- Defensoría del Pueblo saluda decisión de la Corte Superior de Justicia de Loreto de revocar disposición discriminatoria
- “La Constitución nos garantiza el derecho a no ser discriminado por motivo de origen, idioma, color de piel, sexo, religión, opinión o por una causa tan subjetiva como la vestimenta”, dijo Diego Reátegui, Defensor del Pueblo en Loreto.
Diego Reátegui, Defensor del Pueblo de Loreto, destacó la decisión de la Corte Superior de Justicia de Loreto de revocar la disposición que restringía el acceso de personas a sus sedes institucionales a razón de su indumentaria o vestimenta.
“Prohibir el ingreso a una institución pública por la indumentaria o vestimenta, es a todas luces discriminatorio. La vestimenta en nuestro país obedece a factores como la cultura, la diversidad de climas, la ubicación geográfica e inclusive la condición social y/o económica de la persona, dado que nuestro país aún registra altos niveles de pobreza y exclusión social. Una restricción de esta naturaleza, además de carecer de una justificación objetiva y razonable, genera dificultades y problemas a las personas que requieren efectuar algún trámite o averiguar el estado de sus procesos. La forma de vestir de una persona no refleja en lo absoluto su grado de peligrosidad o docilidad, ni mucho menos debe ser entendido como un acto de ofensa o falta de respeto a los magistrados y a la institución”, dijo el doctor Reátegui.
Por lo que tras recomendaciones formuladas mediante el Oficio No. 0656-2015-DP/OD-LORETO la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto a través del Oficio No. 4616-2015-OAD-CSJLO/PJ informó que ha procedido a modificar el aviso existente en la puerta de ingreso que prohibía el ingreso “en ropa deportiva, short, bividí, polo manga cero” así como renovó su compromiso para impulsar y promover acciones contra prácticas que afecten el derecho a la igualdad y a la no discriminación, garantizando el trato adecuado a las personas sin importar su forma de vestir, favoreciendo el ingreso a las instalaciones y áreas administrativas y jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Loreto.
“Desde la Defensoría del Pueblo, saludamos que se haya acogido las recomendaciones formuladas, y esperamos que dicha disposición se haga extensiva a las diversas sedes institucionales de la Corte Superior de Justicia de Loreto, para su plena observancia y cumplimiento”, precisó.
El Defensor del Pueblo invocó a la población que identifique la existencia de carteles que indiquen prohibición de ingreso a una entidad pública por las formas de vestir, tomar una fotografía y acercarse a la sede de la Defensoría del Pueblo, sito en calle Loreto No. 469.
“Esto nos permitirá requerir a la entidad en cuestión que elimine toda norma o práctica que promueva actos discriminatorios. También podrían realizar una denuncia ante el Ministerio Público. Mucha gente no lo sabe, pero el Código Penal establece que la persona que discrimina o promueve actos discriminatorios en forma pública puede ser privada de su libertad hasta por 3 años o sancionada con trabajo comunitarios. Si el causante de la discriminación es un funcionario público recibirá una pena de hasta 4 años e inhabilitación. La lucha contra prácticas discriminatorias es tarea de todos”, finalizó. (GL)





