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Policía Fiscal confirma legalidad de enorme cantidad de golosinas traídas a Iquitos

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  • Operativo se desarrolló para prevenir la presunta comisión del delito contra la salud pública.

Agentes de la Policía Fiscal, el último lunes en horas de la tarde por inmediaciones de la Av. La Marina cerca de la Institución Educativa Liceo Naval, en plena vía pública, lograron intervenir un camión con placa de rodaje L1B-790, marca Toyota, color azul, conducido por Marks Rojas Machoa (34), en cuya unidad transportaba diversos bultos, bolsas plásticas transparentes y cajas de cartón de color beige, debidamente precintado con cinta de embalaje que a simple vista no se apreciaban los rótulos impresos, siendo trasladado hasta las instalaciones de la unidad policial a fin de ser verificados.
A la Unidad policial se apersonó Elmer Fernández Sánchez (35), quien manifestó ser propietario de dicha «mercadería», a quien solicitaron la documentación de los productos que transportaba, refiriendo que dichos bultos contienen productos golosinas (palitos de maíz queso) de la marca «KRASH» – mochilón – cheddar, (caramelos de frutas surtidas) de la marca «PERUSA» y chupetines de la marca «LOS CHAPOSOS», por lo que procedieron a la verificación de cada bulto.
La policía contabilizó 20 fardos de bolsas de polietileno, conteniendo cada uno de ellos bolsas plastificadas impresa la marca «KRASH – mochilón – cheddar» (palitos de maíz queso), haciendo un total de 720 unidades por fardo; 10 bolsas plásticas transparentes que contenían 20 bolsas plastificadas impresas la marca «PERUSA» (caramelo de frutas surtidas) y 30 cajas de cartón de color beige, impresas la marca «LOS CHAPOSOS», conteniendo en su interior 50 bolsas plásticas que contienen en cada una de ellas 100 unidades de chupetines (paletas) de sabor a frutas.
Se destaca, tras la verificación total de los productos, no se registró la comisión de algún ilícito penal contra la salud pública; constatándose además que las bolsas plastificadas registraban fechas de vencimiento 06 de setiembre del 2017, 30 de abril del 2018 y mayo del 2018; por lo que el propietario no incurría en ilícito penal alguno; quien a su vez, acreditó la procedencia legal de dichos productos, procediendo a su entrega total de los productos. (C. Ampuero)

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