SALA PENAL

EDICTO PENAL
INST No.  00093-2011
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución a los acusados: RENGIFO DIAZ JUAN MIGUEL y VELA PINEDO OTONIEL, en agravio del ESTADO-FONCODES
RESOLUCIÒN NÙMERO CINCUENTA.
Iquitos, cuatro de marzo del año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 87-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Por otro lado se tiene de autos que existe demora en la tramitación del presente proceso por parte del Ministerio Público, toda vez que los presentes actuados fue remitido al Ministerio Público con fecha once de abril del dos mil trece, conforme se tiene del sello de recepción que obra a fojas 581-vuelta; sin embargo, recién fue devuelto a esta Sala Penal con fecha tres de marzo del año dos mil catorce, estando a ello REMÍTASE copias certificadas de los presentes actuados al Órgano de Control del Ministerio Público para los fines administrativos correspondientes. Interviniendo el señor juez superior BENDEZU CIGARAN por ser integrante de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.  120-2012
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución al acusado MARTEL YAHUARCANI FRANCO, por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS, en agravio del ESTADO PERUANO.
RESOLUCIÒN NÙMERO QUINCE.
Iquitos, cuatro de marzo del  año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 39-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, conjuntamente con el Dictamen Penal Superior Nº 18-2013-MP-2da FSP-LORETO  por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo el señor juez superior AMORETTI MARTINEZ, al haberse reincorporado a sus funciones. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No. 940-2011
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución al acusado    : SAAVEDRA GONZALES JUAN CARLOS por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de RIOS PASQUEL JHONY LUIS
RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE.
Iquitos, once de marzo del año dos mil catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 108-2014-MP-2ºFSM-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Por otro lado se tiene de autos que existe demora en la tramitación del presente proceso por parte del Ministerio Público, toda vez que los presentes actuados fue remitido al Ministerio Público con fecha   treinta de septiembre del año dos mil trece, conforme se tiene del sello de recepción que obra a fojas 123-vuelta; sin embargo, recién fue devuelto a esta Corte Superior con fecha diez de marzo del año dos mil catorce, el cual fue ingresado al área de relatoría de esta Sala Penal con fecha once de marzo del presente año, conforme a los sellos de recepción del cargo de ingreso del Dictamen en mención; estando a ello REMÍTASE copias certificadas de los presentes actuados al Órgano de Control del Ministerio Público para los fines administrativos correspondientes.  Interviniendo los Señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No. 944-2011
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución a los acusados  EDER CLEVER PAREDES MAYTHAURI, JORGE ENRIQUE SALDAÑA SHAPIAMA Y CARLOS ENCINAS OJANAMA, por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de AMED IVAN RUIZ SILVA
RESOLUCIÒN NÙMERO VEINTICUATRO.
Iquitos, cinco de marzo del  año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 89-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado.  Interviniendo los señores jueces superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.  02455-2011
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución a los acusados:  ZAMBRANO CHANCHARI CESAR, por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO    , en agravio del menor de iniciales V.G.F.
RESOLUCIÒN NÙMERO QUINCE.
Iquitos, siete de marzo  del año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 95-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Por otro lado se tiene de autos que existe demora en la tramitación del presente proceso por parte del Ministerio Público, toda vez que los presentes actuados fue remitido al Ministerio Público con fecha  veinte de septiembre del dos mil trece, conforme se tiene del sello de recepción que obra a fojas 188-vuelta; sin embargo, recién fue devuelto a esta Corte Superior con fecha  seis de marzo del año dos mil catorce; estando a ello REMÍTASE copias certificadas de los presentes actuados al Órgano de Control del Ministerio Público para los fines administrativos correspondientes.  Interviniendo  el señor juez Superior AMORETTI MARTINEZ, al haberse reincorporado a sus funciones. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.  2908-2010
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución al acusado FERNANDEZ MORENO GUILLERMO ANTONIO, por el delito de ROBO AGRAVADO, en agravio de ROSALES GUELA ROOSWELTH
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECISEIS.
Iquitos, veinticuatro de marzo del año dos mil catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 44-2014-MP-2ºFSM-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, conjuntamente con el Dictamen Penal Aclaratorio Nº 121-2014-MP-2ºFSM-LORETO  por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado.  Interviniendo los Señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.  3126-2010
SECRETARIO DE SALA:   ABG. KAREN VANESA RIOS GUZMAN
Por disposición Superior de la Sala Penal Liquidadora de Loreto pone a conocimiento la siguiente resolución al acusado: VASQUEZ FACHIN ROBINSON STALLON, por el delito VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD), en agravio de la menor de iniciales M.A.M.C.
RESOLUCIÒN NÙMERO QUINCE.
Iquitos,  cinco de marzo del año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 53-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Notifíquese. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.   00051-2012
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00051-2012-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: SALDAÑA NANGO, SANTIAGO
DELITO: ASESINATO y otro.
AGRAVIADO: PEZO SANDI, MARIA.
RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE.
Iquitos, dieciséis de mayo del año dos mil catorce.-
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha  los actuados del presente proceso con la razón de secretaría que antecede, agréguese a los autos; en el proceso seguido contra SANTIAGO SALDAÑA NANGO, como presunto autor de los delitos Contra la Vida, el Cuerpo  y la Salud – HOMICIDIO CALIFICADO y por el delito Contra el Patrimonio, en la  modalidad de HURTO AGRAVADO, en agravio de María Pezo Sandi, y conforme se tiene de autos que la audiencia programada para el día  miércoles  nueve de abril del presente año, no se pudo llevar debido a la huelga nacional acatada por los trabajadores del Poder Judicial desde el 25 de marzo al 09 de mayo del presente año, estando a ello REPROGRAMESE como nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales el día LUNES DOS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL CATORCE a horas OCHO con TREINTA minutos DE LA MAÑANA (08:30 A.M.,); DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) SANTIAGO SALDAÑA NANGO, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor de oficio adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales, informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se notifique en su debida oportunidad a los testigos Ulises Cahuaza Jiménez, Manuel Saldaña Sandi y Manuel Grillo (respecto al último una vez recabado su nombre completo de las declaraciones antes señaladas), en sus domicilio real consignado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC; con conociendo del señor Fiscal. Por otro lado a fin de mejor cautelar el medio de prueba en el presente proceso, consistente en una camisa  que obra a fojas 136 de autos,  estando a ello; REMITASE a la Oficina de Cuerpos del Delito de la Corte Superior de Justicia de Loreto, debiéndose realizar la diligencia correspondiente para su custodia en dicha área. Notificándose.
V-3(30,02 y 05)

