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RECTIFICACIONES

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EDICTO
1º JUZGADO DE PAZ LETRADO – Sede Central
EXPEDIENTE: 00493-2010-0-1903-JP-CI-01
MATERIA: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
ESPECIALISTA: DORINDA DA SILVA MANIHUARI
DEMANDADO: MINISTERIO PÚBLICO
DEMANDANTE: URQUIA MORA, ROCIO JAZMINA
RESOLUCION NUMERO TRES. Dado cuenta en la fecha con el escrito que antecede;
Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Que, doña DORA ALEJANDRINA PIZANGO MORA, en representación de ROCIO JAZMINA URQUIA MORA, solicita en VIA DE PROCESO NO CONTENCIOSO, la RECTIFICACIÓN DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO expedida por la Municipalidad Provincial de Maynas, en donde se ha consignado erróneamente el nombre de JAZMIN, debiendo ser lo correcto JAZMINA; la demandada cumple con los requisitos de admisibilidad contemplados en los artículos cuatrocientos veinticuatro y cuatrocientos veinticinco del Código Adjetivo Civil, a fin de evitar futuras nulidades en el transcurso del proceso; que, éste órgano jurisdiccional resulta ser competente para tramitar la presente acción; SE RESUELVE ADMITIR a trámite la solicitud incoada por doña DORA ALEJANDRINA PIZANGO MORA sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO en la vía del PROCESO NO CONTENCIOSO y conforme a lo prescrito en los artículos ochocientos veintiocho del Código Procesal  Civil PUBLIQUESE por única vez en el diario Oficial El Peruano y La Región de esta ciudad y CITESE a las partes a fin de que se lleve a cabo la Audiencia de Actuación y Declaración Judicial para el día MARTES VEINTISIETE DE JULIO DEL DOS MIL DIEZ, a las NUEVE DE LA MAÑANA en el local del Juzgado, téngase por ofrecidos los medios probatorios, Jueza Cecilia Ruiz Fernández y Secretaria Judicial Dorinda Da Silva Manihuari.
Iquitos, 23 de julio de 2010
Dorinda Da Silva Manihuari
Secretaria Judicial
1er. Juzgado de Paz Letrado de Maynas
V-1(26)
(S/.12.30)

EDICTO
En el Expediente Nº 441-2010-0-1903-JP-CI-5, en los seguidos por Gladys Oroche de Díaz., contra el Ministerio Público, sobre Inscripción de Partida de Defunción, el Juzgado de Paz Letrado de Punchana a cargo del señor Juez, doctor Yuri Campean Palomino, Especialista Legal Cesar Augusto Injante Grimaldo, se ha expedido la Resolución siguiente:
RESOLUCION NUMERO DOS. Iquitos, 14 de mayo del 2010.
AUTOS Y VISTOS: Dado cuenta con el escrito que antecede, sobre solicitud de Inscripción Judicial de Defunción de quien en vida fue don ALFONSO DIAZ VELA y CONSIDERANDO: primero: que la solicitud reúne las formalidades de admisibilidad y procedencia., SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de doña GLADYS OROCHE DE DIAZ sobre Inscripción de Partida de Defunción, teniéndose presente para su oportunidad los medios probatorios que se ofrecen, con conocimiento de la demandante y del señor Representante del Ministerio Público.
Iquitos, 19 de julio del 2010
CESAR A. INJANTE GRIMALDO
SECRETARIO JUDICIAL
V-3(22,26 y 27)
(S/.21.00)

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