5°JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02543-2024-70-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a las personas de GERSON LIMBER ACOSTA PRINCIPE Y VLADIMIR PAIVA MUÑOZ en calidad de acusados a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha diecisiete de junio del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación) y 3.PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/yxt-evty-wef; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(07,08 y11)
5°JUZGADO DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02543-2024-70-1903-JR-PE-05
JUEZ: ERIKA SOTO QUINTANILLA
ESPECIALISTA DE JUZGADO: STEPHANNY ORTIZ CRUZ
EDICTO PENAL
Por disposición superior, se dispone NOTIFICAR MEDIANTE EDICTO ELETRÓNICO y EDICTO JUDICIAL a las personas de GERSON LIMBER ACOSTA PRINCIPE Y VLADIMIR PAIVA MUÑOZ en calidad de acusados a efectos de que tomen conocimiento oportuno del contenido de la Resolución N° Uno de fecha diecisiete de junio del dos mil veinticinco, que en resumidas líneas DISPONE: “1. CORRASE TRASLADO del requerimiento fiscal a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS HABILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados para su debate en la audiencia preliminar; 2. PROGRAMAR la AUDIENCIA DE CONTROL DE REQUERIMIENTO MIXTO para el día TRECE DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a las OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.), la misma que se realizará en las instalaciones de la Sala de Audiencias del Quinto Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas, ubicada en el Segundo Piso del Módulo Penal de esta Sede de Corte, sito en la Avenida Grau N° 720 – Iquitos o ingresando por la Av. Andrés Avelino Cáceres (para mejor ubicación) y 3.PRECISAR que los sujetos procesales que prefieran participar de la misma en forma virtual, podrán hacerlo mediante la utilización del Aplicativo Google Meet en el enlace https://meet.google.com/yxt-evty-wef; o a través de otros medios tecnológicos de comunicación idóneos”. Notifíquese. Firma: Abg. Stephanny Ortiz Cruz– Especialista Judicial de Juzgado.
V-3(07,08 y11)
Exp. N.° 1838-2024-61-1903-JR-PE-03 – “CUADERNO EJECUCIÓN DE SENTENCIA”
Especialista: Judith Gisela Toro Guevara
Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF Y CEED – Sede central
EDICTO
Por el presente, el 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, OAF y CEED – Sede central, hace de conocimiento que en el expediente signado con el N.° 1838-2024-61-1903-JR-PE-03, se dispuso notificar al sentenciado DANIEL ISERN DE LOAYZA, con el contenido de la resolución cuatro, con la cual SE DISPONE: INFORMAR a la Representante del Ministerio Publico lo siguiente: 1. De la verificación del Sistema de Control Biométrico se aprecia que el sentenciado ISERN DE LOAYZA DANIEL, a la fecha no está cumpliendo con el control de firma respectiva. Asimismo 2. De la revisión del Sistema Integrado de Justicia – [SIJ] se advierte que el sentenciado no está cumpliendo con la reparación civil, quedando pendiente la suma de S/562.50 Soles. 3. REQUIERASE al sentenciado ISERN DE LOAYZA DANIEL, para que dentro del plazo de TRES DIAS de notificado con la presente resolución cumpla con cancelar lo que adeuda por el monto de S/562.50 soles; BAJO APERCIBIMIENTO en caso de incumplimiento de ser inscrito en el REDERECI. 4. PÓNGASE a conocimiento del representante del Ministerio Público para que proceda de acuerdo a sus atribuciones. SUSCRIBE el Especialista de Juzgado al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el inciso 6) y 24) del Artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica Del Poder Judicial. NOTIFIQUESE.
Iquitos, 04 de agosto del 2025.
V-3(07,08 y11)





