El acoso y hostigamiento como figura legal es un delito y se presenta de muchas formas que quizás no están calificadas todas. En la forma como se puede identificar es muy simple, si tenemos la sensación de rechazo cuando alguien nos dice algo, nos hace gestos o en el caso más extremo nos toca alguna parte del cuerpo, en insinuaciones nada amistosas, todo esto se enmarca en lo tipificado como acoso sexual.
Cuando esto se presenta en el entorno laboral y viniendo de un compañero o compañera de trabajo, o con su agravante de ser un superior jerárquico, el tema es complejo, pero no imposible de manejar. Para empezar tenemos que hacerle saber directamente que no nos gusta lo que dice, hace o insinúa el acosador o acosadora. Otra opción puede ser advertir que se va a grabar y hacer la denuncia correspondiente en la instancia respectiva.
Esto lo observamos en un último caso resuelto de los muchos que existen en materia de denuncia por violencia o acoso sexual laboral y que todavía siguen las investigaciones. Las mismas que se contraponen con derechos individuales y muchas veces por contradicciones en los procesos. Pero cuando la persona denunciada muestra evidencias claras de errados conceptos que maneja, es una casi afirmación de lo sucedido, o de su culpa.
Pero, más allá de un caso particular, que el acusado o acusada esté en la situación laboral de actuar o investigar sobre estos delitos y no tenga claros los conceptos, sí que representan un peligro para la sociedad que espera de las autoridades (en este último caso público donde los protagonistas fueron trabajadores de la Fiscalía de Loreto), que actúen con probidad, que estén debidamente preparados.
¿Cómo podrían analizar si les toca abordar en prevención, un caso sobre acoso o de hostigamiento sexual laboral, personas o profesionales que no tienen claro el concepto, ni el procedimiento a seguir para denunciar y abordarlo en el marco de sus funciones como administradores de justicia? Esto sí que es preocupante y entendemos como una debilidad que debe superar el Ministerio Público de Loreto.
Hace poco leímos un documento circular dirigido a todos los fiscales decanos del país, donde se les indicaba elaborar un protocolo de atención para los casos de violencia del tipo acoso sexual. Lo mismo tendría que hacerse en todas las demás entidades públicas y privadas. Además de charlas informativas de lo que se trata, y de lo que la ley dice al respecto, los medios de prueba y cómo conseguirlas. Así como las sanciones que se pueden aplicar tanto en lo administrativo, civil y en lo penal.
Ya hemos sido testigos que ni ciertos fiscales o trabajadores del Ministerio Público lo tienen muy claro, menos quienes estamos en otras funciones en la vida cotidiana. Es en realidad necesario conocerlo por la tranquilidad personal, por un buen ambiente laboral y que seguro se reflejará en una buena productividad funcional.