*Explica el trabajador del hospital regional Julio Delgado.
“La Ley 31912 que da los dos bonos para el sector salud, en especial el de 709 soles. Establece que están excluidos los servidores de confianza y los servidores que tienen cargos de libre disposición y remoción.
Esos dos procedimientos se hacen bajo cálculos que ha establecido el Servir para elaborar los CAP de cada entidad, de cualquier nivel; nacional, regional o local. El procedimiento es el mismo, se establecen límites porcentuales.
En el caso de la Contraloría, que en el fondo es el temor de los funcionarios y dicen que los puede denunciar, Contraloría con más de 7 mil trabajadores en su CAP tiene 745 cargos de directivos superiores, de los cuales 140 son de libre disposición.
De manera similar el hospital regional tiene 900 trabajadores, tiene a 84 servidores directivos superiores, de los cuales una quinta parte es 17 que están excluidos. La Ley es puntual. Solamente están excluidos aquellos que dicen el porcentaje hasta donde alcance.
De los 84 también consideran a jefes de servicios médicos, departamento médico, enfermeras, servicio de enfermería, ellos no figuran entre los 17 excluidos; por lo tanto, también les corresponde el bono. Es así de simple.
Hay un límite porcentual establecido por Servir porque no le pueden dar el poder completo y absoluto a un jefe o director de una entidad para que cambie a todo el mundo. Le dan una cuota de poder para que solo pueda remover sin ninguna causal a 17, a los demás puede removerlos, pero con una causal. Eso dice la Ley”, explica Delgado.
El director señala que si ustedes no están de acuerdo pueden hacer su reclamo por escrito ¿ya lo han hecho?
-Ya hemos interpuesto hace dos semanas y hasta ahora no contestan. Dice que el director Percy Rojas va a intervenir, pero él no puede intervenir mientras no dé una respuesta el hospital. Está negando nuestro pedido.
El doctor Percy Rojas, está dispuesto a absolver los casos, pero el riesgo está en que el mes ya se acaba, si no alcanza el tiempo ese dinero se pierde. Por eso es que ya está pendiente la denuncia de tipo penal contra el director y sus funcionarios en referencia a los artículos 376- 377 por abuso de autoridad, omisión y retraso en el cumplimiento de acciones.





