En estos días se ha estado tocando el tema del Día del Niño por Nacer, cuya fecha central conmemorativa es el 25 de marzo de cada año. ¿Y a qué reflexiones nos lleva este día?, primero que la vida empieza desde la concepción, desde el momento armónico en que se unen el óvulo y el espermatozoide, desde ese momento el concebido es reconocido como sujeto de derecho, garantizando su protección legal.
Es una forma de proteger a la madre, aunque habría un vacío legal de la responsabilidad del padre, desde ese momento supremo de la concepción de un nuevo ser, ya que sus derechos alimenticios generalmente, en caso de progenitores separados, empieza a contar desde el momento del nacimiento, y no desde la concepción.
Nuestra cercanía a varios casos, nos llevan a esa reflexión, ya que, si desde la concepción está sujeto a derecho, si bien no recibe alimentos de forma directa, lo hace a través de la madre, y va depender de la calidad de vida que tenga ella durante los nueve meses de la gestación para que el Niño por Nacer, salga al mundo exterior con buena salud.
Se dice que se garantiza su protección legal desde el inicio de la vida, por lo que es necesario establecer cuidados a la madre por ella misma, y por la otra parte, el padre tiene que asumir también como responsable de una nueva vida que vendrá al mundo. Y que no se hable de responsabilidad paternal desde que el niño o niña ya está en brazos de la mamá.
Es importante analizar estas situaciones, porque existe mucha irresponsabilidad de hombres que participan de la concepción y después dejan a la madre, sola, con toda la responsabilidad. Y esta tiene que acudir a la demanda de alimentos para obligar al padre a cumplir con su responsabilidad, después que durante los meses de gestación abandonó también a la madre, poniendo en riesgo la vida de ese ser, que no pidió nacer. Se espera que estas inquietudes de dignidad, amor y derechos, puedan seguir esclareciéndose, y sobre todo asumir responsabilidades, y hacerlas cumplir con firmeza.
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Vida desde la concepción
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