- En sentencia emitida el pasado 26 de julio de 2024.
ño 2018 por la Federación de Pueblos Cocamas Unidos del Marañón (Fedepcum), que agrupa a las comunidades nativas afectadas por un derrame de petróleo ocurrido en junio de 2014, en la quebrada de Cuninico, distrito de Urarinas, región Loreto.
La demanda, que contó con el patrocinio legal del IDL y el apoyo del Vicariato de Iquitos y de la Mesa Regional de Concertación Para la Lucha Contra la Pobreza de Loreto, fue presentada contra Petroperú, petrolera estatal responsable del derrame de crudo debido a la falta de mantenimiento del Oleoducto Norperuano.
En la sentencia, el TC ordena a Petroperú que, a la brevedad posible, cumpla con implementar las medidas de mantenimiento preventivo en la totalidad del Oleoducto Norperuano (ONP) y el Oleoducto Ramal Norte (ORN), establecidas en su Programa de Adecuación de Manejo Ambiental (PAMA), así como las que resulten necesarias para mitigar los daños generados por los derrames de petróleo.
Asimismo, el TC estableció que el fallo sea notificado al Ministerio del Ambiente, al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) y al Ministerio de Energía y Minas, entidades que deberán promover y supervisar el cumplimiento de lo ordenado a Petroperú.
“El TC ordena que Petroperú dé mantenimiento a la ‘totalidad’ del Oleoducto Norperuano. Esto significa que va a dar mantenimiento no solo donde están los demandantes, en el distrito de Urarinas, sino en todo el oleoducto, en beneficio de comunidades que no fueron directamente afectadas por el derrame”, apunta Juan Carlos Ruiz, abogado del IDL.
Petroperú no ha cumplido con el mantenimiento del ONP.
En los argumentos de la resolución judicial, el TC establece que, si bien Petroperú se comprometió a seguir un cronograma de acciones para dar mantenimiento al ONP, se ha determinado que “existen mandatos cumplidos parcialmente, pendientes e incluso algunos incumplidos”.
Según el TC, Petroperú ha mostrado una “conducta omisiva” que ha generado daños al medio ambiente y a la salud de los miembros de las comunidades afectadas. El órgano judicial resuelve, además, que a día de hoy se sigue omitiendo el cumplimiento de esos mandatos, de acuerdo a informes de Osinergmin.
Como consecuencia de todo ello, el fallo judicial señala que “se mantiene latente el acaecimiento de nuevos eventos similares que suponen un grave riesgo para los derechos de varios grupos de personas”. Es decir, hay un riesgo de nuevos derrames debido a la falta de mantenimiento del ONP.
Sentencia será fundamental para otros procesos.
Esta reciente sentencia del TC es significativa para otros casos de derrames de crudo en los que se iniciaron procesos judiciales. Uno de ellos es la demanda de amparo presentada por la federación de mujeres indígenas kukama Huaynakana Kamatahuara Kana, también en Loreto, por la protección del río Marañón.
En dicho caso, una sentencia en primera instancia, emitida en marzo de 2024, estableció que debían protegerse los derechos del río Marañón y sus afluentes, pero desestimó exigir a Petroperú que realice mantenimiento del ONP. Este último había sido un pedido de las mujeres kukama al juzgado, a raíz de los derrames que contaminen las aguas del Marañón.
Asimismo, en Amazonas, también se encuentra en curso un proceso de amparo en el que se solicita que el Poder Judicial ordene a Petroperú realizar mantenimiento del ONP. Se trata de una demanda presentada en 2023 por la comunidad de Nazareth, ubicada en Bagua.
En la demanda, la comunidad pidió que la petrolera estatal lleve a cabo el mantenimiento “efectivo, inmediato e integral” del ONP y que actualice su Instrumento de Gestión Ambiental (IGA), con previa consulta a las comunidades nativas.