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Solo 15 candidatos han rendido cuentas

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ONPE recuerda a candidatos rendir cuenta de campañas electorales.

No hacerlo ocasiona pago de una multa entre S/ 41,500 hasta S/ 124,500

El jefe de la Oficina Regional de Coordinación ORC Iquitos de la ONPE, Robert Enrique Horna Rengifo, recordó a los candidatos a gobernador, vicegobernador, alcalde provincial y alcalde distrital que participaron en los comicios del 7 de octubre, están obligados a rendir cuentas de sus aportes y gastos de campaña electoral.

El jefe del órgano electoral en Loreto informó que a dos meses de haberse realizado las Elecciones Regionales y Municipales, solo 15 candidatos de un total de 510 que participaron en la Región Loreto, han rendido cuentas sobre aportaciones recibidas y gastos de campaña efectuados en sus respectivas campañas electorales.

También explicó que según la Ley de Organizaciones Políticas, los informes de aportaciones y gastos de campaña deben presentarse ante la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios de la ONPE o en la Oficina Regional de Coordinación ORC Iquitos  en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la resolución que declare la conclusión del proceso electoral de elecciones regionales y municipales 2018.

La presentación de la información de campaña electoral se realiza mediante una carta dirigida a la ONPE firmada por el Responsable de Campaña y/o el Candidato, adjuntando: i) Formato de aportes (Formato 7) y Formato de gastos (Formato 8) en físico y digital, debidamente llenados y firmados por el Responsable de Campaña y/o Candidato y ii) Documentación que sustenta los aportes y gastos debidamente foliada.

Los candidatos que no rindan cuentas de los aportes y gastos efectuados durante la campaña en el plazo establecido, serán sancionados con una multa no menor de diez (10) ni mayor de treinta (30) UIT. Asimismo, en caso de que el candidato haya recibido aportes de fuente prohibida, de acuerdo a lo previsto en el artículo 31 de la Ley, la multa a aplicar ascenderá al monto equivalente al íntegro del aporte recibido indebidamente.

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