PRESCRIPCION ADQUISITIVA

PRESCRIPCION ADQUISITIVA
1° Juzgado Civil Sede – Central de Maynas, Exp. 00209-2017-0-1903-JE-CI-01, Especialista SARINE MORI SAJAMI, ha emitido la Resolución N° 01, del 14 de marzo de 2017, de admisión de la demanda interpuesta por Don JORGE GARCIA RAMIREZ y JULIA INES PANDURO REYES DE GARCIA, sobre prescripción adquisitiva de dominio, debiendo tramitarse la demanda por la Vía de Proceso Abreviado, y en tal virtud, dispóngase translado de la misma a la parte demandada por el término de DIEZ DIAS, bajo el apersimiento de seguirse el Proceso de Rebeldía, por ofrecido los medios probatorios y nexos que adjuntó la demanda. Asimismo, conforme lo establecido el Artículo N° 506 del Código antes mencionado PROCEDASE A LA PUBLICACIÓN DE EXTRACTO DE LA DEMANDA Y AUTO ADMISOR POR TRES VECES, INTERVALO DE TRES DIAS en el DIARIO DE MAYOR CIRCULACIÓN, en forma prevista en los Art. N° 167 y 168 del Código Procesal Civil NOTIFIQUESE, con la demanda y la presente Resolución a los colindantes del bien y muebles materia del presente proceso Fdo. Juez JOSE ENRIQUE REATEGUI RIOS, Fdo. Especialista SARINE MORI SAJAMI.
Iquitos, 28 de marzo de 2017
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LORETO
SARINE MILERY DEL JESUS MORI SAJAMI
Secretaria Judicial
1er. Juzgado Especializado Civil de Maynas.
V-3(04, 10, 18)/F. 484
S/.70.70