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SALA PENAL

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EDICTO PENAL
AUTO FINAL
EXPEDIENTE: 02274-2010-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ, MARIA CECILIA
PROCESADOS: GARRY LOUIS AL DAVILA CASTERNOQUE
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: JORGE BUSTAMANTE HUAMAN
SENTENCIA
RESOLUCIÓN NÚMERO SESENTA Y UNO
Iquitos, treinta y uno de julio del año dos mil veinticuatro
VISTOS Y OÍDOS, en las audiencias de juicio oral llevadas a cabo por la Segunda Sala Penal Permanente de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto, DECISIÓN: POR ESTAS CONSIDERACIONES: Evaluando los argumentos de hecho y de derecho, valorando los medios probatorios con criterio de conciencia en aplicación del artículo 283° del Código de Procedimientos Penales, este Colegiado ha llegado a la convicción de la responsabilidad penal del acusado GARRY LOUIS AL DAVILA CASTERNOQUE, por el delito incriminado; e Impartiendo Justicia a nombre de la Nación, la SEGUNDA SALA PENAL DE APELACIONES PERMANENTE Y EN ADICION LIQUIDADORA DE LORETO, FALLA: PRIMERO. CONDENANDO a GARRY LOUIS AL DAVILA CASTERNOQUE cuyas generales de ley obran debidamente registradas en autos como autor del delito Contra el Patrimonio – ROBO AGRAVADO en grado de Tentativa, previsto y sancionado en el Art. 188° (tipo base) y, primer párrafo numeral 3) y primer párrafo numeral 4) del Art. 189° del Código Penal, y para quien se impone OCHO AÑOS DE PENA PRIVATIVA DE LA LIBERTAD, la misma que se SUSPENDE CONDICIONALMENTE por el periodo de CUATRO AÑOS, de conformidad con el Art. 57° del Código Penal, modificado por el Decreto Legislativo N. 1585 promulgado con fecha 21 de noviembre del 2023, quedando el sentenciado sujeto a las siguientes REGLAS DE CONDUCTA: 1.No abandonar la ciudad sin autorización del juzgado. 2. No variar de domicilio sin autorización del juzgado. 3. Pernoctar en su domicilio salvo autorización previa del juzgado. 4. Realizar el pago de la reparación civil fijada por el colegiado dentro de los dos años siguientes de que la presente sentencia haya quedado firme.
V-3(05, 06 y 09)

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00052-2011-0-1901-JR-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: MOZOMBITE SILVANO, CESAR
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO MINISTERIO DE EDUCACION UGEL NAUTA
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO. Iquitos, veintisiete de mayo del dos mil veinticinco. (…) RESUELVEN: CONVOCAR a la AUDIENCIA PÚBLICA DE JUZGAMIENTO ORAL del acusado CÉSAR MOZOMBITE SILVANO para tal efecto, FÍJESE FECHA Y HORA para el LUNES 11 DE AGOSTO DE 2025, a las NUEVE DE LA MAÑANA (09.00 a.m.), el cual se llevará a cabo en forma virtual a través del aplicativo Google Meet, a través del siguiente link: meet.google.com/rby-hxrm-sqh Por lo que las partes procesales deben conectarse diez (10) minutos antes del inicio de la sesión de audiencia, con el fin de cumplir con la conferencia de preparación y coordinación. Pudiendo las partes, realizar dichas coordinaciones con la secretaria de sala Abg. María Esther Ruiz Bazalar, dentro del horario de trabajo: 07:30 am – 12:59 m y de 2:00 – 4:30 pm, con días de anticipación, a través del Teléfono: 065 581212, anexo 30057 (…)
Iquitos, 04 de junio de 2025
V-3(05, 06 y 09)

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00786-2010-99-1903-JR-PE-05
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: LOPEZ GALLARDO, WALTER
DELITO: AGRUPACIÓN ILÍCITA DESTINADA A COMETER DELITOS DE
GENOCIDIO, CONTRA LA SEGURIDAD Y TRANQUILIDAD PÚBLICA,
CONTRA EL ESTADO Y LA DEFENSA NACIONAL O CONTRA LOS
PODERES DEL ESTADO Y EL ORDEN CO
AGRAVIADO: PEZO RENTERIA, HERMAN LESTER
Por disposición superior, y por medio de la presente se NOTIFICA la RES. N° 14 del 21 de mayo del 2025.
DADO CUENTA en la fecha el Dictamen Penal Superior N° 12-2025-MP-3°FSP-LORETO, ingresado al sistema judicial con registro N° 5086-2025, el mismo que se manda agregar a los autos; y, conforme al estado del proceso, se tiene que el cuaderno fue elevado a esta instancia en mérito a que concedieron apelación contra la resolución N° 09 de fecha 15 de octubre de 2024 (fs. 273/276) seguida contra Walter López Gallardo por el delito de Secuestro, en agravio de Herman Pezo Renteria; que resuelve “Hacer efectivo el apercibimiento expreso contenido en la resolución N° 07 de fecha diez de abril del Año dos mil veinticuatro, de revocar el beneficio de Semilibertad otorgado al interno Walter López Gallardo, a efectos de que continúe con la pena que se le impuso de veinte años de pena privativa de libertad; el mismo que fue remitido al Ministerio Público quién con el Dictamen Penal Superior antes citado opina que se confirme la Resolución venida en grado; atendiendo a ello, los señores magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de Loreto, CONVOCAN a VISTA DE CAUSA; para el VIERNES 04 DE JULIO DE 2025, a las 09:00 am (NUEVE DE LA MAÑANA), el cual se llevará a cabo en forma virtual a través del aplicativo Google Meet, mediante el siguiente link: meet.google.com/ixd-zofp-quf. Por lo que, las partes procesales deben conectarse diez (10) minutos antes del inicio de la sesión de audiencia de vista de la causa, con el fin de cumplir con la conferencia de preparación y coordinación. Pudiendo las partes, realizar dichas coordinaciones con la relatora de sala Abg. María Cecilia Ruiz Fernández, dentro del horario de trabajo: 07:30 am – 01:00 pm y de 2:00 – 4:30 pm, con días de anticipación, a través del Teléfono: 065 581212, anexo 30058.
Iquitos, 04 de Junio 2025.
V-3(05, 06 y 09)

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE : 00265-2001-12-1903-SP-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: PEREZ ALVARADO, JUAN ISAIAS
DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGAS AGRAVADO
AGRAVIADO: EL ESTADO
Por disposición superior, y por medio de la presente se NOTIFICA la RES. N° 06 del 26 de mayo del 2025. DADO CUENTA en la fecha el Dictamen Superior N° 07-2025-MP-2°FSP-LORETO, ingresado al sistema judicial con registro N° 5102-2025, el mismo que se manda agregar a los autos; y, estando a la revisión de los actuados se tiene que el incidente seguido contra Juan Isaías Pérez Alvarado por el delito de tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado Peruano; fue elevado a esta instancia en mérito a la apelación interpuesta contra la resolución N° 03, de fecha 11 de diciembre de 2024, que declara fundada la prescripción de la ejecución de la reparación civil, recurso interpuesto por la Procuraduría Pública Especializada en delitos de Tráfico Ilícito de Drogas. Mediante Dictamen Superior antes citado, el representante del Ministerio Público opina para que se revoque la Resolución venida en grado; atendiendo a ello, los señores magistrados de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de Loreto CONVOCAN a VISTA DE CAUSA; para el VIERNES CUATRO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO, a las NUEVE DE LA MAÑANA CON QUINCE MINUTOS (09.15 am), el cual se llevará a cabo en forma virtual a través del aplicativo Google Meet, mediante el siguiente link: meet.google.com/smx-wszu-feb. Por lo que, las partes procesales deben conectarse diez (10) minutos antes del inicio de la sesión de audiencia de vista de la causa, con el fin de cumplir con la conferencia de preparación y coordinación. Pudiendo las partes, realizar dichas coordinaciones con la relatora de sala Abg. María Cecilia Ruiz Fernández, dentro del horario de trabajo: 07:30 am – 01:00 pm y de 2:00 – 4:30 pm, con días de anticipación, a través del Teléfono: 065 581212, anexo 30058.
Iquitos, 04 de Junio 2025.
V-3(05, 06 y 09)

EDICTO PENAL
2° SALA PENAL DE APELACIONES – SEDE CENTRAL
EXPEDIENTE: 00179-2023-0-1904-JR-PE-01
ESPECIALISTA: PROKOPIUK OTERO NATASHA
IMPUTADO: REYES MORENO, RICARDO OSMEL
DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES SMRT T, SM
Por disposición superior, y por medio de la presente se NOTIFICA la RES. N° 10 del 21 de Mayo 2025. (Auto de Vista), ha resuelto lo siguiente: RESUELVEN: 1. DECLARAR FUNDADA LA APELACIÓN interpuesto por Darle Jacob Orellana Jiménez, abogado defensor del acusado Ricardo Osmel Reyes Moreno, contra la resolución número seis, de fecha 02 de octubre de 2024; en consecuencia; 2. REVOCAR la resolución número seis, de fecha 02 de octubre de 2024, que resuelve declarar infundado el sobreseimiento en la investigación solicitado por el procesado Ricardo Osmel Reyes Moreno, por el delito contra la familia, en la modalidad de omisión a la asistencia familiar, en agravio de la menor de iniciales S.M.R.T., y 3. REFORMÁNDOLA DECLARARON FUNDADO el SOBRESEIMIENTO en la investigación seguido contra RICARDO OSMEL REYES MORENO, por el delito contra la FAMILIA EN LA MODALIDAD DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de la menor de iniciales S.M.R.T., representada por su madre progenitora doña Lilia Tapullima Carihuasari. DISPONIENDO el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente. 4. DEVUELVASE el presente incidente al Juzgado de origen para que prosiga conforme a sus atribuciones.
Iquitos, 04 de Junio 2025.
V-3(05, 06 y 09)

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