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Vence plazo para regularizar rentas no declaradas nacionales y extranjeras

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  • Este 29 de diciembre
  • A la fecha, la renta acogida es de 650 millones de soles y se han presentado más de 200 solicitudes.

 

Las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales domiciliadas en el país que quieran acogerse al “Régimen Temporal y Sustitutorio del Impuesto a la Renta para la Declaración, Repatriación e Inversión de Rentas no Declaradas Nacionales y Extranjeras”, tienen como plazo máximo el viernes 29 de diciembre de este año para hacerlo.
Este régimen tiene como principal característica repatriar e invertir en el país las rentas no declaradas generadas hasta el 31 de diciembre del 2015 con una tasa de 10% si solo se declaran estas rentas, y de 7% si además se invierte en el país. SUNAT garantiza la confidencialidad de la información proporcionada, así como la seguridad jurídica en la aplicación del Régimen.
La declaración jurada se debe presentar utilizando el Formulario Virtual N° 1667 a través de Internet. Para ello los interesados deberán contar con su Código de Usuario y Clave SOL.
Es importante recordar que desde el 3 de julio último, fecha de inicio de la presentación de solicitudes para acogerse al Régimen, hasta la primera semana de noviembre se presentaron más de 200 solicitudes por S/ 650 millones aproximadamente.
Es importante recalcar que el pago del impuesto se debe realizar hasta el día de presentación de la declaración jurada y se puede cancelar mediante Débito en cuenta, tarjeta de crédito o Débito o utilizando el Número de Pago SUNAT (NPS), a través de una sola transacción bancaria.
Una vez efectuado el pago, el sistema de la SUNAT emitirá una constancia de presentación de la declaración jurada, indicando lo declarado y la operación de pago realizada, así como el respectivo número de orden.
Para más información, pueden acceder al micrositio http://repatriacion.sunat.gob.pe/. De igual manera, los contribuyentes que así lo deseen pueden, directamente o a través de sus asesores, efectuar consultas mediante el correo repatriación_consultas@sunat.gob.pe o solicitar citas (en Lima) a través del correo repatriación_citas@sunat.gob.pe.

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