SALA PENAL

EDICTO PENAL
2° SALA PENAL DE APELACIONES – LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00984-2011-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: ORLANDO DORADO GUERRA
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DE AMAZONAS
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y TRES
Iquitos, veintiséis de setiembre Del año dos mil veintidós.
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la razón de secretaría que antecede, agréguense a los autos; Y CONSIDERANDO (…) Por las consideraciones expuestas la Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de Loreto RESUELVE: 1. DECLARAR EL QUIEBRE del juicio oral, en la presente causa, seguido contra ORLANDO DORADO GUERRA, como presunto autor del delito de Contra la Administración Pública, en la modalidad de Peculado Doloso Apropiación para sí, en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de las Amazonas. 2. PROGRAMESE fecha y hora para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral del acusado ORLANDO DORADO GUERRA, de acuerdo a la agenda y al retorno de los cargos de notificación de los sujetos procesales que se llevará a cabo bajo la modalidad de AUDIENCIA VIRTUAL – CON EL USO DEL APLICATIVO GOOGLE MEET, con el Colegiado de esta Sala Penal, según los siguientes términos:
Fecha de la Audiencia:
JUEVES 27 DE OCTUBRE 2022 (27-10-2022)
Hora de la Audiencia:
OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.)
Enlace (Google Meet)
para acceso:
https://meet.google.com/xfd-dxpy-apn
Servidores que apoyan en la audiencia:
Claudia Vela: 947431763 y Evelyn Zevallos: 976033548.
Especialista Judicial de Sala Penal:
Abg. María Esther Ruiz Bazalar
Número celular: 900636028
Los número de los servidores mencionados son única y exclusivamente para realizar las coordinaciones para la conexión respectiva con una anticipación de uno o dos días dentro del horario laboral, ello en razón del Estado de Emergencia Sanitaria decretado por el Presidente de la República, con la finalidad de evitar y prevenir la propagación y contagio de la pandemia por COVID-19, con la concurrencia obligatoria del Fiscal responsable del caso, bajo expreso apercibimiento en caso de inconcurrencia del representante del Ministerio público  de comunicar a su Órgano de Control Interno y al abogado defensor del imputado, bajo expreso apercibimiento que si el defensor no asiste a la audiencia será reemplazado por otro que, en ese acto, designe el procesado o por un defensor público del Ministerio de Justicia, llevándose adelante la diligencia, por ser una audiencia de carácter INAPLAZABLE.- (…)
S.S.
DEL ROSARIO CORNEJO
CARRIÓN RAMIREZ
ESPIRITU PORTOCARRERO.
Iquitos, 29 de setiembre de 2022
V-3(30,03 y 04)