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Iquitos
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SALA PENAL

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EDICTO PENAL
EXPEDIENTE: 01563-2007-0-1903-JR-PE-06
SECRETARIA DE SALA: ABOG. MARIA ESTHER RUIZ BAZALAR
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución: RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y OCHO. Iquitos, Doce de Marzo del Dos mil dieciocho. DADO CUENTA, en la fecha con los actuados del presente proceso, y con el Dictamen Penal Superior N° 083-2018-MP-2°FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario N° 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cedula y por edicto de ley, por el término de TRES DÍAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al Acuerdo Plenario antes citado.
V-3(29,30 y 02)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00039-2011-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: MURAYARI TAPAYURI, ELEODORO
DELITO: PECULADO DOLOSO
DA SILVA VILLACORTA, FEDERICO
DELITO: PECULADO DOLOSO
ALVARADO GIL, ADAN
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PABLO,
RESOLUCIÒN NÙMERO CINCUENTA Y UNO
Iquitos, cinco de abril Del año dos mil diecinueve.
DADO CUENTA, en la fecha los actuados del presente proceso, razón de secretaria y con el Dictamen Penal Superior Nº 050-2019-MP-2ºFSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado por cédula y por edicto de ley, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Al primer otrosí digio. Téngase presente. SUSCRIBIENDO la presente la señora secretaria de Sala por disposición superior y al amparo de lo previsto por la Directiva N° 007-2012-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N° 270-2012-CE-PJ. Notifíquese.
V-3(29,30 y 02)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00149-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: CAHUACHI RIO, MAGNO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: CATANG CAISARA, LITA BEATRIZ.
AUTO DE ENJUICIAMIENTO
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y TRES
Iquitos, veintidós de marzo Del dos mil diecinueve.
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos, con la razón de secretaría y el dictamen penal superior N° 106-2017-MP-2°FSP-LORETO obrante a folios 278/285 reverso, que antecede; Y CONSIDERANDO: Se RESUELVE: 1) DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO, en ese sentido: HABER MÉRITO PARA PASAR A JUICIO ORAL, por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales K.C.L.B.A.; en contra del siguiente acusado: MAGNO CAHUACHI RÍOS. 2) RESERVARON el señalamiento de fecha y hora para el inicio del Juicio Oral, hasta que el acusado antes mencionado sea habido o se presente en forma voluntaria a esa Sala Penal para que sea juzgado de acuerdo a Ley; debiéndose OFICIAR a las autoridades policiales correspondientes, a fin de que procedan a la BUSQUEDA, UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE MAYNAS respecto del procesado MAGNO CAHUACHI RÍOS; 1) ADMITIR  los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público. sin perjuicio a ello, al ignorarse de un domicilio conocido del procesado, a efectos de convalidar la notificación, dispóngase la notificación vía edicto web; además, se deberá Librar Exhorto al Juzgado Mixto de Ramón Castilla – Caballo Cocha, a efectos de que sea publicado en la Tablilla del Juzgado por el término de tres días hábiles, la presente resolución. Notificándose.
S.S.
DEL PIELAGO CARDENAS.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTÍNEZ.
V-3(29,30 y 02)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00163-2008-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: GUERRA PEREZ, LIZ LLENY
DELITO: PECULADO DOLOSO
WONG PINCHE, LEONARDO ALBERTO
DELITO: PECULADO DOLOSO
VILLACORTA VASQUEZ, CLOTILDE
DELITO: OMISIÓN DE DENUNCIA.
VENTURI VILCHEZ, MARIA ELENA
DELITO: OMISIÓN DE DENUNCIA.
LOPEZ VELA, MAGNO ROGELIO
DELITO: SUPLANTACIÒN DEL VOTANTE
AGRAVIADO: EL ESTADO MUNICIPALIDAD DE JENARO HERRERA,
DENUNCIANTE: MINISTERIO PUBLICO,
RESOLUCIÓN NÚMERO OCHENTA Y DOS
Iquitos, diecinueve de marzo del año dos mil diecinueve.
AUTOS Y VISTOS; Con la Constancia de la secretaria de Sala que anteceden: Agréguese a los autos; y, CONSIDERANDO: RESOLVIERON: DECLARAR REO CONTUMAZ a la acusada LIZ LLENY GUERRA PEREZ, consecuentemente DISPUSIERON su búsqueda, captura y puesta a disposición de esta Sala Penal, debiendo cursarse los oficios correspondientes para tal fin. Y RESERVARON: el señalamiento de fecha para la verificación del juicio oral hasta cuando sea habido o se presente en forma voluntaria la acusada. Por otro lado, se aprecia de la ficha RENIEC, que el acusado MILTON VENANCINO PORTOCARRERO, se encuentra fallecido, en tal sentido, siendo que ya se ha requerido a la Oficina de RENIEC sobre la partida Defunción y no habiendo respuesta hasta la fecha: OFICIESE a la referida Institución con el apercibimiento de remitirse copias certificadas al Ministerio Público.
V-3(29,30 y 02)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00275-2011-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: LAULATE LOZANO GAMANIEL GONZALO
IMPUTADO: MANUYAMA GARCIA, JACKEL
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: BEYCH BEYCH, BEYCH
AUTO DE ENJUICIAMIENTO
RESOLUCIÓN NÚMERO QUINCE
Iquitos, ocho de abril Del dos mil diecinueve.
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta de autos, con la razón de secretaría y el dictamen penal superior N° 171-2018-MP-2°FSP-LORETO obrante a folios 224/230 que antecede; Y CONSIDERANDO: Se RESUELVE: 1) DICTAR AUTO DE ENJUICIAMIENTO, en ese sentido: HABER MÉRITO PARA PASAR A JUICIO ORAL, por el DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL – VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, previsto y sancionado el inciso 2 del primer párrafo del artículo 173° del Código Penal (vigente al momento de la comisión de los hechos), en agravio de la menor de iniciales B.E.Y.CH (12); en contra del siguiente acusado: JACKEL MANUYAMA GARCÍA, 2) RESERVARON el señalamiento de fecha y hora para el inicio del Juicio Oral hasta que el acusado JACKEL MANUYAMA GARCÍA sea habido o se presente en forma voluntaria a esa Sala Penal; debiéndose OFICIAR a las autoridades policiales correspondientes, a fin de que procedan a la BUSQUEDA, UBICACIÓN, CAPTURA Y PUESTA A DISPOSICIÓN DE ESTA SALA PENAL. 3) ADMITIR los medios de prueba ofrecidos por el Ministerio Público: a) Prueba Personal Propuesto por el Ministerio Público. b) Prueba personal propuesta por la defensa: Ninguno. c) Prueba Documental propuesta por el Ministerio Público. d) Prueba documental ofrecidas por la Defensa: Ninguna. e)  Pruebas solicitadas Por el Ministerio Público para actuarse en juicio oral: Disponiendo la notificación del procesado al domicilio indicado en la presente resolución: Dispóngase la notificación por Exhorto a través del Juzgado Mixto de Loreto-Nauta, respeto del procesado JACKEL MANUYAMA GARCÍA, sin perjuicio de realizar la notificación del procesado, vía edicto web y edicto penal.
V-3(29,30 y 02)

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