25 C
Iquitos
spot_img

SALA PENAL

Date:

Share:

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00178-2011-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: RIOS PIZANGO, JORGE CARLOS
PACAYA PIZANGO, MARDEN
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO: S.N.O.
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y DOS
Iquitos, dieciocho de agosto del año dos mil veintiuno.
PROGRAMESE fecha para el inicio del JUICIO ORAL en la presente causa, a realizarse el día JUEVES CUATRO DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL VEINTIUNO, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 AM), la misma que se realizará con el Colegiado que conforma esta Sala Penal, a través del aplicativo GOOGLE MEET, en el siguiente enlace https://meet.google.com/ewg-wnnm-mvw; para lo cual se deberá efectuar las coordinaciones pertinentes con el responsable de dicho aplicativo en el Establecimiento Penal de Varones de esta ciudad (señor OMAR CABRERA ALTAMIRANO – Celular N° 990378787), al tratarse de un proceso con reo en cárcel, debiendo conectarse diez (10) minutos antes del inicio de la audiencia, así también, y para el cual se le adjunta el número de celular 947431763, perteneciente a la Especialista Judicial de Audiencias Claudia Vela; al celular 934747141, perteneciente al Especialista Judicial de Audiencias Charles Goncalvez y al celular 976033548, perteneciente a la Especialista Judicial de Audiencias Evelin Zevallos, para fines de coordinar el enlace de la video llamada. DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado JORGE CARLOS RÍOS PIZANGO, a quien se le deberá notificar en DISTRITO DE YARINA-REQUENA-REQUENA-LORETO / COMUNIDAD NATIVA DE YARINA – RIO TAPICHE-PROVINCIA DE REQUENA DEL DEPARTAMENTO DE LORETO, para lo cual se deberá Librar Exhorto al Juzgado Mixto de Requena, a efectos de que cumpla con notificar al referido procesado en dichos domicilios, y se proceda a realizar la notificación radial en la emisora de la localidad por tres veces, sin perjuicio de que el Juzgado proceda a pegar el extracto de la presente resolución en la parte exterior del Juzgado. NOTIFICAR a las partes procesales la presente resolución por el medio más célere e idóneo (correo electrónico, teléfono, whasapp u otros), conforme lo dispone el numeral 2 del artículo 129° del Código Procesal Penal, aplicado supletoriamente, a fin de que tomen conocimiento de lo dispuesto y proporcionen en el plazo de 48 horas un correo Gmail para poder convocarlos por el aplicativo Google Meet y realizar la audiencia mediante el referido medio tecnológico u otro medio si fuera el caso.
V-3(27,28 y 29)

PORTADA DEL DÍA

PUBLICIDAD

━ más noticias

El Gobierno de Perú aprueba por decreto la privatización de Petroperú

El decreto firmado por José Jerí (presidente transitorio) permite la llegada de inversores particulares a la petrolera, elimina restricciones legales históricas, incluye una partida...

Nuevo protocolo de flagrancia delictiva fortalece la efectividad e interoperatividad institucional

La reciente aprobación del Protocolo de Actuación Interinstitucional de las Unidades de Flagrancia Delictiva, mediante el Decreto Supremo N.° 026-2025-JUS, de fecha 30 de...

Alerta Amazonía: Si se privatiza Petroperú el Estado ya no subsidiará el combustible que subiría entre el 20 y 30% para la selva

Declaró Miguel Freitas, secretario de organización del sindicato de trabajadores de la empresa Petroperú. Ojo con la siguiente información a toda la Amazonía del Perú,...

Joven de 22 años fallece tras no recibir diagnóstico oportuno en Iquitos

Familia denuncia reiteradas atenciones sin resultados y cuestiona la respuesta del sistema de salud ante pacientes de escasos recursos. Una joven de 22 años, identificada...

Raúl Celis entre los cuatro periodistas asesinados en 2025

Un total de 458 ataques contra la libertad de prensa marcaron el año más violento para el periodismo en el Perú, según reporte de...

PUBLICIDAD

Artículo anterior
Artículo siguiente