EDICTO PENAL
INST No.   00096-2013
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
EXPEDIENTE: 00096-2013-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: FLORES CENEPO, REDY
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE EDAD DE INICIALES R.H.CL.
RESOLUCIÒN NÙMERO DIECISÉIS.
Iquitos, Quince de Enero del  año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 15-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo los Señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.   0102-2013
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00102-2013-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: MURAYARI CHUPIC, PABLO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
(MENOR DE 10 AÑOS)
AGRAVIADO: Menor de Edad de iniciales L.M.CH.M
RESOLUCIÒN NÙMERO DOCE.
Iquitos, Quince de Enero del año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 14-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo los Señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 05)

EDICTO PENAL
INST No.   00188-2013
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00188-2013-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: CHOTA VALENZUELA, CARLOS LUIS
VELA SHAPIAMA, OMAR
VASQUEZ TAPAYURI, RAUL MARTIN
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: INUMA GUTIERREZ, CESAR
RESOLUCIÒN NÙMERO QUINCE.
Iquitos, Quince de Enero del  año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 13-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo los Señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.   00235-2012
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00235-2012-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: CORA PIZANGO, CHAYAN EMANUEL
DELITO: HURTO AGRAVADO.
HUAYCAMA TAPULLIMA, JHON CARLOS PABLO
DELITO: HURTO AGRAVADO.
AGRAVIADO: PILLCO NORIEGA, JULI
RESOLUCIÒN NÙMERO DIECINUEVE.
Iquitos, cuatro de marzo del año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 86-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No.   03155-2001
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
EXPEDIENTE: 03155-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: SINARAHUA CHAVEZ, ALEXANDER
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES A.J.R.M.
RESOLUCIÒN NÙMERO DIECISEIS.
Iquitos, Treinta de Enero del año dos mil Catorce.-
DADO cuenta, en la fecha los actuados del presente proceso con el Dictamen Penal Superior Nº 19-2014-MP-2da FSP-LORETO, estando a su contenido AGRÉGUESE a sus antecedentes y conforme al Acuerdo Plenario Nº 06-2009-CJ-116, y en función a las características de la causa; PONGASE a conocimiento de las partes el Dictamen Penal antes citado, por el termino de TRES DÌAS para los fines de ley pertinentes, y vencido el plazo establecido, con la contestación o no de las partes, PÓNGASE en mesa para proceder a realizar el control de la Acusación Fiscal, en mérito al acuerdo Plenario antes citado. Interviniendo los Señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)

EDICTO PENAL
INST No. 00226-1996
RELATORA DE SALA:   ABG. MARIA CECILIA RUIZ FERNANDEZ
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, pone a conocimiento de las partes la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00226-1996-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: SANTANA MACUYAMA, MIGUEL
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL
AGRAVIADO: MENOR DE EDAD DE INICIALES I.R.M
RESOLUCIÓN NÚMERO  ONCE
Iquitos, veintiuno de mayo del año dos mil Catorce.-
AUTOS Y VISTOS; dado cuenta en la fecha  los actuados del presente proceso con la razón de secretaría que antecede, agréguese a los autos; en el proceso seguido contra SANTANA MACUYAMA MIGUEL, como autor del delito Contra la Libertad Sexual, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, en agravio de la menor de iniciales I.R.M., ilícito penal tipificado y sancionado en el primer párrafo, del artículo 173º inciso 3) del Código Penal, en concordancia con el artículo 11 y 23 del mismo cuerpo legal y conforme se tiene de autos que la audiencia programada para el día  miércoles veintiséis de marzo del presente año, no se pudo llevar a cabo debido a la inconcurrencia del procesado antes citado, aunado a la huelga nacional acatada por los trabajadores del Poder Judicial desde el 25 de marzo al 09 de mayo del presente año, estando a ello REPROGRAMESE como nueva fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES CUATRO DE JUNIO  DEL AÑO DOS MIL CATORCE a horas DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 A.M.,); DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) SANTANA MACUYAMA MIGUEL, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al Defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales, ficha de la RENIEC, e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; MANDARON se proceda a la ratificación del Certificado Médico corriente a fojas 6, debiéndose notificar en su debida oportunidad al médico legista VICTOR TORRES AMORETTI, en su domicilio consignado en la RENIEC, así como por intermedio del Instituto de Medicina Legal y Colegio Médico del Perú para dicho fin; MANDARON se OFICIE a la RENIEC y Municipalidad respectiva, a fin de que remitan la partida de nacimiento original y/o copia certificada de la agraviada, adjuntándose sus generales que obran en autos; MANDARON se notifique a la madre de la agraviada señora Nely Michi Flores, a fin de que preste su declaración testimonial sobre los hechos materia del presente proceso; con conocimiento del señor Fiscal Superior. Al escrito que contiene el antecedente judicial del procesado antes citado, agréguese a los autos Notifíquese.
V-3(30,02 y 03)