Desde las 00:00 horas del viernes quedó prohibida la difusión de resultados de encuestas de intención de voto en los diez departamentos que participarán en la segunda vuelta de las Elecciones Regionales, informó el Jurado Nacional de Elecciones, como parte de su labor de difusión de las diversas restricciones que regirán como parte de la nueva jornada electoral del 5 de diciembre.
Esta prohibición estará vigente en los departamentos de Amazonas, Ayacucho, Huánuco, Ica, Lambayeque, Lima, Madre de Dios, Pasco, Puno y Tumbes. Como se ha informado, en estos diez departamentos los candidatos no alcanzaron como mínimo el 30 por ciento de los votos válidos del electorado, por lo cual se deberá realizar una segunda vuelta entre aquellos que alcanzaron los dos primeros lugares. Asimismo, desde las 00:00 horas del viernes 3 de diciembre hasta el mediodía del lunes 6 estará prohibida la venta de bebidas alcohólicas de todo tipo. Cabe mencionar que a quien se le descubra incumpliendo esta disposición se le impondrá una multa no menor de 1,650 nuevos soles.
También desde el 3 de diciembre quedará prohibida la realización de reuniones o manifestaciones públicas de carácter político. Y desde el día siguiente, sábado 4, quedará suspendida toda clase de propaganda política. Los electores no podrán ser apresados por ninguna autoridad, salvo por delito flagrante, durante los días sábado 4 y domingo 5 de diciembre. En el caso de los miembros de mesa y personeros esta disposición se extenderá hasta las 00:00 horas del martes 7. De igual manera, quedará prohibido que los electores porten armas desde el sábado 4 hasta las 00:00 horas del martes 7 de diciembre. Durante las horas de votación no podrán realizarse espectáculos populares, ni estarán permitidas las funciones de cine, teatro, ni reuniones de ningún tipo. Tampoco se realizarán oficios religiosos. También estarán prohibidas las reuniones de electores en un radio menor de cien metros de una mesa de sufragio. Los miembros de las Fuerzas Armadas en situación de disponibilidad o retiro están prohibidos de participar, vistiendo uniforme, en manifestaciones o reuniones de tipo político. Igual restricción se aplica para los miembros del clero regular y secular de cualquier credo. La Ley Orgánica de Elecciones obliga a las autoridades electorales, las fuerzas armadas, instituciones públicas y privadas, personeros y electores a observar y acatar estas disposiciones con el fin de garantizar la tranquilidad y el orden del proceso.