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RECTIFICACIONES

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RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; la señora: “JUANA GLADIS RIOS PEREZ”, con Expediente Nº 017165-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR del Acta de Nacimiento de su esposo CESAR ALFREDO INGA PEREIRA registrado en el Libro Nº 246, Folio Nº 127099, año 1965, quien refiere que por error del declarante se consignó en el cuerpo del Acta del titular el segundo pre nombre de la progenitora como: “LIZETH”, debiendo ser lo correcto “LIZET”, teniendo como medio de prueba el Acta de Nacimiento de la señora Dora Lizet Pereira, por lo que procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 02 de Junio del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(03)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; la señora: “ISABEL DEL CARMEN UPIACHIHUAY SALDAÑA”, con Expediente Nº 014983-2011, solicita la Rectificación Administrativa NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR de su Acta de Nacimiento de: “JAIME CHRISTIAN MENDOZA UPIACHIHUAY”, registrado en el Libro Nº 822, Folio Nº 4456, año 1994, quien  refiere que por error del declarante se omitió en el cuerpo del acta del titular el segundo  pre nombre de su progenitora como: “DEL CARMEN”, debiendo ser lo correcto “ISABEL DEL CARMEN”, así mismo el apellido materno del titular y paterno de la progenitora le consignaron como: “UPIACHIHUA” siendo lo correcto “UPIACHIHUAY”, tal como consta en el Acta de Nacimiento de la progenitora que adjunta como medio probatorio, por lo que procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 25 de mayo del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(03)
(S/.10.00)

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