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Se podrá ingresar al Poder Judicial en short y bividí por un tema de igualdad

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  • Defensoría del Pueblo saluda decisión de la Corte Superior de Justicia de Loreto de revocar disposición discriminatoria
  • “La Constitución nos garantiza el derecho a no ser discriminado por motivo de origen, idioma, color de piel, sexo, religión, opinión o por una causa tan subjetiva como la vestimenta”, dijo Diego Reátegui, Defensor del Pueblo en Loreto.diego reategui Oficio respuesta de PJ - Prohibición ingreso

Diego Reátegui, Defensor del Pueblo de Loreto, destacó la decisión de la Corte Superior de Justicia de Loreto de revocar la disposición que restringía el acceso de personas a sus sedes institucionales a razón de su indumentaria o vestimenta.
“Prohibir el ingreso a una institución pública por la indumentaria o vestimenta, es a todas luces discriminatorio. La vestimenta en nuestro país obedece a factores como la cultura, la diversidad de climas, la ubicación geográfica e inclusive la condición social y/o económica de la persona, dado que nuestro país aún registra altos niveles de pobreza y exclusión social. Una restricción de esta naturaleza, además de carecer de una justificación objetiva y razonable, genera dificultades y problemas a las personas que requieren efectuar  algún trámite o averiguar el estado de sus procesos. La forma de vestir de una persona no refleja en lo absoluto su grado de peligrosidad o docilidad, ni mucho menos debe ser entendido como un acto de ofensa o falta de respeto a los magistrados y a la institución”, dijo el doctor Reátegui.
Por lo que tras recomendaciones formuladas mediante el Oficio No. 0656-2015-DP/OD-LORETO la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto a través del Oficio No. 4616-2015-OAD-CSJLO/PJ informó que ha procedido a modificar el aviso existente en la puerta de ingreso que prohibía el ingreso “en ropa deportiva, short, bividí, polo manga cero” así como renovó su compromiso para impulsar y promover acciones contra prácticas que afecten el derecho a la igualdad y a la no discriminación, garantizando el trato adecuado a las personas sin importar su forma de vestir, favoreciendo el ingreso a las instalaciones y áreas administrativas y jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
“Desde la Defensoría del Pueblo, saludamos que se haya acogido las recomendaciones formuladas, y esperamos que dicha disposición se haga extensiva a las diversas sedes institucionales de la Corte Superior de Justicia de Loreto, para su plena observancia y cumplimiento”, precisó.
El Defensor del Pueblo invocó a la población que identifique la existencia de carteles que indiquen prohibición de ingreso a una entidad pública por las formas de vestir, tomar una fotografía y acercarse a la sede de la Defensoría del Pueblo, sito en calle Loreto No. 469.
“Esto nos permitirá requerir a la entidad en cuestión que elimine toda norma o práctica que promueva actos discriminatorios. También podrían realizar una denuncia ante el Ministerio Público. Mucha gente no lo sabe, pero el Código Penal establece que la persona que discrimina o promueve actos discriminatorios en forma pública puede ser privada de su libertad hasta por 3 años o sancionada con trabajo comunitarios. Si el causante de la discriminación es un funcionario público recibirá una pena de hasta 4 años e inhabilitación. La lucha contra prácticas discriminatorias es tarea de todos”, finalizó. (GL)

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