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RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; la señora: MARGARITA MONTOYA DEL CUADRO, Expediente Nº 006658-211, solicita la Rectificación Administrativa del acta de NACIMIENTO de NELLY MONTOYA DEL CUADRO, registrado (a) en el Libro Nº – REINSCRIPCION, Folio Nº 65099142, año 2008, quien manifiesta que por error OMITIERON consignar el segundo pre nombre “FLORENTINA” y el apellido materno “Del Castillo” de la progenitora de la titular debiendo ser lo correcto su pre nombres “EMILIA FLORENTINA”, y sus apellidos “Del Cuadro Del Castillo”, teniendo como documento probatorio el acta de nacimiento de su progenitor, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 – D.S.015-98-PCM, que reglamente la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 21 de marzo de 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(25)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; el señor: JULIO ABEL RIOS ATOCHE, Expediente Nº 05808 – 2011, solicita la Rectificación Administrativa del acta de DEFUNCIÓN de ZOILA BARRIA TELLO DE RIOS, registrado (a) en el Libro Nº 266, Folio Nº 01562285, año 2009, quien manifiesta que por error consignaron en el cuerpo del acta de Defunción de la titular, el estado civil como “SOLTERA”, debiendo ser lo correcto “CASADA”, con Aureliano Ríos Almonasid teniendo  como prueba el Acta de Nacimiento y Certificado de Defunción, por lo que procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-2010-GRC/017, art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec; que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 22 de Marzo del 2011
Abog.- Juana Tenorio rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(25)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA – NO ATRIBUIBLE AL REEGISTRADOR
Ante la División de Registros de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas, sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos;  la señora NORA ISABEL MORI MARIN DE CHAVEZ, Expediente Nº 06160-2011, solicita la Rectificación Administrativa del acta de MATRIMONIO, de EDUVIGES MARIN ANGULO, registrado (a) en el Libro Nº 209 – REPOSICION, Folio N° 01338519, año 2011, quien manifiesta que por error consignaron en el cuerpo del acta, el nombre de la cónyuge como “EDUBIGES”, debiendo ser lo correcto “EDUVIGES”, teniendo como documento probatorio el acta de nacimiento de la cónyuge, por lo que procede su rectificación administrativa No Atribuible al Registrador de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017 Art. 07 al 75 D.S. 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determine algún error en el acta.
Iquitos, 23 de Marzo del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(25)
(S/.10.00)

 

RECTIFICACION DE ACTA-NO ATRIBUIBLE AL REGISTRADOR
Ante la División de Registro de Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Maynas sito en la calle Nanay N° 461 – Iquitos; el señor: ALDO AMASIFUEN ESPOSITO, Expediente Nº 028349-2010, solicita la Rectificación Administrativa de su acta de NACIMIENTO. Reinscrito, en el Libro Nº 33, Folio Nº 66839904, año 2008, quien manifiesta que por error consignaron en el cuerpo del acta, el pre nombre de su progenitora como “LEONOR”, debiendo ser lo correcto “LEONORA”, asimismo, omitieron consignar el apellido materno de su progenitora, teniendo  como documento  probatorio el acta de nacimiento de la madre del titular, por lo que procede su rectificación  administrativa No Atribuible al Registrador, de acuerdo a la Directiva Nº 263-GRC/017, Art. 07 al 75 D. S. Nº 015-98-PCM, que reglamenta la Ley Orgánica del Reniec, que facilita la rectificación cuando se determina algún error en el acta.
Iquitos, 23 de marzo del 2011
Abog. Juana Tenorio Rojas
Jefe de División de Registro Civil
V-1(25)
(S/.10.00)

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