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Pasivos ambientales deben ser identificados y remediados antes del proceso de Consulta

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-Exigen Comunidades del Pastaza

-Acordaron exigir compensación por el uso de tierras e indemnizaciones por los daños ambientales

Antes que se lleve a cabo el proceso de consulta previa en el marco de la nueva licitación del Lote 192 (antes 1AB), el Estado y la empresa Pluspetrol deben identificar todos los pasivos ambientales existentes en la cuenca del río Pastaza a fin que se remedien todas las zonas contaminadas por las actividades petroleras que se desarrollan en esa zona de Loreto desde hace más de 40 años.

Ese fue el acuerdo al que llegaron las comunidades de la cuenca del Pastaza que participan desde el sábado último en la asamblea de la Federación Indígena Quechua del Pastaza – FEDIQUEP.

Asimismo, las comunidades acordaron exigir una compensación por el uso de tierras e indemnizaciones por los daños ambientales causados por la explotación petrolera.

En cuanto a la decisión de Perupetro de ingresar a las comunidades, sin el conocimiento y una coordinación previa con las federaciones, la asamblea acordó rechazar esta forma de proceder de la empresa estatal, pues no respeta la institucionalidad y representación indígena.

Además, consideraron que el accionar de Perúpetro es parte de una estrategia que busca excluir a las federaciones indígenas del proceso de consulta previa. Por ello, exigen que se respete el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se convoque a las federaciones a fin de que sean informadas de los alcances del trabajo de campo que pretenden realizar.

Demandaron también que cualquier ingreso a comunidades sea coordinado oportunamente con las federaciones y que los dirigentes participen del recojo de información anunciado por Perúpetro.

Las comunidades acordaron también que se delegue a FEDIQUEP el inicio de las acciones de incidencia y se adopten las medidas legales, a fin que se garantice que el proceso de consulta se realice conforme a lo establecido en el Convenio 169 de la OIT y la jurisprudencia internacional sobre consulta previa.

Es preciso indicar que en la asamblea, que se realiza en la localidad de Nuevo Andoas, participan pobladores de las comunidades nativas de Campo Verde, Nueva Unión, Sungachi, Loboyacu, Soplín, Sabaloyacu, Paniayacu, Alianza Capahuari, Alianza Topal, Porvenir, Tityacu, Los Jardines y Nuevo Andoas.

También se encuentran presentes los Apus y dirigentes de la Federación Indígena Achuar del Alto Pastaza – FIAAP, de la Asociación del Pueblo Kandoshi del Distrito de Andoas, AKADA, de la Federación Achuar Unidos de la Frontera del Perú FAUFPE, la Federación de Quechuas del Bajo Pastaza FEQUEBAP y la Organización de Manejo de Desarrollo Inka HUASAGA. (MIPR)

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1 COMENTARIO

  1. […] En la actualidad, sería previsto que PERUPETRO efectúe ingresos de campo “con la finalidad de recoger información a fin de determinar que comunidades serán las comprendidas en el proceso“ demostrando así una cierta autonomía en la labor de identificación de los pueblos indígenas a ser consultados.  Sin embargo, las comunidades exigen informaciones y tiempo para reunirse antes de eventualmente permitir dichos i… […]

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