SALA PENAL

EDICTO PENAL
EXP. N° 00230-2003-45-1903-JR-PE-05
RELATORIA DE LA SALA: ABOG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00230-2003-45-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: GUEVARA RENGIFO, BELISARIO y otros.
DELITO: PECULADO DOLOSO y otro.
AGRAVIADO: DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO.
RESOLUCIÓN NUMERO…
Iquitos, trece de marzo del año dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha los actuados del presente incidente de recomposición con la Razón de Secretaria, Relatoría, Oficios y escritos que anteceden, agréguense a los autos; Y CONSIDERANDO: …SE RESUELVE: DECLARAR RECOMPUESTO el Tomo X del proceso N° 230-2003-0-1903-JR-PE-05, seguido contra BELISARIO GUEVARA RENGIFO, PABLO TUESTA SOPLIN, JULIO CESAR MARQUEZ RODRIGUEZ y JULIA LEONILA RENGIFO PEÑA como presuntos coautores del delito contra la administración pública – PECULADO en agravio del ESTADO – DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO; contra NIXON MONDRAGON SINACAY, OMAR PATRICIO MONTALVAN MUÑOZ, LUIS ABEL HIDALGO PEZO, GERMAN BELTRAN VELA TELLO, LUIS ALBERTO REATEGUI OLORTEGUI, ROBINSON OVIDIO SAAVEDRA MELENDEZ y JOSE MARTIN LAM PORTAL como presuntos cómplices primarios del delito contra la administración pública – PECULADO en agravio del ESTADO – DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION DE LORETO; contra ELVA SILVIA AHUITE PIÑA, ENIXS DANS ALVAN MOZOMBITE, ROCIO DEL PILAR ALVAN
REATEGUI, JOSE CARLOS AMIN TORRES, MAIDE LUZ AQUITUARI TINA, LUZ ANGELICA ARBILDO PANDURO, ROY ROGER AREVALO CURMAYARI, ARNALDO AREVALO GONZALES, NILDA AREVALO RAMIREZ, MARIA LISEÑA ARMAS PANAIFO, LUIS ALBERTO ARMAS TELLO, PABLO ASPAJO CACHIQUE, JOSE FRANCISCO ASPAJO PIÑA, JUAN NELSON ATARAMA PALACIOS, CARMEN BALDEON DE ROSALES, JACKSON BARDALES SAQUIRAY, LITA BERMUY PORTOCARRERO, JESUITA CAHUASA BANCHO, DAVID CAINAMARI ARIRAMA, ESTEBAN LUIS CAMPOS CARDENAS, JUAN LUIS CAMPOS TAMANI, JENNY CARTAGENA CALDERON, JOSE WALTER CASHU PEREZ, ROSANA CELIS CASTRO, EVA ELENA CELIS DE GRANDEZ, HUIDES CHAVEZ GREYFUS, JHON CHAVEZ MORENO, UBERTO HERNAN CHAVEZ SORIA, MARY CHUQUIZUTA FLORES, JESSICA JAQUELINE CORDOVA DE LOPEZ DE CAMPOBLANCO, JOSE MANUEL CORREA AREVALO, SERGIO DAVID CRIOLLO ARTEAGA, BLANCA ELIZABETH CUBAS COELHO, JORGE AUGUSTO DAVILA VALERA, LUZ MARLENE DE LA CRUZ MONTALVAN, JESSELY BEATRIZ DEL AGUILA BARDALES, JOSE LUIS DEL AGUILA FLORES, JUDITH RAQUEL DEL AGUILA MALASAFA, AGUSTIN DEL AGUILA RENGIFO, SARA ISOLINA DEL CASTILLO HIDALGO, MARILIN DIAZ CORONADO DE JOHANSON, JULIO CESAR DIAZ PANDURO, DORIS MARLENE DIAZ DE LOPEZ, CARMEN DOMINGUEZ ATALAYA, CESAR AUGUSTO DONOHUE PALACIOS, MARIBEL EGOAVIL HERNANDEZ, , WALIXON RONAL ESCALANTE TORRES, NICKY JAVIER FABABA GUEVARA, GLADIS FACHIN JIMENEZ, JORGE LUIS FALCON COMETIVOS, SAIDA GIL TORRES, CELIA LEONIDAS GONZALES PANDURO, ANA MARIA GUERRA VIUDA DE PALACIOS, LLENY GUERRA IJUMA, MARTINA GUERRA VALLES, EVILA GUERRERO CACHIQUE, DENISE GIOVANNA HIDALGO CAMPRUBI, ABEL HIDALGO HIDALGO, JUAN LEONARDO HUANINCHI HIDALGO, NARCISO HUARMIYURI SUAREZ, SEGUNDO ELIAS LAULATE OJAICURO, TANIA ISSIS LIAO DIAZ, RAFAEL MARCOS LOZANO MARIN, MARTHA LUZ LUJAN HEREDIA, MARIA YSABEL MACEDO SOPLIN, MARINA LUZ MACEDO VARGAS, SISI LOREY MACHOA SOUZA, MARTHA ELIZABETH MARTINEZ MUÑOZ, JULIO ABEL MELLADO VELASQUEZ, BLANCA AURORA MONTERO NAPUCHE, JUAN AUGUSTO MORILLAS GARCIA, ARTURO MOZOMBITE HIDALGO, RAUL MOZOMBITE LAVI, FRANCISCO NARVAEZ INUMA, JESSY NAVARRO MEJIA, NOEMI NORIEGA VASQUEZ, ROY BARTOLI NUÑEZ PIPA, CINTHYA OLIVOS PINEDO, LORETO OLORTEGUI DE OLIVEIRA DIAZ, MARGARITA ORBE HERRERA, ALEJANDRO OTTO VALENCIA, CHARLES PAIMA RIOS, ANGEL PANDURO CARRERA, ZOILA  MERCEDES