- Ese será el tema de fondo en la audiencia del próximo 12 de junio, en el Juzgado Mixto de Nauta, Loreto
Juan Carlos Ruíz, del Instituto de Defensa Legal, IDL, acaba de llamar a la reflexión a pocas semanas de la audiencia que se realizará en la ciudad de Nauta. ¿Puede el gobierno disponer de territorios ancestrales de pueblos indígenas no titulados? es la pregunta que se hace y será el el tema de fondo en la audiencia del 12 de junio, en el Juzgado Mixto de Nauta, Loreto.
Esto en mérito de la demanda de amparo presentada por las organizaciones indígenas ACODECOSPAT, FEDIQUEP y FECONACO, contra el Gobierno Regional de Loreto (GOREL) por no titular territorios ancestrales, y contra el MINEM por establecer servidumbres petroleras en los Lotes 8 y 192, sin previa consulta. La defensa legal está a cargo de IDL y de IDLADS con el valioso apoyo de OXFAM. Este proceso es acompañado por PUINAMUT.
«La juez acaba de conceder el uso de la palabra no solo a los abogados, sino a los apus Carlos Sandi Maynas y Teddy Guerra para que expliquen, de qué manera se impuso de forma inconsulta, servidumbres petroleras en sus territorios ancestrales», refiere el letrado.
Agrega además, que el GOREL ya reconoció que es territorio ancestral los territorios donde se establecieron las servidumbres del Lote 8. En consecuencia, si ya reconoció GOREL que son territorios ancestrales, se desprende 3 obligaciones: 1) titular los territorios ancestrales de las comunidades nativas demandantes; 2) consultar la servidumbre petrolera del Lote 8 (la del Lote 192 ya acabó); y 3) Compensar económicamente a las comunidades por usar su territorio. la servidumbres es gratuita cuando es propiedad del Estado, pero se debe pagar cuando es propiedad privada.
«El tema de fondo en este caso es que el Gobierno dispone de los territorios de pueblos indígenas, que no ha titulado, incumpliendo la reiterada jurisprudencia de la Corte IDH, que precisa que los Estados no pueden entregar ningún tipo de derechos sobre territorios ancestrales de pueblos indígenas que no ha titulado», sentenció. (MIPR)