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Sala Penal de Apelaciones rechazó recusación planteada contra la jueza del Segundo Juzgado Penal

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– Interpuesta por imputado denunciado en caso de «motochatas»
– Magistrada continuará investigando caso. IMG_8449

La determinación de los jueces Guillermo Bendezú, Rosa Peláez y Víctor García, se pudo conocer a través de la Resolución número doce referida al Expediente 00717-2014. Como se recuerda la consulta hecha a la Sala Penal fue porque el imputado en el caso de las Motochatas Yván Vásquez, interpuso una recusación contra la magistrada del Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas Erika Ibérico Vega.
Recusación que la jueza rechazó de plano, a fin que pueda seguir investigando al imputado denunciado por los presuntos delitos de colusión agravada y negociación incompatible en agravio del gobierno regional de Loreto. Interpuso recusación afirmando que la jueza había perdido imparcialidad poniendo como prueba un supuesto video donde se exponen hechos que no se han podido corroborar con ningún medio de prueba concreto.
Por lo que los magistrados de la Sala Penal de Apelaciones, presidida por el Juez Guillermo Bendezú Cigarán, han expresado su criterio. Indicando respecto a la queja del imputado en cuanto a que la magistrada Ibérico Vega, no tomó en cuenta ninguno de los argumentos esgrimidos por la defensa técnica del imputado, por escrito y en la audiencia de prisión preventiva.
«Ello no forma parte de las causales de recusación por cuanto el medio idóneo para cuestionar el contenido de las resoluciones es a través de la impugnación, cuestionando los fundamentos de hecho, derecho y los agravios respectivos, no siendo la recusación el medio idóneo para cuestionar la imparcialidad de la Magistrada Recusada. Por lo que el Colegiado concluye que no existen indicios objetivos y razonables que permitan sostener con rigor la existencia de una falta de imparcialidad en la actuación de la Magistrada Erika Ibérico Vega.
Resolviendo: Aprobar la resolución de Ibérico Vega, del cinco de agosto 2014 donde ella rechaza de plano la recusación planteada por el imputado Vásquez Valera. Disponiendo que la causa se remita al juzgado de origen para que se continúe investigando.

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