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“Estoy de acuerdo que intervenga la Contraloría para que aclare las cosas”

  • Declaró el Dr. Erwin Floret, actual gerente regional de pueblos originarios.

Respecto al pedido de los estudiantes indígenas, quienes demandaron a la Contraloría que ingrese para que examine el gasto presupuestal asignado a su organización estudiantil. Ellos con documentos en mano, contaron todo lo que habría estado haciendo la coordinadora de proyectos, por lo que solicitaron su salida.
El gobernador regional, optó por hacer caso a los estudiantes indígenas, pero ratificó su confianza a la gerencia que está a cargo del Dr. Floret. De quien también los alumnos pedían su salida, luego desestimaron el pedido.
“Luego de lo ocurrido se llegó a acuerdos importantes, se han tomado algunas medidas correctivas necesarias y continuamos trabajando. La coordinadora de proyectos dejó ese cargo, se hizo una rotación interna de sus funciones.
Sé que no hay absolutamente nada de lo que se le acusaba, pero en todo caso estoy de acuerdo que ingrese la Contraloría para que se aclaren las cosas. Ahora estamos haciendo algunas reformas al convenio original.
Reconocemos que estamos atrasados en cuanto a la instalación de la sala de cómputo, pero a veces las adquisiciones demoran. Ahora están acá, al igual que tabletas, así que pronto se implementará la sala de cómputo”, habló Floret.

Nauta: Devida realiza jornadas de prevención para construir entornos libres de drogas

A través de su Oficina Zonal Iquitos, Devida realizó en Nauta dos jornadas de prevención del consumo de drogas en coordinación con la Municipalidad Provincial de Loreto–Nauta. Las actividades estuvieron dirigidas a estudiantes, padres de familia y juntas vecinales, promoviendo conocimientos y actitudes saludables.
El programa de prevención comprende a un total de 8 instituciones educativas de secundaria de Nauta. En esta ocasión, el trabajo fue con la Institución Educativa Aguila Cóndor. En las jornadas se abordaron los temas: prevención y autocuidado con escolares, comunicación asertiva con los padres y detección de señales de riesgo con las juntas vecinales.
Además, se difundió el servicio gratuito Habla Franco (línea 1815), que brinda orientación psicológica y consejería especializada.
Estas acciones forman parte de la Política Nacional Contra las Drogas al 2030, que Devida implementa articulándose con municipalidades e instituciones educativas para construir entornos más seguros, saludables y libres de drogas.

“Los pueblos indígenas necesitan soluciones concretas a sus problemas”

  • Habló Alfonso López, líder de la organización Acodecospat.

“Las movilizaciones de los pueblos indígenas corresponden justamente a que se ha buscado acercamiento con el gobierno central y regional, pero no se ha obtenido respuesta para solucionar tantos problemas territoriales y de otra índole. Los pueblos necesitan soluciones concretas.
En dos años no hemos podido volver a reunirnos con el gobernador, qué les cuesta atender a los dirigentes cuyas organizaciones han firmado compromisos que han quedado en actas. Pedimos que se respeten los acuerdos, los pueblos indígenas necesitan soluciones concretas a nuestros problemas de diversos territorios.
Queremos saber qué tenemos para este último año porque ya todos los gobiernos están de salida. Qué tenemos en las manos ahora como gobierno regional para juntos arrancar al gobierno central en este año. El resto es sueño”, concluyó López.

Fortalecen cooperación internacional para mejorar infraestructura y servicios de salud en Loreto

  • Con una inversión superior a los 17 millones de dólares.
  • Alianza entre Corea del Sur y el Gobierno Regional busca modernizar el sistema sanitario amazónico. 

