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Iquitos
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SALA PENAL

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EDICTO PENAL
2° SALA PENAL DE APELACIONES – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00191-2022-88-1901-JR-PE-01
ESPECIALISTA: PROKOPIUK OTERO NATASHA
IMPUTADO: TAPUY YEPES, ARTURO
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: REATEGUI VILCHEZ, DANITZA IVONNE
RESOLUCION NÚMERO ONCE
Iquitos, veintinueve de enero de dos mil veintiséis.
Dado cuenta los autos en la fecha; y, atendiendo que ha
precluido el plazo legal concedido a las partes procesales para que presenten nuevos medios probatorios en esta instancia superior; sin que éstas hayan ofrecido medio probatorio alguno, pese a estar debidamente notificados, conforme se advierte de autos; estando a ello, corresponde: PROGRAMAR fecha y hora de la audiencia de apelación, de acuerdo a la disponibilidad de la agenda judicial de esta Sala Penal, para el día OCHO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS ONCE DE LA MAÑANA; de manera virtual a través del aplicativo GOOGLE MEET, para cuyo efecto se precisa el LINK DE ENLACE: meet.google.com/csw-vami-uon, así como el número de teléfono 065-581212 anexo 30056 perteneciente a los Especialista Judiciales de Audiencias Claudia Vela Rengifo y/o Gamaniel Gonzalo Laulate Lozano, para fines de enlace a través del medio técnico señalado precedentemente; con la concurrencia obligatoria: 1) Del señor Fiscal Superior, bajo apercibimiento de poner en conocimiento del Órgano de Control Interno del Ministerio Público, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo. 2) Del sentenciado Arturo Tapuy Yepes, bajo apercibimiento de ley, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo. 3) Del abogado del sentenciado Juan Carlos Chávez Rojas, bajo apercibimiento de ser subrogado de la defensa y/o imponérsele multa, comunicándose al Colegio de Abogados al que pertenece, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo. 4) NOTIFIQUESE a la parte agraviada Danitza Ivonne Reátegui Vílchez a fin de que se conecte a la audiencia a través del referido aplicativo conjuntamente con su abogada defensora Lily Chiroque Córdova – Abogada del CEM Nauta para oralizar su recurso de apelación, bajo apercibimiento de declarársele inadmisible, en caso de no participar a través de la conexión del referido aplicativo. Precísese, que excepcionalmente las partes procesales podrán concurrir a la Sala de Audiencias de este órgano Superior, ubicado en el 3er. Piso de la Sede Central de esta Corte Superior [sito en Av. Grau N° 720] sólo en el caso de presentarse la imposibilidad de conectarse al aplicativo google meet, o de no contar con las herramientas tecnológicas; para ello, previamente deberán realizar las coordinaciones pertinentes con los Especialistas de Audiencias arriba mencionados. Suscribiendo la presente resolución la Especialista Judicial de Sala que da cuenta al amparo de lo previsto en el último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil concordante con el inciso 6) del artículo 266° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
V-3(18, 19 y 20)

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