32 C
Iquitos
spot_img

JUZGADO PENAL

Date:

Share:

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00578-2025-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
IMPUTADO: ALVA RENGIFO, STEVE LOU
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
Resolución N° 01. Iquitos, 18 de julio del 2025. Dado cuenta a la comunicación de la Disposición Fiscal N° 03 de fecha 25/02/2025 presentado por la 1° Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, por recepcionada la disposición fiscal de formalización y continuación de la Investigación Preparatoria declarado compleja por el plazo de ocho meses contra los imputados Steve Lou Alva Rengifo por la presunta comisión del delito contra La Vida, El Cuerpo y La Salud en la modalidad de Agresiones en contra de las mujeres y los integrantes del grupo familiar previsto en el artículo 122-B del Código Penal concordante con el artículo 108-B, inciso 3, del Código Penal; en agravio de Liz Cristina Navarro Marin. Y se dispone su comparecencia simple. Al escrito 35380-2025 que contiene la Disposición Fiscal N.° 04 de fecha 10 de julio del 2025, en aplicación del artículo 342 numeral 1 del Código Procesal Penal, téngase por comunicada la prórroga del plazo de investigación preparatoria, hasta por sesenta días. Notifíquese.
V-3(07,08 y11)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01720-2024-21-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: LESIONES LEVES
Se emplaza al agraviado JACKSER NOVOA JURAFO, con la Resolución N° 02. Iquitos, 15 de julio del 2025. Dado Cuenta la devolución sin diligenciar por la central de comunicaciones de la cédula de notificación de la Res. N° 01 (corre traslado el requerimiento de acusación) destinado al agraviado JACKSER NOVOA JURAFO a la dirección proporcionado por el Ministerio Público ubicado en Caserío Huambe – carretera Iquitos – Nauta Km 50 – Penetración al lado derecho de la carretera 3.5 Km – distrito de San Juan Bautista; por cuanto la dirección es de difícil acceso; ya que la vía de penetración se encuentra inaccesible por las constantes lluvias en la zona, téngase presente y a fin de no dilatarse innecesariamente este proceso. NOTIFIQUESELE POR EDICTO ELECTRÓNICO Y POR EDICTO PENAL con el extracto de la Res. N° 01, ante la imposibilidad de dar con su domicilio. Notifíquese.
V-3(07,08 y11)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03050-2023-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: FABRICACIÓN, SUMINISTRO O TENENCIA ILEGAL DE ARMAS O MATERIALES PELIGROSOS
AGRAVIADO: EL ESTADO MINISTERIO DEL INTERIOR
Se emplaza al imputado YALTA MORSERA, PABLO, con la Resolución N° 01. Iquitos, 10 de junio del 2024. Dado Cuenta, y estando al Requerimiento Fiscal de Acusación Directa, y conforme a lo dispuesto en el artículo 336° y 350°, del Código Procesal Penal, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae citado artículo. Notificándose.
V-3(07,08 y11)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03177-2017-89-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: ESTAFA GENÉRICA
Se pone en conocimiento del agraviado Rina Lucia Zegarra Mamani, la Resolución N° 02. Iquitos, 21 de julio del 2025. Dado Cuenta la devolución sin diligenciar por la central de comunicaciones de la cédula de notificación de la Resolución N° 01 a fin de no dilatarse innecesariamente este proceso, NOTIFIQUESELE POR EDICTO ELECTRÓNICO Y EDICTO PENAL con el extracto de la Resolución N° 01, ante la imposibilidad de dar con su domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 128° del Código Procesal Penal. Resolución N° 01. Iquitos, 21 de noviembre del 2024. Dado Cuenta los presentes autos, habiendo concluido la investigación preparatoria, y estando al Requerimiento de Sobreseimiento, y conforme a lo dispuesto en el art. 345° del Código Procesal Penal, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae el citado artículo. Notifíquese.
V-3(07,08 y11)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03541-2024-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: RECEPTACIÓN AGRAVADA
Resolución N° 02. Iquitos, 15 de julio del 2025. Dado Cuenta la devolución sin diligenciar por la central de comunicaciones de la cédula de notificación de la resolución número 01 (corre traslado el requerimiento de acusación directa), por cuanto la dirección está incompleta; téngase presente y a fin de no dilatarse innecesariamente este proceso, NOTIFÍQUESE POR EDICTO ELECTRÓNICO Y POR EDICTO PENAL al agraviado MURRIETA YNUMA PERCY LUIS, con el extracto de la Res. N° 01, ante la imposibilidad de dar con su domicilio. Resolución N° 01. Iquitos, 13 de noviembre del 2024. Dado Cuenta los presentes autos, y estando al Requerimiento Fiscal de Acusación Directa, y conforme a lo dispuesto en el artículo 336° y 350°, del Código Procesal Penal, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae citado artículo. Notifíquese.
V-3(07,08 y11)

EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 00052-2020-31-1903-JR-PE-04
PROCEDENCIA: 4° JUZGADO PENAL DE INVESTIGACIÓN PREPRATORIA IMPUTADOS: GUSTAVO AGUILAR ISUIZA Y OTROS
DELITO: DEFRAUDACIÓN
AGRAVIADO: YURI NICKOLAI ALFARO VILCA
Por disposición superior, y por medio de la presente se NOTIFICA la RES. N° 11 del 22 de julio 2025. (Auto de Vista), a fin de poner en conocimiento de los imputados GUSTAVO AGUILAR ISUIZA, JAIME WALTER CAVERO ZEGARRA, SANDRA MELITA GONZALES LINARES, KHATERINE SANDRI SANCHEZ GONZALES, MARIA ENRIQUETA ABAD SOTO y AUGUSTO FRANCISCO GARATE PEREZ, en la cual se ha resuelto lo siguiente: DECLARAR INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la defensa técnica de la parte agraviada Yuri Nickolai Alfaro Vilca. CONFIRMAR el auto emitido por el Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, que resolvió declarar fundado el requerimiento de sobreseimiento formulado por el Ministerio Público.
Iquitos, 05 de Agosto de 2025.
V-3(07,08 y11)

EDICTO
1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 2046-2025-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: RENGIFO RINABY ZULLY
Por el presente, el Juez del 1° Juzgado de Investigación Preparatoria- Sede Central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el Exp. N° 2046-2025-0-1903-JR-PE-01, se dispuso Notificar al acusado JORGE CASARES MURAYARI y los agraviados WILSON ARMAS GRANDEZ, SEGUNDO JOSE TUISIMA IPUSHIMA IPUSHIMA, CESAR AUGUSTO LOMAS GUIMARES, MARIO VELA TUANAMA, LUPE DEL CARMEN GUTIERREZ HUANAQUIRI y ROBINSON TORRES VELA la siguiente Resolución RESOLUCION N° 01,Iquitos, 21 de julio de 2025.DADO CUENTA, con la razón de la especialista que antecede, y estando a lo presentado por el representante del Ministerio Público, la misma que contiene la disposición fiscal N° 05, y, de conformidad con los artículos 3º, 29º y 336.3º del CPP, SE DISPONE: TENER POR RECEPCIONADA LA DISPOSICIÓN DE FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA seguido contra JORGE CASARES MURAYARI y WIISON ARMAS GRANDEZ, por el presunto Delito Contra EL PATRIMONIO – ESTAFA AGRAVADA, ilícito penal previsto y sancionado por el artículo 196° (tipo base), con remisión al artículo 196 -A, numerales 2 y 3 (tipo agravado), del Código Penal, en agravio de L.Q.R.R.; siendo así, TÉNGASE por señalado que el plazo de la investigación preparatoria es de 120 días, y no habiéndose solicitado ninguna medida de coerción procesal personal; díctese mandato de comparecencia simple contra el citado imputado de conformidad con lo establecido en el artículo 286.1 del Código Procesal Penal. Notifíquese. Suscribe el presente decreto la especialista de la causa, conforme a lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 23° del Reglamento del Nuevo Despacho Judicial del Módulo Penal Corporativo de las Cortes Superiores de Justicia de la República, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 014-2017-CE-PJ, en concordancia con el inciso 6) del artículo 266° de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
V-3(07,08 y11)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00224-2025-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: BRIONES GUERRA, OSCAR MOISES
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES
DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: MAYER ESCOBAR, MILI MAGALI
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, siete de julio
del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA en la fecha a los actuados del presente proceso, con el oficio remitido por la FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE LORETO NAUTA, mediante el cual adjunta la disposición fiscal N° 03 de fecha 01 de julio de 2025, a lo expuesto, SE DISPONE: TENER POR RECIBIDA LA COMUNICACIÓN DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra OSCAR MOISES BRIONES GUERRA, por la presunta comisión del delito AGRESIONES EN CONTRA DE LA MUJER Y DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR – VIOLENCIA FISICA Y PSICOLOGICA, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 122°-B del código penal, en agravio de MILI MAGALI MAYER ESCOBAR; debiendo tenerse presente los efectos jurídicos procesales previstos en los artículos 336° y 339° del Código Procesal Penal, con conocimiento de los sujetos procesales para los fines legales correspondientes; y al no haberse solicitado alguna medida de coerción personal por parte del representante del Ministerio Público, corresponde dictarse medida de COMPARECENCIA SIMPLE contra OSCAR MOISES BRIONES GUERRA. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez, al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, concordante con el inciso 6 del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Notifíquese.
V-3(07,08 y11)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00237-2025-0-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN
IMPUTADO: VELA SILVA, GIOVANI ALDAIR
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: OLIVEIRA NASHNATO, SUNANITA
RESOLUCION NUMERO UNO
Nauta, treinta de julio del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; a la fecha con el requerimiento Fiscal para determinar la procedencia del Proceso inmediato contra GIOVANI ALDAIR VELA SILVA; y CONSIDERANDO: PRIMERO: El Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, solicita se declare procedente el proceso inmediato contra GIOVANI ALDAIR VELA SILVA, por la presunta comisión del delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD – AGRESIONES EN CONTRA DE LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, previsto y sancionado en el artículo 122°-B del Código Penal, en agravio de su ex conviviente SUSANITA OLIVEIRA NASHANATO. SEGUNDO: El artículo cuatrocientos cuarenta y siete del Código Procesal Penal modificado por Decreto Legislativo N° 1194 que señala que dentro de las cuarenta y ocho Horas siguientes al Requerimiento Fiscal realizara la audiencia única de iniciación para determinar la procedencia del proceso inmediato; debiendo precisar que de la verificación del requerimiento fiscal ésta cumple con los requisitos establecidos en el artículo 336º numeral 2 del Código Procesal Penal; en consecuencia, SE DISPONE: CITAR a AUDIENCIA DE INCOACION DEL PROCESO INMEDIATO, para el día TRES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA [12:00 PM], la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, con la concurrencia obligatoria del Fiscal, del imputado, y de su abogado defensor, BAJO APERCIBIMIENTO, en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda; y en caso de que por cualquier motivo el imputado se niegue a estar presente en la audiencia será representado por su abogado defensor Público. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial NOTIFIQUESE.
V-3(07,08 y11)