La cooperación internacional entre la Agencia de Cooperación Internacional de Corea (Koica) y las autoridades del sector salud en Loreto continúa consolidándose con el desarrollo de dos proyectos clave destinados a mejorar la atención médica y la infraestructura sanitaria en la región amazónica.
El primer proyecto comprende la construcción del laboratorio referencial de Loreto, una obra de gran envergadura que demandará una inversión de 15 millones de dólares. Este laboratorio permitirá fortalecer la capacidad diagnóstica del sistema de salud regional, optimizando la detección y control de enfermedades tropicales, infecciosas y emergentes.
La iniciativa incluye no solo la construcción y equipamiento moderno del laboratorio, sino también programas de capacitación y asistencia técnica dirigidos al personal sanitario. Asimismo, contempla el fortalecimiento de los servicios públicos de salud en las provincias de Maynas, Loreto, Datem del Marañón y Alto Amazonas.
De acuerdo con el cronograma establecido, la elaboración del expediente técnico se realizará durante el primer semestre de 2026, mientras que la ejecución de obras se desarrollará en el segundo semestre del mismo año. Se espera que el laboratorio entre en funcionamiento pleno hacia el año 2028, contribuyendo significativamente a la mejora de la vigilancia epidemiológica y la investigación biomédica en la Amazonía peruana.
El segundo proyecto, con una inversión estimada de 2,9 millones de dólares, tiene como meta el mejoramiento integral del centro de salud de San Juan, en Iquitos. Las obras contemplan la renovación de su infraestructura, la adquisición de equipamiento médico de última generación y la implementación de asistencia técnica para optimizar la gestión de los servicios. Su ejecución está prevista también para el segundo semestre de 2026.
Ambas intervenciones se enmarcan en el Plan de Desarrollo Regional Concertado Loreto al 2033, el cual prioriza la generación de condiciones de vida saludables y la ampliación de la infraestructura de salud pública en el departamento.
Como parte de este proceso de cooperación, Koica y la organización MEDIC PEACE han formalizado sus compromisos mediante la apertura de oficinas en la ciudad de Iquitos, fortaleciendo su presencia institucional y su apoyo técnico en el territorio. Estas acciones ratifican el compromiso de Corea del Sur con el desarrollo sostenible y la equidad sanitaria en la Amazonía peruana.
Las autoridades regionales destacaron que estos proyectos representan un paso decisivo hacia la modernización del sistema de salud en Loreto, una región donde la geografía y las condiciones climáticas imponen desafíos únicos para el acceso a servicios médicos de calidad.

René Chávez supervisa obra de mejoramiento de movilidad urbana en Belén

  • Importante inversión mejora la calidad de vida de miles de familias en Belén.

Con más de S/ 59 millones de inversión, el proyecto beneficiará a más de 12 mil vecinos de los asentamientos humanos de la zona periurbana, mejorando su acceso y seguridad durante todo el año.
El gobernador regional de Loreto, Dr. René Chávez Silvano, realizó una visita de supervisión a la obra “Mejoramiento del servicio de movilidad urbana en los asentamientos humanos de la zona periurbana, I etapa del distrito de Belén”, un proyecto que transformará la transitabilidad en una de las zonas más pobladas y vulnerables del distrito.

Con una inversión de S/ 59’100,000, esta intervención beneficiará a más de 12 mil habitantes de los asentamientos humanos 28 de Julio, Manco Inca, Triunfo, Ciudad Jardín, Sarita Colonia y 15 de Noviembre. Los trabajos consisten principalmente en el levantamiento de rasante y la mejora integral de las vías, acciones que permitirán reducir los problemas de inundaciones y facilitar el acceso de los vecinos a servicios esenciales como educación, salud y comercio.
Durante la supervisión, el gobernador René Chávez destacó el compromiso del Gobierno Regional de Loreto (GOREL) por ejecutar obras que mejoren la calidad de vida de la población. “Estamos trabajando con visión de futuro. Esta obra no solo resolverá un problema histórico de inundaciones, sino que abrirá camino al desarrollo urbano ordenado en Belén”, expresó.
La ejecución se inició en las zonas más bajas del distrito, estrategia que permitirá avanzar sin interrupciones durante la temporada de creciente del río. De esta manera, se garantiza que los trabajos continúen de forma sostenida y que los sectores más afectados por las inundaciones sean los primeros en ver los resultados de esta importante intervención.
Los vecinos de la zona manifestaron su satisfacción por el avance del proyecto. “El cambio ya se empieza a notar. Por muchos años esperamos una obra así, que realmente nos ayude a no vivir entre el barro y el agua cada vez que sube el río”, comentó un vecino del asentamiento humano 28 de Julio.
Con obras como esta, el Gobierno Regional de Loreto reafirma su compromiso de reducir las brechas en infraestructura urbana y promover un crecimiento sostenible e inclusivo. La intervención en Belén es una muestra concreta de cómo la gestión del gobernador René Chávez Silvano impulsa soluciones reales que transforman el día a día de los loretanos.

