– Defensa técnica presentó y fundamentó recurso de nulidad

El abogado Walter Salomón Lozano Torres, en el ejercicio del derecho a la defensa, presentó recurso de nulidad en contra de la sentencia condenatoria de Rafael Hernando Pella Cueva por el presunto delito de tráfico ilícito de drogas.
La defensa fundamenta el recurso de nulidad con relación al operativo con vigilancia y seguimiento con participación del Ministerio Público, indicando, de una revisión de autos se desprende que se determine que se haya realizado un operativo de vigilancia y seguimiento; por cuanto no existe prueba que determine ello, no existe registro fílmico y fotográfico que pueda determinar vigilancia y seguimiento, no existe documento que establezca el operativo, pues no obra registro de qué oficial o superior estuvo a cargo de dicha acción, así también, no obra registro de coordinación con las autoridades pertinentes- Ministerio Público y Poder Judicial , que puedan determinar la legalidad de tales acciones y el respeto de los derechos fundamentales. Es decir no existen pruebas de acción de inteligencia.
Sobre la presunta detención en flagrancia se desprende que Robinson Joan Wong Alvis fue intervenido solo en una losa deportiva en las inmediaciones de las calles Gálvez con Atahualpa el 03 de noviembre del 2010.
Se desprende que por las imputaciones hechas por Robinson Joan Wong Alvis, fueron intervenidos los efectivos Manuel Gonzales y Rafael Hernando Pella Cueva a las 22 horas y conducidos en calidad de detenidos.
Indica la defensa, que la sola imputación ha servido para intervenir y detener a Rafael Hernando Pella Cueva, sin que los en los actuados se precise lugar de la intervención, así como tampoco se precise las circunstancias de tal intervención.
Asimismo, el acta de entrevista se llevó a cabo sin la presencia de su abogado defensor, sin considerar la situación que ya existía de intervención y detención sin flagrancia u orden judicial y sin que se les haya leído sus derechos previamente.
El abogado Walter Lozano Torres indica también que, consecuentemente, debe considerarse la violación flagrante y grosera de los derechos fundamentales que invalidan y nulifican las primeras diligencias y que, por tanto, determine que deben excluirse de toda valoración y base para haberse emitido una sentencia condenatoria. Además, no existe nexo entre el hecho y Rafael Hernando Pella Cueva , ya que no existe la inmediatez con la droga y con el arma. Es decir no existe prueba alguna que sustente la sentencia y que hayan resquebrajado la presunción de inocencia, por lo que solicitó se absuelva a Rafael Hernando Pella Cueva, dejando el criterio a la Sala Suprema verificar las dudas sustanciales en favor del imputado. (W. Gil)





