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SALA PENAL

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EDICTO
EXPEDIENTE: 00115-2018-92-1903-SP-PE-01
00161-2018-28-1907-JR-PE-01 – Juzgado de origen Datem del Marañón
ESPECIALISTA: SONIA GUTIERREZ TAFUR
IMPUTADO: CACHAY IMUNDA, LENI JACSON Y OTRO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD Y OTRO
AGRAVIADO: CH.G.D.
RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO
Iquitos, Veintitrés de Agosto Del Año Dos Mil Dieciocho
Dado cuenta los autos, téngase por recibido el Oficio N°1407-2018-JIP-DM-MAMM-bmd-PJ procedente del Juzgado de Paz Letrado de Barranca– Datem del Marañón, en adición Juzgado de Investigación Preparatoria del distrito de Datem del Marañón, el mismo que acompaña el presente cuaderno de Prisión Preventiva a fojas ochenta y nueve, el Cuaderno de Formalización de la Investigación Preparatoria N° 00161-2018-0-1907-JR-PE-01 a folios treinta y uno y la Carpeta Fiscal N° 2506064500- 2018-250-0 en copias certificadas sin foliar: Señálese conforme a la disponibilidad de la agenda judicial para el día DIEZ DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DOS CON TREINTA MINUTOS DE LA TARDE, la audiencia pública de apelación del Auto que declara fundada la  preventiva del investigado Leni Jacson Cachay Imunda [no habido – con orden de captura], acto procesal que se realizará en la Sala de Audiencias N° 23, ubicado en el segundo piso de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Av. Grau N° 720: Frente a la Plaza 28 de Julio); con conocimiento del señor Fiscal Superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Loreto. Y advirtiéndose que el procesado no ha fijado domicilio procesal dentro del radio urbano de esta Sede de Corte, de conformidad al numeral 2 del artículo 416° del Código Procesal Penal, corresponde OFICIAR al Director de la Defensa Pública, a fin de que designe y entregue la notificación al defensor público que asuma la defensa en el presente proceso, lo que deberá comunicar a esta Sala Penal, sin perjuicio de que oportunamente el procesado designe nuevo abogado de su libre elección cuyo domicilio procesal sea en esta ciudad de Iquitos. Infórmese que el presente incidente se encuentra a disposición de las partes procesales en la Oficina de Custodia de Expedientes y Grabación de Audios – Módulo Penal Central [ubicado en Av. Mariscal Cáceres esquina con calle Moore – primer piso]. Suscribiendo la presente resolución, la Especialista Judicial de Sala, al amparo de lo previsto por el último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil, aplicado supletoriamente al sub materia. Notifíquese.
SONIA PATRICIA GUTIÉRREZ TAFUR
ESPECIALISTA JUDICIAL DE LA SALA PENAL DE APELACIONES DE LORETO
V-3(27,28 y 29)

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