El jueves 24 de setiembre, en las normas legales del diario oficial EL Peruano se indica que se declaran de interés y prioridad nacional la ejecución de los Censo Nacionales: XII de Población y VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas que se realizará el año 2017.
La Ley No. 13428, dispone que a partir de 1960 en todo el territorio de la República y en sus aguas jurisdiccionales, se levantarán cada diez años los censos de población de vivienda y cada cinco años los censos económicos agropecuarios, industrial, comercial, de servicios, etc. siendo el último realizado el año 2007.
Dice además el considerando de la Ley que es prioridad de la política social del Estado mejorar las condiciones de vida de la población, en educación, salud, servicios básicos, elevar el empleo y la producción, así como reducir los niveles de pobreza focalizando la intervención de los programas sociales, por lo cual es necesario disponer de estadísticas confiables oportunas y al menor nivel de desagregación geográfica.
Que los censos nacionales de población y de vivienda y de comunidades indígenas, constituyen la fuente más importante para obtener información desagregada de las características estructurales de la población y de las viviendas, para la adecuada formulación y evaluación de los planes nacionales de desarrollo, así como un marco nacional de referencia actualizado que permita mejorar el programa de estadísticas continuas del país.
El INEI es la institución encargada de la ejecución de los censos nacionales de población, vivienda y de comunidades indígenas, en el cumplimiento de la normatividad vigente.
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El 2017 se realizará Censos Nacionales XII de población y VII de vivienda y III de poblaciones indígenas
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