PANDURO MARIN, EDINSON PAREDES FEITOSA, OSCAR ENRIQUE PAREDES MONTELUIS, SARA ANGELICA PEREZ FLORES, PEDRO ALEJANDRO PEREZ PORTALZANZA, TANIA PEREZ RODRIGUEZ, JACKELINE PILCO RENGIFO, JAVIER PIÑA CERVAN, EDITH PINCHI SANCHEZ, MATILDE PINEDO ALEGRIA, VANITY PINEDO SILVANO, KELLY PINEDO VASQUEZ, ENI PIZANGO ARMAS, OLGA DE JESUS RAMIREZ REATEGUI, ROSARIO RAMIREZ TECCO, LUCY ERLITA RAMOS AYLLON, MERY RUBI REATEGUI TORRES, ROLANDO RENGIFO CARRANZA, GERSON RENGIFO CARRANZA, ANGELA IVONNE RENGIFO MELENDEZ DE CALDERON, PEDRO RIOS CARDENAS, LUIS ALBERTO RIOS COLLANTES, MONICA RIOS RENGIFO, ALCEYA RIVAS PEREIRA, SANDY ELVITH RODRIGUEZ FLORES, ANA VICTORIA RODRIGUEZ LOZANO, WILDER RUCOBA AMASIFUEN, GLADIZ RUIZ AREVALO DE ROMERO, FRANCISCO JEFFERSON RUIZ CALSIN, EDWIN JOSE RUIZ OCHOA, REITER RUIZ PADILLA, JUAN CARLOS RUIZ SAJAMI, ROCIO DEL PILAR SAAVEDRA DEL AGUILA, IRIS MAGALY SAAVEDRA MORI, ELIZABETH SAAVEDRA ROJAS, NAZARIO TERCERO SALA TAPULLIMA, LOURDES LORENA SALAZAR CALLA, GUIDO ALEX SANDOVAL MENDOZA, KAREN MILAGROS SANDOVAL RODRIGUEZ, CESAR ANTONIO SIAS ARRARTE, JUFBER SORIA PAREDES, JUANA SOTO ARMAS, GIOMAR GERSON TALEXIO PAREDES, DORIS LAMUR TALEXIO SILVANO, SAMUEL MIGUEL TAMANI DE LA TORRE, FRANCISCO TAMANI FERREYRA, SANTIAGO TANCHIVA YUMBATO, ROSA ANABEL TORRES CHAVEZ, REYNA AMPARO TERAN INSAPILLO, JOHNNY TORNERO DEL CASTILLO, ELMER AUGUSTO TORREJON BARBARAN, ALIS KARINA TORRES ALVAN, ROSA ANGELICA TORRES ARTEAGA, LUZ MARIA TORRES PUGA, SONIA YADIRA TORRES RIOS, ANIBAL TORRES YAHUARCANI, MIOSOLY JULISSA TUESTA DAVILA, RAMIRO TUESTA FLORES, JULIO MANUEL VACALLA SANDOVAL, NEIJER AQUILES VALDERRAMA FATAMA, JULIA BEATRIZ VALERA ARMAS, EDMAN BENITO VALLES GARCIA, GIOVANNA KAREN VARGAS CORAL, BLANCA LUZ VARGAS GARCIA, DIANA MARIA VARGAS TAMANI, JAVIER VASQUEZ HUAYMANA, NORMA VASQUEZ MACEDO, GERMAN VASQUEZ RAMIREZ, GILBER VASQUEZ RIOS, BERNARDO VASQUEZ ORBE, ANA IRENE VASQUEZ VELASQUEZ, SUSANA VELA RAMIREZ, ELIZABETH VILCARROMERO SOUZA, ROXANA LISBETH VILLEGAS SANCHEZ, ROSANA VILLACIS DEL AGUILA, ORFA DARLIN YUMBATO OLORTEGUI, RAMON ENRIQUE YUMBATO VELA, PATRICIA LEA ZAVALETA MUÑOZ, WERNER ZEGARRA SAAVEDRA, LUIS ALBERTO ZUMAETA ROMERO; el mismo que consta 88 folios el cual deberá correr como Tomo X del Expediente Principal… Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, DEL ROSARIO CORNEJO y AMORETTI
MARTINEZ, integrantes de esta Sala Penal.
S.S.
ATARMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(25,26 y 27)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00148-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: VIENA OLIVEIRA, LENIN ALBERTO y otros.
DELITO: PECULADO y otro.
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA – EL ESTADO.
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE.
Iquitos, seis de abril del año dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la razón de Secretaría, Relatoría y escritos que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra VICTOR HUGO DEL AGUILA SANCHEZ y VLADIMIR PEREA OLIVEIRA, por la presunta comisión del delito Contra la Administración Pública, en la modalidad de COLUSIÓN, en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Maquía, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 384 del Código Penal; y contra JANE LIZBETH HIDALGO ZEVALLOS, VICTOR HUGO DEL AGUILA SANCHEZ, VLADIMIR PEREA OLIVEIRA, DAVID HELMER AHUITE CUEVA, y ROBERTO PINEDO HIDALGO, como presuntos autores del delito contra la Administración Pública, en la modalidad de PECULADO, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 387º del Código Penal en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Maquía; y estando a la razón de secretaria que antecede, se