Alvarenga: territorio peruano tomado

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La impotencia que sienten los habitantes de la jurisdicción del Alto Nanay es por demás preocupante, y en breve puede tomar niveles de escándalo nacional por el abandono del Estado en la lucha solitaria por defender su territorio, especialmente la comunidad nativa de Alvarenga donde hace unos meses fue izada una bandera colombiana, y al ministerio de Defensa no le importó nada.
Para entonces no hubo una comisión de alto nivel del gobierno de nuestro país que fuera a evaluar la situación, como ocurrió cuando se intentó desacreditar nuestra territorialidad peruana en Santa Rosa. En este caso no hay respuesta, un silencio desesperante para los compatriotas de la zona que hasta están viendo la posibilidad de armarse e ir a recuperar Alvarenga.
Lo que hay allá, ya no es un secreto, es el centro de la extracción de oro fluvial dirigido por extranjeros, mayoritariamente colombianos, también venezolanos, y entre ellos peruanos que se han sumado a este negocio ilícito que está contaminando el río Nanay, así como afectando el medio ambiente en general, y la salud de los habitantes por la afectación con mercurio en sus organismos.
Cada día aumenta la preocupante, más cuando de investigaciones trasciende que con el dinero de la minería aurífera fluvial se vienen financiando organizaciones políticas, y que han alcanzado instancias claves como el Congreso de la República, lo que tendría sentido con la mano de seda que se trata a esta actividad, total permisible y dando las condiciones legales para que sigan protegidos durante más años.
Los pobladores, la mayoría de nuestros compatriotas peruanos de la zona del Alto Nanay, no pueden salir de su asombro, que hasta la fecha después de más de dos semanas de protesta, ninguna autoridad nacional se ha interesado en el tema, no hay respuesta tampoco de la Presidencia del Consejo de Ministros. Y a nivel de Iquitos, tampoco se ha expresado un respaldo claro, a pesar que del río Nanay, en riesgo de contaminación total, se extrae el líquido vital para abastecer con agua potable a más de 500 mil habitantes.

JUZGADO PENAL

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1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 00260-2025-10-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: ACOSO SEXUAL
Se emplaza al imputado WALTER NEMESIO MONTALVAN SAAVEDRA, con la RESOLUCION N° 02, del 05/08/2025; que dispone: DADO CUENTA; con el escrito 37048-2025, presentado por el letrado VICTOR ESTUARDO SALAS VERA, mediante el cual se OBSERVAN LA ACUSACION, Y OTROS, el mismos que se efectuó dentro del plazo legal. en consecuencia: PÓNGASE a conocimiento de las partes procesales para su absolución en la audiencia programada; y de conformidad lo establece el artículo 350º del Código Procesal Penal; corresponde señalarse día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de la acusación; por tal consideración SEÑÁLESE para el día 11 DE MARZO DEL AÑO 2026, A HORAS 02:00 DE LA TARDE, a fin de que se lleve a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, la misma que se llevará a cabo en forma presencial en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en la Av. Mariscal Andrés Avelino Cáceres S/N – 3° Puerta. Notifíquese.
V-3(30,31 y 03)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01720-2024-21-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: LESIONES LEVES
Se emplaza al imputado GOLBER TEDY VASQUEZ PANAIFO, y se pone a conocimiento del agraviado JACKSER NOVOA JURAFO, con la RESOLUCION N° 03, del 16/09/2025; que dispone: DADO CUENTA, razón de la Especialista de audiencia, téngase presente y siendo el estado del proceso SE DISPONE: REPROGRAMAR la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DIA 25 DE MARZO DEL AÑO 2026, A HORAS 12:00 DEL MEDIODIA, para lo cual las partes deben concurrir de forma presencial, en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en la Av. Mariscal Andrés Avelino Cáceres S/N – 3° Puerta, 2° Piso. NOTIFIQUESE.
V-3(30,31 y 03)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01798-2024-70-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: LESIONES LEVES
Se emplaza a los imputados JHON JAIRO LOPEZ SILVA, y ANGELO GUISEPE GOMEZ POSADA, con la Resolución N° 02, del 26/03/2025; que dispone: Dado Cuenta los presentes autos, habiendo concluido la investigación preparatoria, y estando al Requerimiento de Acusación, y conforme a lo dispuesto en el art. 350 del Código Procesal Penal, NOTIFÍQUESE a las demás partes procesales por el plazo de DIEZ DIAS, para que procedan conforme a las atribuciones legales a que se contrae el citado artículo. Notificándose.
V-3(30,31 y 03)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 01798-2024-70-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: LESIONES LEVES
Se emplaza a los imputados JHON JAIRO LOPEZ SILVA, y ANGELO GUISEPE GOMEZ POSADA, con la Resolución N° 03, del 15/07/2025; que dispone: Dado Cuenta el estado actual del presente incidente y habiéndose verificado que han sido válidamente notificado las partes con el traslado del requerimiento fiscal de acusación y, conociendo que pueden proceder según lo estipulado en el art. 350 del Código Procesal Penal, no han presentado escritos y el plazo otorgado se ha vencido; por lo que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 1) del art. 351° del mismo Código, CÍTESE A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DEL REQUERIMIENTO FISCAL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 13 DE ABRIL DE 2026 A LAS 10:00 HORAS, la que se realizará presencialmente en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en el Av. Cáceres N° 588 de la ciudad de Iquitos. Notificándose.
V-3(30,31 y 03)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03541-2024-0-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: RECEPTACIÓN AGRAVADA
Se pone a conocimiento del agraviado PERCY LUIS MURRIETA YNUMA, la RESOLUCIÓN N° 03, del 26/09/2025; que dispone: Dado Cuenta y conforme con lo dispuesto en el inciso 1) del art. 351° del Código Penal, CITESE A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE REQUERIMIENTO DE ACUSACION DIRECTA, PARA EL DIA 30 DE MARZO DEL AÑO 2026, A HORAS 10:30 DE LA MAÑANA, la que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en el Av. Cáceres N° 588 de la ciudad de Iquitos. Notificándose.
V-3(30,31 y 03)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03573-2023-79-1903-JR-PE-02
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: ROBO AGRAVADO
Se pone a conocimiento del agraviado CLAUDIO FLAVIO HUAMAN GAVILAN, el ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACION, del 25/09/2025; que dispone: I. OCURRENCIAS: JUEZ: Se tiene que hay defensa pública para dos acusados; la defensa privada del acusado Danilo Tello Torres no ha concurrido. En ese sentido se dispone: 1. Subrogar al abogado Edwin Pinedo Marrill y se va a proceder a poner de conocimiento la subrogación al imputado Danilo Tello Torres en el establecimiento penitenciario de Iquitos para que en plazo 24 horas designe otro abogado. 2. Oficiar a la Dirección Distrital de defensa Pública para que designe un defensor público para dicho imputado. 3. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia y se reprograma para el día 12 DE MARZO DEL 2026 A LAS 12:00 DEL MEDIODÍA. Notifíquese.
V-3(30,31 y 03)

1° JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede Central
EXPEDIENTE: 03682-2023-31-1903-JR-PE-01
JUEZ: SWIDIN AGUIRRE ALIXEY
ESPECIALISTA: MALDONADO GARAY LUZ ROSENDA
DELITO: FRAUDE INFORMÁTICO – AFECTE PATRIMONIO DEL ESTADO
Se emplaza al imputado WILBERTO MACEDO SHAPIAMA, con la RESOLUCIÓN N.° 04, del 25/07/2025; que dispone: DADO CUENTA al escrito 37149-2025 que contiene el cargo de Notificación N.° 110317-2025-JR-PE destinado al imputado WILBERTO MACEDO SHAPIAMA, sin diligenciar, debido a que en la localidad de Maynas, no hay teniente gobernados. Cabe indicar que, de la revisión de autos, se advierte que el imputado en mención ha sido notificado mediante EDICTO penal y web. PÓNGASE, a conocimiento a la representante del Ministerio Público, y de conformidad lo establece el art. 350º del Código Procesal Penal; corresponde señalarse día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de la acusación; por tal consideración SEÑÁLESE para el día 30 DE MARZO DEL DOS 2026, A HORAS 08:00 DE LA MAÑANA, a fin de que se lleve a cabo la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN, la que se realizará en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas, la misma que se llevará a cabo en forma presencial en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Maynas ubicado en la Av. Mariscal Andrés Avelino Cáceres S/N – 3° Puerta, 2° Piso. Notifíquese.
V-3(30,31 y 03)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena
EXPEDIENTE: 00113-2025-0-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MURRIETA SAAVEDRA AMERICO NESTOR
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE REQUENA,
REPRESENTANTE: FASABI PACAYA, CLARA MORENA
IMPUTADO: NAVARRO SORIA, ALBERTO
DELITO: TOCAMIENTOS, ACTOS DE CONNOTACIÓN SEXUAL O ACTOS LIBIDINOSOS SIN CONSENTIMIENTO
AGRAVIADO: F P, EN
F P, MA
Resolución Nro.02
Requena, 29 de octubre de 2025
VISTO el escrito 3421-2025, remitido por el representante del Ministerio Público, y estando al contenido de la disposición número 04: TÉNGASE por decepcionado la comunicación de la prórroga del plazo de la investigación preparatoria POR SESENTA (60) DIAS; de acuerdo a lo establecido en el numeral 1 del artículo 342 del código penal, NOTIFIQUESE, al imputado a su domicilio mediante la emisión de cedula física, sin perjuicio de notificarse vía edicto judicial
V-3(30,31 y 03)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena
EXPEDIENTE: 00028-2021-96-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MURRIETA SAAVEDRA AMERICO NESTOR
MINISTERIO PUBLICO: FPPCR,
REPRESENTANTE: MOZOMBITE PACAYA, JUANA
IMPUTADO: TORRES IRARICA, JULIO
DELITO: VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD
AGRAVIADO: MENOR DE INICIALES, SDRM 05
Resolución Nro.03
Requena, 28 de octubre de 2025
VISTO, el estado de la presente causa, seguido contra TORRES IRARICA JULIO, en calidad de presunto AUTOR por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL en la modalidad de TOCAMIENTOS, ACTOS DE CONNOTACION SEXUAL O ACTOS LIBIDINOSOS EN AGRAVIO DE MENORES, ilícito tipificado y sancionado en el artículo 176°-A del Código Penal, en agravio de la menor de iniciales S.D.R.M. (05) representada por su progenitora JUANA MOZOMBITE PACAYA en consecuencia esta judicatura DISPONE: 1) REPROGRAMAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN de manera presencial, salvo que las partes soliciten participar en la audiencia de manera virtual -para las partes procesales que lo consideren, para el día 13 DE NOVIEMBRE DE 2025, a horas 11:00 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del imputados, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del fiscal de informar su conducta procesal al ÓRGANO DE CONTROL INTERNO del Ministerio Público a efectos que le sea aplicarle la medida disciplinaria que corresponda y BAJO APERCIBIMIENTO a los imputados y sus abogados de aplicar los apremios de los artículos 85º inciso 1 del Código Procesal Penal en caso de inconcurrencia injustificada y aplicarle LA MULTA DE DOS (02) URP a los abogados. 2) Realice al Especialista de Causa, Abog. Henry Junior Llerena Saldaña con celular N° 936994536 la coordinación y actos preparativos para que la audiencia se lleve a cabo. 3) En mérito al contenido del escrito número 3189-2025 notifíquese al representante del menor y al imputado vía edicto judicial: Notifíquese.
V-3(30,31 y 03)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Sede MBJ Requena
EXPEDIENTE: 00001-2020-19-1905-JR-PE-01
JUEZ: ALEJO CRUZ WILLIAM LEOPOLDO
ESPECIALISTA: MURRIETA SAAVEDRA AMERICO NESTOR
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
PROCURADOR PUBLICO: PROCURADOR PUBLICO ANTICORRUPCION DESCENTRALIZADO DEL DISTRITO JUDICIAL DE LORETO,
DELITO: PECULADO DOLOSO AGRAVADO
LOAIZA CAMPANA, JUAN VICTOR Y OTROS
DELITO: INCUMPLIMIENTO DE DEBERES FUNCIONALES.
AGRAVIADO: ESTADO MINISTERIO DE DESARROLO E INCLUSION SOCIAL,
Resolución Nro.08
Requena, 29 de octubre de 2025.
VISTO, el estado de la presente causa, seguido contra , contra los imputados JUAN VICTOR LOAIZA CAMPANA, FREDY TUESTA CAVAILLIER, TEODORO SHOQUE MEO BESO (Presidente), FELIX MEBU TUMI MENQUE(Tesorero), DAVID MASIAD SHINISIO CANSHE (Secretario) y HUMBERTO JIMENEZ MANUYAMA(Fiscal), en calidad de presuntos AUTORES, por la presunta comisión de los delitos CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PÚBLICOS en la modalidad de OMISIÓN DE ACTOS FUNCIONALES, ilícito penal previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 377° del Código Penal, en agravio del ESTADO PERUANO- MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL, en consecuencia esta judicatura DISPONE : 1) REPROGRAMAR AUDIENCIA REQUERIMIENTO MIXTO de manera presencial, salvo que las partes soliciten participar en la audiencia de manera virtual , para el día 12 DE NOVIEMBRE DE 2025, a horas 12 :00 DEL MEDIO DIA, en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Requena, con la presencia obligatoria del Fiscal y los abogados de los imputados, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia injustificada del fiscal de informar su conducta procesal al ÓRGANO DE CONTROL INTERNO del Ministerio Público a efectos que le sea aplicarle la medida disciplinaria que corresponda y BAJO APERCIBIMIENTO a los imputados y sus abogados de aplicar los apremios de los artículos 85º inciso 1 del Código Procesal Penal en caso de inconcurrencia injustificada y aplicarle LA MULTA DE DOS (02) URP a los abogados. 2) NOTIFIQUESE, a las partes al domicilio procesal consignado por la fiscalía en su escrito 2115-2023., sin perjuicio de notificarse via edicto, a los imputados en el extremo del sobreseimiento.
V-3(30,31 y 03)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00028-2014-17-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA PENAL DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: CALDERON TAPUY, GILBERTO
DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR
CALDERON TAPUY, GILBERTO
DELITO: ABORTO PRETERINTENCIONAL
CALDERON TAPUY, GILBERTO
DELITO: LESIONES AL CONCEBIDO
AGRAVIADO: AYACHE CUNAYAPE, ZILA ESTHER
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTITRES
Nauta, trece de octubre del año dos mil veinticinco.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, con el escrito Nº4459-2025, remitido por el Ministerio Publico, mediante el cual subsana el requerimiento de sobreseimiento, siendo ello así SE DISPONE: Correr traslado el requerimiento sobreseimiento a los sujetos procesales, sin que ello implique la habilitación de un nuevo plazo para sus observaciones, asimismo se REPROGRAMA la audiencia PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día OCHO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA [08:30 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, y se instalará con la presencia obligatoria del señor Fiscal; bajo apercibimiento de hacerse efectivo la facultad que confiere el artículo 85° numerales 1), 2) y 3) del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia del abogado defensor o del señor fiscal; sin perjuicio de ser sancionado disciplinariamente. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados, aunque no hayan concurrido. Asimismo, notificase la presente resolución a los imputados y a la agraviada vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(30,31 y 03)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00069-2017-23-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS LORETO NAUTA,
IMPUTADO: MURAYARI MOZOMBITE, CLEVER LUIS Y OTROS
DELITO: FALSEDAD IDEOLÓGICA.
AGRAVIADO: ESTADO PERUANO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LORETO NAUTA, PROCURADURIA PUBLICA ANTICORRUPCION DEL DISTRITO JUDICIAL DE LORETO
RESOLUCIÓN NÚMERO CATORCE
Nauta, tres de octubre del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; en la fecha del presente proceso, y estando a la subsanación presentada por al fiscal a cargo del presente caso, se procede a CORRER TRASLADO la subsanación a los sujetos procesales sin que ello implique apertura de plazo; asimismo, estando al estado del presente proceso SE Dispone: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS a horas ONCE Y QUINCE DE LA MAÑANA [11:15 am], para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta. BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados, aunque no hayan concurrido. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
V-3(30,31 y 03)

JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00076-2025-98-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FPPCLN,
IMPUTADO: AMASIFUEN TAMANI, AUGUSTO
DELITO: AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
AGRAVIADO: AMASIFUEN YUYARIMA, NELLY CHARITO
RESOLUCIÓN NÚMERO UNO
Nauta, tres de octubre del año dos mil veinticinco.
DADO CUENTA; en la fecha los actuados del presente proceso, con requerimiento de acusación fiscal presentado por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nauta, estando a su contenido; Y CONSIDERANDO: Primero. Que, en el proceso seguido contra AUGUSTO AMASIFUEN TAMANI como presunto autor del delito de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, en agravio de NELLY CHARITO AMASIFUEN YUYARIMA. Segundo. Que, de conformidad con el artículo 350º del CPP corresponde otorgar a los demás sujetos procesales el plazo de 10 días hábiles, a efectos de que puedan presentar las observaciones al requerimiento de Acusación Fiscal, todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación; siendo el plazo de absolución de 10 días, el cual se computará a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Tercero.- Que, a efectos de cumplir con una de las características del Nuevo Código Procesal Penal que es el de Celeridad Procesal y en aplicación del artículo 351º del Código Procesal Penal, correspondería fijar día y hora para la realización de la audiencia preliminar de control de acusación fiscal, en consecuencia por las consideraciones expuestas, SE DISPONE: 1. CORRER TRASLADO la acusación fiscal a los sujetos procesales por el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, a efectos de que puedan presentar por escrito los medios de defensa antes precisados; y 2. SEÑALESE fecha y hora para la realización de la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION FISCAL para el día DOS DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS, a horas DOCE DEL MEDIO DIA [12:00 p.m], hora exacta, para la realización de la audiencia la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECISESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
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JUZGADO PENAL DE INVEST. PREPARATORIA-Nauta I
EXPEDIENTE: 00128-2017-99-1901-JR-PE-01
JUEZ: COSTA CASIQUE MARK ANTONY
ESPECIALISTA: GRANDEZ LOPEZ ESAU JACOB
MINISTERIO PUBLICO: FISCALIA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO NAUTA,
IMPUTADO: JIMENEZ PASTRANA, JAQUER Y OTROS
DELITO: COLUSIÓN AGRAVADA
AGRAVIADO:MUNICIPALIDAD DIST URARINAS PROCURADOR PUBLICO ANTICORRUPCIION DEL DIST JUD LORETO,
RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTISEIS
Nauta, diecinueve de septiembre del año dos mil veinticinco.
ESTANDO; en la fecha del presente proceso, con el acta del especialista de audiencia Téngase Presente, y siendo el estado de la misma, se DISPONE: REPROGRAMAR la audiencia PRELIMINAR DE REQUERIMIENTO ACUSACIÓN para el día UNO DE JULIO DEL AÑO DOS MIL VEINTISEIS A HORAS OCHO Y TREINTA DE LA MAÑANA (08.30 AM), para la realización de la AUDIENCIA PÚBLICA la misma que se llevará a cabo en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Nauta, sito en el segundo piso de esta sede de Corte, ubicado en la calle Tarapacá N° 617- Nauta, BAJO APERCIBIMIENTO en caso de inconcurrencia: 1) Para el señor Fiscal de remitir las copias pertinentes a la Autoridad Nacional Desconcentrada de Control. 2) Para el abogado defensor público de remitir copias certificadas a la Dirección Nacional y Regional, para los fines que corresponda. 3) Para el Abogado Particular, de subrogarlo de la defensa, e imponerle una multa compulsiva y progresiva de Cinco Unidades de Referencia Procesal, sin perjuicio de poner a conocimiento al Colegio de Abogado al que se encuentren inscritos y a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Loreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 296° de la ley Orgánica del Poder Judicial. COMUNIQUESE al representante del Ministerio Público que deberá concurrir a la audiencia con el integro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el Juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal; todo ello, para facilitar el desarrollo de la audiencia convocada. Asimismo, notifíquese vía edicto penal. SUSCRIBE el Especialista Judicial de Juzgado por autorización expresa del señor Juez al amparo de lo previsto por el primer párrafo del artículo 125° del Código Procesal Penal y en aplicación supletoria del último párrafo del artículo 122° del Código Procesal Civil; concordante con el Inciso 6) y 24) del artículo 268° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. NOTIFÍQUESE.
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PRESCRIPCION

