EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 07885-1997-0-1903-JR-PE-03
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: PEÑA TORRES, ROGER
RIVAS GAVIRIA, ALFREDO
VASQUEZ GONZALES, DIOMEDES
CHANCHARI SINTI, MARIA ELENA
DELITO: TRAFICO ILÍCITO DE INSUMOS QUÍMICOS Y PRODUCTOS.
AGRAVIADO: ESTADO
AUTO FINAL QUE DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL
RESOLUCIÓN NÚMERO NOVENTA
Iquitos, once de octubre del dos mil veintitrés.
PARTE RESOLUTIVA
Por tales consideraciones e impartiendo Justicia a nombre del Pueblo Peruano, la Segunda Sala Penal de Apelaciones Permanente en adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Loreto. RESUELVE:
DECLARAR LA EXTINCION DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCION DE LA ACCIÓN PENAL a favor de ROGER PEÑA TORRES y DIOMEDES EVELIN VÁSQUEZ GONZALES por la comisión del Delito contra la Salud Pública – Tráfico Ilícito de Drogas, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 296 del Código Penal, en agravio del Estado Peruano. ARCHIVÁNDOSE DEFINITIVAMENTE la presente causa, debiéndose dejar sin efecto legal las requisitorias que se pudieron haber generado en el presente proceso por el delito en mención en contra de los referidos procesados. Consentida y/o ejecutoriada que sea la presente: anúlese los antecedentes penales, policiales y judiciales de los referidos procesados; fecho: Remítase al Archivo central en calidad de archivo definitivo.
Siendo ponente el magistrado BENDEZÚ CIGARÁN. Notificándose.
V-3(18,19 y 20)
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