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PRESCRIPCION

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EDICTO
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO. En el EXP. 00079-20250-1903-JR-CI-01, ante el 1° Juzgado Civil de Maynas, que despacha el Juez Luis Miguel Del Águila Campos, ha emitido la Resolución N° DOS, que dispone ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por JAIME ALBERTO SOUZA RENGIFO en representación de MERCY PANDURO GAVIRIA contra SARA ANTONIA VARGAS GARCÍA, SAMUEL VARGAS GARCÍA y DELIA LLANE RÍOS DÍAS, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, respecto del área de 107.00 m2 del inmueble sito en el ASENTAMIENTO HUMANO FRANCISCO SECADA VIGNETTA MZ. A LOTE 48B, DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO, inscrita en la PARTIDA ELECTRÓNICA N° P12063520 de los Registros Públicos de Loreto, con un área total de 107.00 m2, debiendo sustanciarse en vía del proceso ABREVIADO; NOTIFÍQUESE a los demandados por el termino de DIEZ DÍAS, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en su rebeldía; por ofrecido los medios probatorios y agréguese a los autos los anexos que se adjunta a la demanda; y conforme a lo establecido por el artículo 506° del Código Procesal Civil, procédase a la publicación de un extracto de la demanda y auto admisorio por tres veces consecutivos en la forma prevista en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil, asimismo, estando a lo dispuesto por el artículo 165° del acotado Código Procesal Civil, NOTIFÍQUESE POR EDICTO a los demandados SARA ANTONIA VARGAS GARCÍA, SAMUEL VARGAS GARCÍA y DELIA LLANE RÍOS DÍAS, con un extracto de la demanda y auto admisorio en el diario “LA REGIÓN” por el término establecido en el artículo 492° del Código Adjetivo Civil, a fin de que cumplan con absolver la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele CURADOR PROCESAL; debiendo realizarse la publicación en forma consecutiva por tres días hábiles, esto por tratarse de la notificación a los demandados; NOTIFÍQUESE con la demanda y la presente resolución a los colindantes del bien inmueble materia del presente proceso. Fernando Junior Riveros Da Silva, ESPECIALISTA LEGAL.
V-3(21, 27 y 02) B/6612
S/207.00

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