PUBLICACIÓN Y EDICTO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO
POR ANTE NOTARIO PÚBLICO GAMANIEL MALLQUI MINAYA, CON OFICINA EN LA CALLE RIOJA N°600 – NAUTA, LA SEÑORA: FLORESCINDA CRUZADO GALVEZ, AMPARADO EN EL ARTICULO 21 DE LA LEY NUMERO 27157, LEY N° 27333 Y D.S. 008-2000-MTC, SOLICITA QUE SE LE DECLARE PROPIETARIA DEL INMUEBLE UBICADO EN EL EN EL ASENTAMIENTO HUMANO MARGINAL MANUEL PACAYA MANZANA 33 LOTE 18A, DISTRITO DE NAUTA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LORETO, EN LA PARTIDA ELECTRONICA N° P12100634, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LORETO A FAVOR DE FLORESVINDA CRUZADO GALVEZ, MARIA PAPA ZUMBILLA Y DIEGO SANDA LANZA; CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHO SOBRE DICHO INMUEBLE. EDICTO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE FLORESVINDA CRUZADO GALVEZ, MARIA PAPA ZUMBILLA Y DIEGO SANDA LANZA, PARA QUE SE PRESENTE ANTE LA NOTARIA PUBLICA GAMANIEL MALLQUI MINAYA, CON OFICINA EN LA CALLE RIOJA N°600 – NAUTA, CON EL FIN DE ENTERARSE DEL PRESENTE TRÁMITE DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SOLICITADO POR LA SEÑORA: FLORESCINDA CRUZADO GALVEZ, SOBRE EL BIEN INMUEBLE ANTES DESCRITO, BAJO APERCIBIMIENTO DE DARSE POR NOTIFICADO Y DAR SU ACEPTACIÓN A DICHO TRÁMITE; LO QUE SE NOTIFICA CONFORME A LEY. NAUTA, 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025.
GAMANIEL MALLQUI MINAYA
Abog. NOTARIO DE LORETO
V-3(30,05 y 11) F/12411
S/129.00