Edicto Penal
1° JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAP. CONFORMADO – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE : 00130-2025-55-1907-JR-PE-01
AUTO DE CITACIÓN A JUICIO ORAL Resolución Nro. Uno Iquitos, veinticinco de julio De dos mil veinticinco. – Que, habiéndose emitido auto de enjuiciamiento contra el acusado ROLIN SINARAHUA SALDAÑA como presunto autor del delito contra el patrimonio, en la modalidad de ROBO AGRAVADO, , en agravio de ISAI SHUUK SHAWIT, para quien el Ministerio Público solicita se le imponga un 33 AÑOS Y 4 MESES de pena privativa de la libertad efectiva, y el pago de ocho mil y 00/100 soles (S/ 8000.00) por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada; Por estas consideraciones, este Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Conformado de Maynas dispone:Cítese a audiencia de juicio oral que se llevará a cabo el día MIÉRCOLES OCHO DE JULIO DE DOS MIL VEINTISÉIS [08.07.2026] a horas ONCE DE LA MAÑANA [11:00 a.m.], en la sala de audiencias de este juzgado, ubicado en el tercer piso del Módulo Penal Central NCPP, sito en la esquina de la Av. Mariscal Cáceres con Calle Moore (referencia: puerta N° 03 al costado del cajero automático del Banco de la Nación) – ciudad de Iquitos. sala virtual a través del enlace Google Meet (https://meet.google.com/aha-izem-wof). Las partes que hagan uso de la sala virtual deberán proveerse de los recursos tecnológicos que garantice su participación fluida durante la audiencia, bajo responsabilidad. Notifíquese Al acusado ROLIN SINARAHUA SALDAÑA.
Iquitos, 05 de agosto del 2025
V-3(07,08 y11)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

Corte de Loreto impulsa buena práctica que optimiza la celeridad en los procesos judiciales

La Corte Superior de Justicia de Loreto bajo el liderazgo del Dr. Reynaldo Elías Cajamarca Porras, ha implementado el proyecto “Monitor de Producción Judicial”,...

Alcalde Julio Kahn Noriega recibe premio “Alcalde solidario e incluyente de Latinoamérica 2025”

Fundación para el Desarrollo de la Solidaridad y la Inclusión Social. Mediante Resolución N° 0727 de fecha 07 de octubre de 2025 de la Fundación...

Comisaría PNP Belén deslumbra a nivel nacional con modelo “Tambo Runa”

   •Llevando seguridad y Estado a lo más profundo de la Amazonía. La Comisaría PNP Belén, perteneciente a la Región Policial Loreto, volvió a poner...

José Manuyama denuncia incapacidad del Estado frente a la minería ilegal en el Nanay

Comunidades anuncian incursión a zonas críticas por contaminación ante la falta de acciones efectivas de las autoridades. El activista ambiental y representante del Comité del...

Mucha gente está muriendo de cáncer en Iquitos

¿Hasta cuándo se contará con el Instituto Regional de Enfermedades Neoplásicas de la Macro Región Oriente-IREN? El actual presidente transitorio del Perú, José Jerí, cuando...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente