Edicto penal
EXP. N°: 00005-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z PASQUEL GARCIA
Por disposición Superior de la Sala Penal de Loreto, se pone en conocimiento de las partes procesales, la siguiente resolución:
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00005-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: MAGIPO OROCHE, EDBAR Y OTROS
DELITO: PECULADO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IBERIA ,
AUTO DE PRESCRIPCIÓN y SOBRESEIMIENTO
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO
Iquitos, treinta de octubre Del dos mil diecisiete.-
POR TALES CONSIDERACIONES LA SALA PENAL LIQUIDADORA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO RESUELVE: 1.- DECLARARON DE OFICIO: LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL a favor de los procesados JORGE ANTONIO RÍOS TORRES, KETTY PINEDO AMASIFUEN,EDBAR MAGIPO OROCHE, PEPE ZUMAETA SHUÑA, TEÓFILO PEZO IPUSHIMA, WENSISLAO MARIN PACAYA, como autores del delito Contra la Administración Pública – Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previsto y sancionado en el artículo 377° de Código Penal (vigente al momento de los hechos),, en agravio de Estado – Poder Judicial. Archívese definitivamente la causa, anúlese los antecedentes penales, policiales y judiciales del procesado. Estando a lo señalado en el considerando sexto, remítase copias certificadas a ODECMA, para que actúe conforme a sus atribuciones. 2.- SOBRESEER de la presente causa penal, seguida favor de TEOFILO PEZO IPUSHIMA y WENSISLAO MARIN PACAYA, en calidad de autores y contra JORGE ANTONIO RIOS TORRES, en calidad de cómplice, del DELITO CONTRA LA ADMINISTRACIÓN – PECULADO POR PAROPIACIÓN, contemplado en el primer párrafo del artículo 387° del Código Penal (vigente al momento de los hechos), en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Iberia; en consecuencia Ofíciese a la Autoridad Policial para que dejen si efecto la requisitorias de los acusados; y ORDENAR que consentida y ejecutoriada sea la presente resolución se ARCHÍVE DEFINITIVAMENTE los autos en el modo y forma de ley, depositándose en el archivo Central de la Corte Superior de Loreto, debiendo previamente anularse los antecedentes policiales y judiciales que los hechos, materia de autos hubieran motivado contra el referido, oficiándose con tal fin a las Autoridades pertinentes. Notifíquese. Interviniendo los señores Jueces Superiores ATARAMA LONZOY, AMORETTI MARTINEZ integrantes de esta Sala Penal, y CARRION RAMIREZ por licencia por vacaciones judiciales del Magistrado DEL ROSARIO CORNEJO.
SS.
ATARAMA LONZOY
AMORETTI MARTINEZ.
CARRION RAMIREZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00068-2002-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: FERNANDEZ CUELLO, HORACIO
DELITO: ROBO AGRAVADO – ART. 189
AVELINO DASILVA, GILBERTO
DELITO: ROBO AGRAVADO – ART. 189
AGRAVIADO: RAMIREZ GOMEZ, ROLDAN
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y CINCO
Iquitos, Dieciséis de Octubre Del año dos mil diecisiete.-
DADO CUENTA, los autos con la razón de secretaría que antecede, téngase presente; y, Atendiendo que en autos se advierte que la audiencia de juicio oral programada mediante resolución CUARENTA Y TRES de fecha cinco de octubre del dos mil quince, no se realizó, toda vez que mediante resolución CUARENTA Y CUATRO la Sala Penal de Apelaciones RESOLVIO carecer de competencia para continuar conociendo el presente proceso, a partir del uno de mayo del dos mil dieciséis: Reprográmese como nueva fecha para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral de los acusados HORACIO FERNANDEZ CUELLO y GILBERTO AVELINO DASILVA, para el día miércoles veintitrés de mayo del año dos mil dieciocho, a horas diez y quince de la mañana, quien deberá concurrir a la Sala de Audiencias de esta Sala Penal, ubicado en el tercer piso de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Av. Grau N° 720: Frente a la Plaza 28 de Julio), conjuntamente con su abogado de su libre elección, bajo apercibimiento que en caso este último no concurra a la audiencia, la misma se realizará con intervención del letrado de la Defensoría Pública, notificándose al efecto al abogado Javier Edmundo Moya Ibáñez; y, bajo apercibimiento para el referido acusado que en caso de inasistencia se le declarará contumaz y se ordenará revocar la comparecencia restringida por el de detención, disponiéndose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Iquitos. Cítese a los testigos: ROBIS SAMPAYO DA SILVA y TULIA GOMEZ SAMPOYO, para que concurran en el día y la hora y lugar indicado, bajo apercibimiento de disponer su conducción compulsiva, en caso de inasistencia. Notifíquese a las demás partes conforme a ley, al acusado además en su dirección señalado en sus datos RENIEC y por edictos de ley en el diario la Región y en el diario el Peruano. Por recibido el escrito pedido N° 37-2016, téngase presente y agréguese a los autos. Avocándose e interviniendo el colegiado que suscribe. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00094-2012-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
MINISTERIO PÚBLICO: 3RA FISCALIA PROVINCIAL
IMPUTADO: SEMBER PEREZ, JORGE RAFAEL
DELITO: ASESINATO
PEREYRA BIONDI, WALTER CARLO
DELITO: TENTATIVA
SEMBER PEREZ, JORGE RAFAEL
DELITO: TENTATIVA
PEREYRA BIONDI, WALTER CARLO
DELITO: ASESINATO
AGRAVIADO: DELGADO RUIZ, AUGUSTO NESTOR
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO DIECINUEVE
Iquitos, dieciséis de octubre Del año dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados con las razones de secretaria que antecede, agréguense a los autos; Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, el Auto Superior de Enjuiciamiento constituye un acto procesal fundamental para la fase de juzgamiento y sentencia en un proceso penal ordinario, y como tal, debe cumplir como mínimo varias funciones, entre las que se destaca la función pragmática del juzgamiento para garantizar la eficiencia en el resultado del proceso penal, y de esta manera evitar posibles causales de nulidad; debiendo reunir igualmente, los requisitos establecidos en el artículo 229° del Código de Procedimientos Penales, y otros de carácter general. SEGUNDO.- Que, precluida la etapa de instrucción, contando con la Acusación Superior escrita por parte del representante del Ministerio Público (fojas 372-378), mediante el cual se ha delimitado en forma precisa, tanto el delito como su presunto autor, atendiendo además las peticiones formuladas por aquel, y estando a los fundamentos que contiene el dictamen glosado corresponde efectuar el Auto Superior de Enjuiciamiento respectivo. Por las consideraciones expuestas el Colegiado resuelve: DECLARAR HABER MÉRITO PARA PASAR A JUICIO ORAL contra JORGE RAFAEL SEMBER PEREZ, como autor del delito Contra la Vida, el Cuerpo y la Salud, en la modalidad de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, en agravio de AUGUSTO NESTOR DELGADO RUIZ, ilícito penal tipificado y sancionado en el artículo 108° inciso 3°, concordante con el artículo 16° del mism o cuerpo normativo; y conforme al estado del proceso PROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE CON TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 A.M.); DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) JORGE RAFAEL SEMBER PEREZ, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario La Región; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia por el de Detención, ser declarado Reo Contumaz y ordenarse su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; con conociendo del señor Fiscal. MANDARON se notifique al testigo Ocular HUMBERTO RAMIREZ SORIA a fin de que acuda a la sala de audiencia de esta sala penal, en el día y lugar indicada anteriormente a efectos de que rinda su declaración testimonial. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa de no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento, por otro lado a lo expuesto en la razón de la Relatoría que antecede, recomiéndese al personal de esta Sala Penal dar prioridad a la tramitación del presente proceso a fin de no contribuirse en dilaciones innecesarias. Avocándose al conocimiento de la presente causa los señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. NOTIFIQUESE.
S.S.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00250-2007-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: CHIMBO MANUYAMA, URIEL ROBERTO
DELITO: VIOLACIÓN DE LA LIBERTAD SEXUAL (TIPO BASE).
AGRAVIADO: GREFFA GOMEZ, NEOYORQUINA ELIANETH
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISIETE
Iquitos, Dieciséis de Octubre Del año dos mil diecisiete.-
Dado cuenta los autos con la razón de secretaría que antecede, téngase presente; y, Atendiendo que en autos se advierte que la audiencia de juicio oral programada mediante resolución VEINTCINCO de fecha diecisiete de maro del dos mil dieciséis, no se realizó, toda vez que mediante resolución VEINTISÉIS la Sala Penal de Apelaciones RESOLVIO carecer de competencia para continuar conociendo el presente proceso, a partir del uno de mayo del dos mil dieciséis: Reprográmese como nueva fecha para la realización de la Audiencia Pública de Juzgamiento Oral del acusado Uriel Roberto Chimbo Manuyama, para el día miércoles veintitrés de mayo del año dos mil dieciocho, a horas nueve y quince de la mañana, quien deberá concurrir a la Sala de Audiencias de esta Sala Penal, ubicado en el tercer piso de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Loreto (Av. Grau N° 720: Frente a la Plaza 28 de Julio), conjuntamente con su abogado de su libre elección, bajo apercibimiento que en caso este último no concurra a la audiencia, la misma se realizará con intervención del letrado de la Defensoría Pública, notificándose al efecto al abogado Javier Edmundo Moya Ibáñez; y, bajo apercibimiento para el referido acusado que en caso de inasistencia se le declarará contumaz y se ordenará revocar la comparecencia restringida por el de detención, disponiéndose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Iquitos. Cítese al perito licenciado en enfermería Mery Farfán Malpartida, para que concurra en el día, hora y lugar indicado, bajo apercibimiento de disponer su conducción compulsiva, en caso de inasistencia. Notifíquese a las demás partes conforme a ley, al acusado además en su dirección señalado en sus datos RENIEC y por edictos de ley en el diario la Región y en el diario el Peruano. Por recibido el escrito pedido N° 37-2016, téngase presente y agréguese a los autos. Avocándose e interviniendo el colegiado que suscribe. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01126-2009-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: CECILIA RUIZ FERNANDEZ
IMPUTADO: CABUDIVO PANDURO, MANUEL
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES MJMJ
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO TREINTA Y CUATRO
Iquitos, once de octubre Del año dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados del presente proceso con la razón de secretaría y relatoría que anteceden; y estando a la razón de secretaría en donde se indica que mediante resolución DIECIOCHO (fojas 161/162) se declaró HABER MÉRITO PARA PASAR A JUICIO ORAL contra MANUEL CABUDIVO PANDURO como autor del delito contra la Libertad Sexual – VIOLACION SEXUAL DE MENOR DE CATORCE AÑOS en agravio de la menor de iniciales M.J.M.J; asimismo de la revisión de los autos se tiene que mediante Resolución TREINTA Y DOS (fojas 268) la Sala Penal de Apelaciones dispone reprogramar el juicio oral para el día dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, empero la misma debe ser reprogramada a fin de que se avoque al conocimiento de los Magistrados de esta Sala Penal Liquidadora de Loreto, por lo que conforme al estado del proceso, y a solicitud y disposición superior: REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA ( 10:00 a.m. ), la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias de la Sala Penal Liquidadora de Loreto sito en el tercer piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado (Libre) MANUEL CABUDIVO PANDURO, en su domicilio real y procesal señalado en autos, así como en el domicilio consignado en la RENIEC, a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, ORDENÁNDOSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO INCONCURRENCIA; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se le deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, y la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos. MANDARON recabar la declaración de la agraviada a efectos que narre la forma y circunstancias en que el acusado trato de abusar sexualmente contra ella, a quien se le deberá notificar en su oportunidad en su domicilio señalado en autos. MANDARON recabar la ratificación del reconocimiento médico de fojas 18 realizado a la agraviada suscrito por el médico legista MANUEL PINTO MAMANI a quien se le deberá notificar en su oportunidad a través de la Oficina de Medicina Legal de Loreto. Asimismo, CUMPLA los abogados de las partes en el término de cinco días, con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa de no mayor de 10 URP, en caso de incumplimiento, por otro lado a lo expuesto en la razón de la Relatoría que antecede, recomiéndese al personal de esta Sala Penal dar prioridad a la tramitación del presente proceso a fin de no contribuirse en dilaciones innecesarias. Avocándose al conocimiento de la presente causa a los señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. NOTIFIQUESE.
S.S.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01450-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
MINISTERIO PUBLICO: 5TA FISCALIA PROVINCIAL DE MAYNAS ,
IMPUTADO: GARCIA TAMANI, ALDINLLER
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: MENOR DE INCIALES CJGP12, HIJA DE CARMEN DE JESUS GONZALES PEREZ
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO VENTISIETE
Iquitos, veintisiete de noviembre Del año dos mil diecisiete.-
DADO CUENTA con la razón de Secretaría que antecede: Téngase presente, y en el proceso seguido contra ALDINLLER GARCIA TAMANI, como presunto autor del delito Contra la Libertad Sexual – Violación de la Libertad Sexual de menor, en agravio de la menor de iniciales C.J.G.P.; se tiene que mediante resolución número veintiséis de fecha veintiséis de junio del dos mil diecisiete, corriente a fojas 242/243, programaron fecha y hora para el Juicio Oral, la misma que se vino llevando a cabo hasta el día trece de noviembre del dos mil diecisiete, y su continuación programada para el día veintitrés de noviembre del año en curso, se vio frustrada debido a que los señores Magistrados Aldo Nervo Atarama Lonzoy y Pascual Ceberino Del Rosario Cornejo, se encuentra de licencia por vacaciones y capacitación, respectivamente, lo que originó el QUIEBRE DEL PROCESO conforme a la razón de Secretaría que obra a fojas 285; Por lo expuesto y siendo el estado del proceso, por disposición superior REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 A.M.), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias de reos libres de esta Sala Penal (tercer piso del Poder Judicial), con el Colegiado conformado por los magistrados ATARAMA LONZOY, DEL ROSARIO CORNEJO y AMORETTI MARTINEZ; DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado ALDINLLER GARCIA TAMANI, en forma personal y en el domicilio procesal señalado en autos; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada, bajo apercibimiento de Variarse el Mandato de Comparecencia Restringida por el de Detención, ordenándose su ubicación, captura e internamiento en el Establecimiento Penal de Sentenciados e Inculpados de Maynas en caso inconcurrencia; debiendo asistir acompañado de su abogado defensor de su libre elección en la fecha indicada, bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al abogado Defensor Público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución, Dictamen Acusatorio y Auto Superior de Enjuiciamiento; MANDARON se oficie a las entidades pertinentes a fin de recabar los antecedentes penales, policiales e informe razonado del domicilio y lugar de trabajo, así como la ficha de la RENIEC del acusado, los mismos que deberán ser agregados a los autos; DÉJESE sin efecto cualquier orden de captura que pudiera existir en contra del referido procesado por los hechos materia del presente proceso, CURSANDOSE los oficios correspondiente para dicho fin. MANDARON se Oficie al Ministerio Público – Instituto de Medicina Legal, a fin de que designe a dos profesionales en el campo para la realización de un examen psicológico en la persona de la menor agraviada. MANDARON se proceda a la ratificación del certificado médico legal corriente en autos (fojas 18), debiéndose notificar en su debida oportunidad al médico FRANCISCO FLORES ECHEVARRIA, en su domicilio consignado en la RENIEC, así como por intermedio del Instituto de Medicina Legal; con conocimiento del señor Fiscal Superior. Interviniendo la señora Juez Superior CARRION RAMIREZ, por licencia del magistrado ATARAMA LONZOY.
S.S.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
CARRIÓN RAMÍREZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03535-2011-0-1903-JR-PE-05
RELATOR: GAMANIEL LAULATE LOZANO
IMPUTADO: ISUIZA ZUMBA, JORGE LUIS
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD AGRAVIADO
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES JPVS.
EDICTO PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICINCO
Iquitos, dieciséis de octubre Del año dos mil diecisiete.-
AUTOS Y VISTOS, dado cuenta en la fecha los actuados con la razón de Secretaria que antecede agréguese a los autos del presente proceso seguido contra JORGE LUIS ISUIZA ZUMBA, como autores del delito Contra la Libertad Sexual – VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, ilícito penal previsto y sancionado en el inciso 2) del artículo 173º primer párrafo del Código Penal, modificado por Ley 28704, en agravio de la menor de iniciales J.P.V.S.; y conforme a lo expuesto en la razón de Secretaria que antecede, se tiene que el juicio oral programado mediante resolución número VEINTICUATRO (fojas 331), no se pudo llevar a cabo por cuanto el referido procesado no ha asistido a la audiencia antes citada, pese a encontrarse válidamente notificado, por lo que por ultima vez se debe reprogramar bajo apercibimiento de ley, estado a ello REPROGRAMARON fecha y hora para el inicio de los debates orales el día MIERCOLES VEINTITRES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas OCHO DE LA MAÑANA (08:00 a.m.); en la sala de audiencias sito en el Tercer Piso de la Corte de Loreto, DISPUSIERON se cumpla con notificar al acusado JORGE LUIS ISUIZA ZUMBA, en su domicilio real y procesal señalado en autos; así como en el domicilio consignado en la RENIEC; a través de la oficina de notificaciones de esta Corte Superior, sin perjuicio de ser emplazado mediante edicto de ley en el Diario la Región y el Peruano; quien tiene que concurrir de manera obligatoria a la audiencia programada BAJO APERCIBIMIENTO DE VARIARSE EL MANDATO DE COMPARECENCIA RESTRINGIDA POR EL DE DETENCIÓN, SER DECLARADO REO CONTUMAZ Y ORDENARSE SU UBICACIÓN, CAPTURA E INTERNAMIENTO EN EL ESTABLECIMIENTO PENAL DE SENTENCIADOS E INCULPADOS DE MAYNAS EN CASO DE INCONCURRENCIA; el mismo que deberá asistir acompañado de abogado defensor de sus libre elección en la fecha indicada; bajo apercibimiento de ser subrogado el abogado que tiene señalado en autos y proseguirse la audiencia nombrándose al defensor público adscrito a esta Sala Penal, a quien se deberá notificar con la presente resolución y el Dictamen Acusatorio; MANDARON se Oficie al Instituto de Medicina Legal en su debida oportunidad solicitando la designación de dos profesionales en cada campo a fin de que practiquen una pericia psicológica y psiquiátrica a la menor agraviada así como al acusado, a fin de acreditarse el estado de salud mental del los mismos; DISPUSIERON la notificación de la menor agraviada a fin de que concurran en compañía de sus señores padres a la audiencia programada a quien se le deberá notificar en el domicilio consignado en autos así como en el domicilio consignado en RENIEC; con conocimiento del Señor Fiscal Superior. Interviniendo los señores Jueces Superiores que suscriben integrantes de esta Sala Penal. Notifíquese.
S.S.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
EDICTO PENAL
EXP.: 2014-03830-40
3°JIPT.-
SECRETARIO:PEREDA
EMPLAZADO: imputado CARLOS PAOLO CACHIQUE GUEVARA, para que se ponga a derecho ante el 3°JIPT.Por haber presentado el Ministerio Público Acusación Fiscal, solicitando se le imponga 02 años y 07 meses de pena privativa de la libertad, suspendida por el mismo plazo, y pago de S/. 17,500.00 nuevos soles por concepto de reparación civil a los agraviados, sin perjuicio de la devolución total de la valorización de daños causados, estimados en la suma de S/.49,710.70 nuevos soles; se corre TRASLADO POR 10 DIAS HABILES, para los fines legales consiguientes; y se ha reprogramado audiencia para el día 12-04-2018 a horas 10.00 de la mañana; en el proceso seguido por el delito de DAÑOS AGRAVADOS en agravio de MILCIADES VICENTE LAZARO RODRIGUEZ y OTROS. TRUJILLO, 22 DE MARZO DEL 2018.
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01839-2011-0-1903-JR-PE-02
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: SIQUIHUA SANDI, GARLIN
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: D M, T
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO DIECISIETE de fecha 12.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00062-2009-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: ZAMORA PARDO, ROCIO INEZ Y OTROS
DELITO: COLUSIÓN
AGRAVIADO: EL ESTADO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO CINCUENTA Y CINCO de fecha 16.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día MIERCOLES VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA (09:30 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00148-2014-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: VIENA OLIVEIRA, LENIN ALBERTO
DELITO: COLUSIÓN
PAZ PEREZ, DAVID ALBERTO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO TREINTA Y DOS de fecha 28.04.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
DEL ROSARIO CORNEJO.