PUBLICACIÓN DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO.
POR ANTE MI, NOTARIO PÚBLICO FLORENTINO QUISPE RAMOS, CON OFICINA EN JIRÓN MORONA Nº 163 – IQUITOS, FABIOLA GUIMARAES HUANAQUIRI, AMPARADO EN EL ARTICULO 21 DE LA LEY NUMERO 27157, LEY Nº 27333 Y D.S. 008-2000-MTC, SOLICITA SE LE DECLARE PROPIETARIO DEL BIEN INMUEBLE UBICADO CON FRENTE A LA CALLE 7 DE EL ASENTAMIENTO HUMANO ZONA BAJA BELEN MZ L LOTE 10 (ACTUALMENTE CALLE 7 NÚMERO 70 ZONA BAJA), DEL DISTRITO DE BELÉN, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO, INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA Nº P12039903, DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° IV – SEDE IQUITOS, A FAVOR DE: IRENE ORTIZ ARISTA Y LIA CAROLA GUIMARAES HUANAQUIRI; CONVOCÁNDOSE A TODO AQUEL QUE TENGA DERECHO SOBRE DICHO INMUEBLE PARA HACERLO VALER CON ARREGLO A LEY. EDICTO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO.- SE CITA, LLAMA Y EMPLAZA A IRENE ORTIZ ARISTA Y LIA CAROLA GUIMARAES HUANAQUIRI, PARA QUE SE PRESENTE ANTE LA NOTARIA PÚBLICA FLORENTINO QUISPE RAMOS, CON OFICINA EN JIRÓN MORONA Nº 163 – IQUITOS, CON EL FIN DE ENTERARSE DEL PRESENTE TRAMITE DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO SOLICITADA POR FABIOLA GUIMARAES HUANAQUIRI, SOBRE EL BIEN INMUEBLE ANTES DESCRITO, BAJO APERCIBIMIENTO DE DARSE POR NOTIFICADA Y DAR SU ACEPTACIÓN A DICHO TRÁMITE; LO QUE SE NOTIFICA CONFORME A LEY.
IQUITOS, 29 DE OCTUBRE DEL 2025.
FLORENTINO QUISPE RAMOS.
ABOGADO – ABOGADO NOTARIO DE MAYNAS.
V-3(30,05 y 11) F/12414
S/129.00

