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RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REEGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos;  el señor: “GILBERTO SILVANO RUIZ”, Expediente Nº 015013-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR de su Acta de MATRIMONIO, registrado en el Libro de caserío MAZANA, Folio N° 02, año 1996, quien refiere que por error del declarante se consignó en el cuerpo del Acta del titular su primer pre nombre de su cónyuge como: “NELY”, debiendo ser lo correcto “NELLY”, tal como consta en el Acta de Nacimiento de la Sra. Nelly Manuyama Curitima que adjunta como medio probatorio, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 Art. 07 al 75 D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determine algún error en el acta.
Iquitos, 12 de Mayo del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(07)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; el señor: OMAR GOMEZ DOSANTOS, con Expediente Nº 07938-2011, solicita la Rectificación Administrativa del acta de NACIMIENTO de su menor hija: FLOR GÓMEZ PEREZ, registrado en el Libro Nº 1205 , Folio Nº 66142349, año 2002, quien manifiesta que por error el declarante consignó en el cuerpo del acta el apellido materno del progenitor como: “LOZANO”, debiendo ser lo correcto: “DOSANTOS”, tal como consta en partida de Nacimiento que adjunto como medio probatorio; por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 19 de Abril del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(07)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; la señora: “NANCI ENÍ SANGAMA ARIRUA”, con Expediente Nº 011082-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR del Acta de Nacimiento de su menor hija: “DELIA PAOLA ARIMUYA SANGAMA”, registrado en el Libro Nº 913, Folio Nº 60207166, año 1998 quien refiere que por error del declarante se consignó en el cuerpo del Acta del Titular sus pre nombres de la progenitora como: ”NANCY ENITH”, siendo lo correcto: “NANCI ENÍ”, tal como consta en el Acta de Nacimiento de la progenitora, que ha sido reconocida por su padre, que adjunta como medio probatorio, por lo que procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 24 de Mayo del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(07)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; el señor: “PETER TAFUR PANAIFO”, con Expediente Nº 008565-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR del Acta de NACIMIENTO, registrado en el Libro Nº 340, Folio Nº 3160, año 1973, quien manifiesta que por error del declarante se consignó en su acta su apellido materno como: “PANAIJO”, debiendo ser lo correcto “PANAIFO”, tal como consta en el acta de nacimiento de la madre, que adjunta como medio probatorio, por lo que procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 28 de Abril del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(07)
(S/.10.00)

 

 

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