tiene que el juicio oral que se venía llevando a cabo programado mediante resolución de fojas 1569, se ha QUEBRADO dado a la reconformación de los integrantes de esta Sala Penal, dispuesta mediante Resolución Administrativa N° 0001-2017-PJ/CSJLO-P; estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES TRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE a horas NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 A.M.); DISPUSIERON se cumpla con notificar a los acusados (Libres con Mandato de Comparecencia Restringida) JANE LIZBETH HIDALGO ZEVALLOS, VICTOR HUGO DEL AGUILA SANCHEZ, VLADIMIR PEREA OLIVEIRA, DAVID HELMER AHUITE CUEVA, y ROBERTO PINEDO HIDALGO, en sus domicilio real y procesal señalados en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región; quienes tienen que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADOS REOS CONTUMAZ Y ORDENARSE SUS UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañados de abogado defensor de sus libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC de los acusados, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique a la Procuraduría Pública respectiva a fin de que concurra a la audiencia programada y ejerza la defensa del Estado de acuerdo a ley; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a los peritos Contables designados por la Oficina de Administración de esta Corte Superior mediante Oficio N° 4628-2016-OAD-CSJLO/PJ (fojas 16 06), señores ANDRES MURRIETA DAVILA y CESAR ALBINO VELASQUEZ BORDOY, para la realización de la pericia respectiva a fin de determinar el perjuicio económico y el daño ocasionado al Estado Peruano – Municipalidad Distrital de Maquía. Asimismo, se tiene de autos que los procesados VLADIMIR PEREA OLIVEIRA, DAVID HELMER AHUITE CUEVA, y ROBERTO PINEDO HIDALGO, se encuentran con ordenes de captura vencidas, estando a ello MANDARON, REITERAR las ordenes de ubicación, y puesta a disposición de esta Sala Penal de los referidos procesados para sus debido juzgamiento, al haberse hecho efectivo el apercibimiento de fojas 1429 Tomo II, debiéndose OFICIAR a la autoridad policial correspondiente para tal fin, adjuntándose sus generales de ley conforme a lo dispuesto en la ley número 28121 y 27411, a efectos de evitar que se produzcan homonimias y detenciones a personas distintas.; Al escrito ingresado con N° 513-2017 presentado por la procesada JANE LISBETH HIDALGO ZEBALLOS, estando a lo expuesto TÉNGASE por designado como abogado defensor de la recurrente al letrado CRYSTIAN ANTONY MATOS FRANCO, a quien se brindará las facilidades del caso para el estudio de autos; así como TÉNGASE por señalado como domicilio procesal en calle Huallaga N° 335 de esta ciudad y Casilla Electrónica N° 69177 , en donde se harán llegar todas las notificaciones que recaigan de autos. Al escrito ingresado con N° 602-2017 presentado por la procesada JANE LISBETH HIDALGO ZEBALLOS, en el cual deduce Excepción de Naturaleza de Acción, estando a ello FUNDAMENTE su pedido en juicio oral. Al escrito ingresado con N° 1003-2017 presentado por el procesado VICTOR HUGO DEL AGUILA SANCHEZ, en el cual señala Casilla Electrónica N° 28820 , estando a ello TÉNGASE presente, en donde se harán llegar todas las notificaciones que recaigan de autos. Al escrito ingresado con N° 3885-2017, presentado por el procesado DAVID ELMER AHUITE CUEVA, estando a lo expuesto en el principal en el cual solicita se reprograme nueva fecha y hora para audiencia de juicio oral, ESTÉSE a lo resuelto en la presente resolución; al primer otrosí digo, TÉNGASE por señalado como Casilla Electrónica N° 53044, en donde se harán llegar todas las notificaciones que recaigan de autos. Al segundo otrosí digo, en el cual señalan que suscribe el referido escrito el abogado defensor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 290 del Texto Único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, TÉNGASE presente. Debiendo CUMPLIR todos los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento. Por otro lado estando a lo expuesto en la razón de relatoría que antecede, recomiéndese al personal de esta Sala Penal dar prioridad a la tramitación del presente proceso a fin de no contribuirse en dilaciones innecesarias. Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal.
S.S.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(25,26 y 27)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00168-2015-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: PEREZ RUIZ, ANTONIO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR
AGRAVIADO: LOHL.
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE.
Iquitos, seis de abril del año dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la razón de Secretaria, Relatoría y escrito que anteceden, agréguense a los autos del presente proceso seguido contra ANTONIO PEREZ RUIZ (Mandato de Comparecencia Restringida fojas 47 al 54), como presunto autor del delito Contra la Libertad, VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales L.O.H.I, ilícito penal tipificado y sancionado en el inciso 3) del párrafo primero, en concordancia con el último párrafo del artículo 173º del Código Penal; y estando a lo expuesto en la razón de secretaría se tiene que el juicio oral que se venía llevando a cabo, programado mediante resolución número DOCE, se ha QUEBRADO, al haberse producido el cambio de los magistrados de esta Sala Penal, mediante Resolución Administrativa N° 001-2017-P, estando a ello y siendo el estado del proceso REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día LUNES VEINTICUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE, A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA  MAÑANA (08:30 A.M.), la misma que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora de Loreto sito en el tercer piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) ANTONIO PEREZ RUIZ, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución, Auto Superior de Enjuiciamiento y Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON realizar una pericia psicológica a la menor agraviada y al acusado, por lo que se deberá oficiar a la Oficina de Medicina Legal de Loreto a fin que designen los suficientes peritos en psicología. MANDARON, recabar la declaración de la agraviada, quien se deberá notificar en su oportunidad en su domicilio señalado en autos. MANDARON recabar la declaración testimonial de LUZ ELBIRA LAVAJOS TAPULLIMA madre de la agraviada, a quien se deberá notificar en su debida oportunidad en el domicilio señalado en autos, sin perjuicio de ser emplazada en el domicilio consignando en la Ficha RENIEC; con conocimiento del señor Fiscal Superior. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico. Por otro lado estando a lo expuesto en la razón de relatoría que antecede, recomiéndese al personal de esta Sala Penal dar prioridad a la tramitación del presente proceso a fin de no contribuirse en dilaciones innecesarias. Al escrito ingresado con N° 18583-2016, presentado por la agraviada LUZ ORFITA HUAYABAN LABAJOS, en el cual comunica que el procesado viene cumpliendo con su obligación de padre con su menor hija, otorgándole pensión alimenticia desde hace mucho tiempo hasta la actualidad y que se encuentran en la actualidad en muy buenas relaciones, estando a ello agréguese a los autos. Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal.
