDES ARBILDO-ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.
Iquitos, 20 DE DENERO DE 2014
V-3(28,29 y 30)