CAJAMARCA PORRAS.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00026-2003-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: YUMBATO MURAYARI, ALEJANDRO
DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGAS – ART.155B
TORRES GUTIERREZ, FEDERICO
DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGAS – ART.155B
PANDURO MELENDEZ, ADRIEL
DELITO: TRAFICO ILICITO DE DROGAS – ART.155B
AGRAVIADO: EL ESTADO, PERUANO
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO SIN NUMERO de fecha 16.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO Y DIEZ DE LA MAÑANA (08:10 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00040-2011-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: TANGOA OCHAVANO, WILMER
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD (MAYOR DE 10 Y MENOR DE 14 AÑOS DE EDAD)
AGRAVIADO: LCJV X
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO TREINTA Y SIETE de fecha 11.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03529-2010-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
MINISTERIO PUBLICO: SEXTA FISCALIA, DE MAYNAS
IMPUTADO: PANAIFO PEREZ, PABLO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: MOZOMBITE TENAZOA, MILLER
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO TREINTA Y OCHO de fecha 27.11.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día VEINTIOCHO DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ Y TREINTA DE LA MAÑANA (10:30 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01153-2011-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
MINISTERIO PUBLICO: 1RA FISCALIA PENAL CORPORATIVA ,
IMPUTADO: PANAIFO PEREZ, DAVID
DELITO: ROBO AGRAVADO
NOLORVE DEL AGUILA, ERID
DELITO: TENTATIVA
PANAIFO PEREZ, DAVID
DELITO: TENTATIVA
NOLORVE DEL AGUILA, ERID
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: GOMEZ RAMIREZ, EBER
GOMEZ RAMIREZ, MARIA ESTHER
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO TREINTA Y UNO de fecha 26.11.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día LUNES CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (11:30 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
CARRION RAMIREZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00067-2006-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: HUERTAS DAVILA, TITO JORGE
DELITO: PECULADO DOLOSO
FLORES CASTRO, KENDER
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN PABLO – EL ESTADO
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO CINCUENTA Y DOS de fecha 26.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día LUNES CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (09:00 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
CARRION RAMIREZ
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00873-2011-0-1903-JR-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
TESTIGO: LIMA ZAITA, MARCOS AUGUSTO
IMPUTADO: BARRIA ROMERO, ALFREDO
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: EL ESTADO ORGENISMO DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL COFOPRI
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO CINCUENTA Y DOS de fecha 26.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día LUNES CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL MEDIODÍA (12:00 pm.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 02508-2012-0-1903-JR-PE-06
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: MACAHUACHI OLIVEIRA, DIEGO LUCIANO
DELITO: ROBO AGRAVADO
ZUMBA LLUCEMO, CEFERINO
DELITO: ROBO.
ZUMBA LLUCEMO, CEFERINO
DELITO: ROBO AGRAVADO
AGRAVIADO: VELIZ CELIS, CARLOS SAMIR
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO DIECISÉIS de fecha 16.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día LUNES CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)
SALA PENAL LIQUIDADORA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00130-2009-0-1903-SP-PE-01
RELATOR: MARJORIE Z. PASQUEL GARCIA
IMPUTADO: DONAYRE CHAVEZ, ANGEL RAFAEL
DELITO: PECULADO DOLOSO
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PEVAS
EDICTO PENAL
La Sala Penal Liquidadora en el presente proceso ha emitido la resolución NUMERO CUARENTA Y UNO de fecha 16.10.2017 que REPROGRAMA como fecha para JUICIO ORAL, la misma que se llevará a cabo el día LUNES CATORCE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS NUEVE Y QUINCE DE LA MAÑANA (09:15 am.), en la Sala de Audiencia de esta Sala Penal, sito en Av Grau N° 720 – 3er Piso. MANDARON que se cumpla con notificar a las partes dentro del término de ley, por cédula y por Edicto en el Diario “La Región”, para solicitar a través de sus abogados hacer uso de la palabra con arreglo a ley. Asimismo CUMPLA los abogados de las partes con señalar domicilio procesal electrónico, bajo apercibimiento de multa no mayor de 10 URP en caso de incumplimiento. NOTIFIQUESE.
SS.
ATARAMA LONZOY.
DEL ROSARIO CORNEJO.
AMORETTI MARTINEZ.
V-3(04, 05, 06)