S.S.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(25,26 y 27)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01918-2007-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: CALDERON VEINTEMILLA, MALTILDE MILAGROS
DELITO: EXTORSIÓN.
AGRAVIADO: CALDERON VEINTEMILLA, LIZ ESMERALDA
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y OCHO.
Iquitos, siete de abril del Año dos mil diecisiete.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, del cual se advierte que la vista de la causa programada en autos para el día siete de abril del año dos mil diecisiete no se ha podido llevar a cabo conforme a la razón de relatoría que antecede; por lo que siendo el estado del presente proceso REPROGRÁMESE como fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, o con las formalidades que le franquea la ley, por cedula de notificación y por Edicto de Ley en el Diario “La Región”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento. Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, DEL ROSARIO CORNEJO y AMORETTI MARTINEZ por reconformacion de esta Sala Penal.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(25,26 y 27)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02812-2010-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
QUERELLADO: CACHIQUE GARCIA, HENRY OSWALDO
DELITO: INJURIA
QUERELLANTE: HIDALGO MACEDO, GRACIELA DEL PILAR
OLORTEGUI PEZANTES, LUZ MARINA
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y CUATRO.
Iquitos siete de abril del Año dos mil diecisiete.-
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, del cual se advierte que la vista de la causa programada en autos para el día siete de abril del año dos mil diecisiete no se ha podido llevar a cabo conforme a la razón de relatoría que antecede; por lo que siendo el estado del presente proceso REPROGRÁMESE como fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES DIECINUEVE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador diligenciero cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, o con las formalidades que le franquea la ley, por cedula de notificación y por Edicto de Ley en el Diario “La Región”, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Notifíquese. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento. Al escrito presentado por el sentenciado Henry Oswaldo Cachique García, agréguese y téngase presente Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, DEL ROSARIO CORNEJO y AMORETTI MARTINEZ por reconformacion de esta Sala Penal.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(25,26 y 27)

SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 05470-1997-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: VALERA ZEGARRA, RAMON Y OTROS.
DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGAS.
AGRAVIADO: ESTADO,
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora de Loreto en la presente causa ha emitido RESOLUCIÓN NÚMERO CINCUENTA Y CINCO, de fecha tres de abril del Año dos mil diecisiete, que PROGRAMARON como fecha y hora para la VISTA DE LA CAUSA, la misma que se llevará a cabo el día VIERNES DOCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.); en consecuencia MANDARON que el notificador a MANUEL MAGIPO CANAYO, ROLIN VASQUEZ MURRIETA, NESTOR IRARICA CURINUQUI, MANUEL IRARICA CURINUQUI, ROLIN VEGA TUESTA y RAFAEL SANCHEZ SATALAYA dentro del término de ley, con las formalidades que le franquea la ley, bajo responsabilidad a fin de que las mismas a través de sus abogados puedan solicitar hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento multa no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento.   Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, DEL ROSARIO CORNEJO y AMORETTI MARTINEZ por reconformación de esta Sala Penal.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(25,26 y 27)