– Indica doctor Carlos Navas Coronel

El doctor Carlos Navas Coronel coordinador de la Defensa Pública en el Distrito Judicial de Loreto, en la ceremonia de conmemoración de puesta en vigencia del Nuevo Código Procesal Penal, expuso sobre el balance en la perspectiva del Ministerio de Justicia en la labor que desarrollan en los primeros 365 días del NCPP, por lo que presentamos algunos fragmentos de su exposición realizada ayer en el auditorio de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
º Etapa de Investigación Preparatoria
La Investigación Preparatoria tiene por finalidad el de reunir los elementos de convicción, de cargo y de descargo, que generen en el ente persecutor del Estado, la certeza suficiente para la emisión de una acusación o, en caso contrario, optar por el sobreseimiento (art. 321° del CPP). De otro lado, le permite al imputado preparar su defensa.
º Etapa Intermedia
Es la etapa de saneamiento procesal y de control de la acusación, que se realiza ante el Juez de la Investigación Preparatoria (JIP). La misma se bifurca en dos etapas: una escrita, que se materializa con el trámite del traslado de la disposición fiscal (acusación o sobreseimiento) a las demás partes; y, una oral, con la concretización de la audiencia preliminar. Es en esta segunda etapa en que el Juez decide, nunca antes.
º Etapa de Juzgamiento
Es la etapa principal del proceso penal, toda vez que en ella se determinará, en función a las pruebas de cargo del representante del Ministerio Público y a las de descargo de la defensa, la responsabilidad penal del acusado. Esta etapa se realiza sobre la base de la acusación y en estricta observancia de los principios de oralidad, publicidad, inmediación, contradicción, continuidad del juzgamiento, concentración de los actos del juicio, identidad física del juzgador y presencia obligatoria del imputado y su defensa
º Conclusiones
1. La Defensa Pública ha tenido una participación activa y destacada en este primer año de vigencia del NCPP.
2. Con motivo de la entrada en vigencia del NCPP en Loreto, el número de Defensores Públicos en lo Penal se ha incrementado de manera considerable, contando a la fecha con 19 DP en la Sede de Maynas. Se ha dotado de 36 equipos de cómputo.
3. Asimismo, esta nueva herramienta, ha posibilitado la implementación de las Sub Sedes de Loreto (Nauta), Requena y Ucayali (Contamana), quedando sólo pendiente de implementación las Sub Sedes de Ramón Castilla y Datem del Marañón, que próximamente deben ser implementadas.
4. Se ha coordinado con el Poder Judicial, el Ministerio Público y la Policía Nacional del Perú, para que la participación del Defensor Público en lo Penal se realice en función del procedimiento del artículo 85 del CPP, excepto las diligencias de carácter inaplazables.
5. Se ha diseñado un ROL DE TURNOS a fin de poder atender de manera adecuada y oportuna los requerimientos de Defensor Público en lo Penal.
6. Se han registrado 2378 casos nuevos, de los cuales 1565 se encuentran en giro y 813 han concluido (mayor porcentaje a través de las Salidas Alternativas).
7. En la Etapa de Investigación Preparatoria, la participación del Defensor Público ha sido decisiva para la conclusión de los procesos mediante las Salidas Alternativas (Principio de Oportunidad, Terminación Anticipada, Acuerdos Reparatorios). Se ha actuado en 316 diligencias de Principio de Oportunidad (248 fundadas); 143 diligencias de Terminación Anticipada (85 fundadas); 31 diligencias de Acuerdos Reparatorios (21 fundadas).
8. En la Etapa Intermedia, el Defensor Público ha solicitado en muchos casos observaciones formales a la acusación (41) y sobreseimientos (31), siendo admitidas en varias de ellas, lo que demuestra el alto grado de preparación y capacitación permanente del defensor publico.
9. En la Etapa de Juzgamiento o Juicio Oral, el Defensor Público viene demostrando alto grado de preparación y capacitación, lo que habla bien del gran trabajo que está realizando en la aplicación y desarrollo del CPP. Se han reportado 25 intervenciones, tanto en Alegatos de Apertura y Clausura. (WGN)