SALA PENAL

EDICTO PENAL
SALA PENAL LIQ. (EN ADICION 2SPA) – Sede Central
EXPEDIENTE: 00059-2011-0-1901-JR-PE-01
RELATOR: RUIZ FERNANDEZ MARIA CECILIA
IMPUTADO: FRANCISCO PEZO PIÑOLA
WALTER PINEDO ACHO
ROBERTO PINEDO HIDALGO
CARLOS GERONIMO CORONEL GUSMAN
CLARA ELISA REATEGUI RIVADENEYRA
ALEJO GONZALES MACEDO
DELITO: COLUSIÓN
AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TROMPETEROS
Por el presente, conforme a lo ordenado en el expediente arriba señalado, se ha dispuesto notificar a las partes procesales la siguiente RESOLUCIÓN NÚMERO CUARENTA Y CUATRO. Iquitos, veintiuno de octubre del dos mil veinticinco.- (…) CONVÓQUESE a AUDIENCIA PÚBLICA DE JUICIO ORAL de los acusados FRANCISCO PEZO PIÑOLA, WALTER PINEDO ACHO, ROBERTO PINEDO HIDALGO, CARLOS GERONIMO CORONEL GUSMAN, CLARA ELISA REATEGUI RIVADENEYRA y ALEJO GONZALES MACEDO; y para tal efecto, FÍJESE FECHA Y HORA para el LUNES 24 DE NOVIEMBRE DE 2025, a las NUEVE de la mañana (09:00 a.m.), el cual correspondería programarlo en la Sala de Audiencias de la Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de Loreto, sito en Av. Grau N° 720- 3er piso del Distrito de Iquitos, pero de forma virtual, a través del aplicativo Google Meet, siendo el siguiente link: meet.google.com/jtr-eaho-cqa. Por lo que las partes procesales deben conectarse veinte (10) minutos antes del inicio de la sesión de audiencia, con el fin de cumplir con la conferencia de preparación y coordinación. Pudiendo las partes, realizar dichas coordinaciones con la secretaria de sala penal Abg. María Esther Ruiz Bazalar, dentro del horario de trabajo: 07:30 am – 12:59 m y de 2:00 – 4:30 pm, con días de anticipación, a través del Teléfono: 065 581212, anexo 30057 (…)
Iquitos, 29 de octubre de 2025
V-3(30,31 y 03)

SUCESIONES

SUCESIÓN INTESTADA
ANTE MÍ, MARCO ANTONIO VELA MARROQUIN, NOTARIO DE IQUITOS, CON OFICIO NOTARIAL EN JIRÓN RICARDO PALMA 456 – IQUITOS; DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662, SE PRESENTARON JORGE MANUEL MESIA PINTO CATALAO Y HERNANDO ENRIQUE MESIA PINTO CATALAO, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE JORGE MESIA VELA, FALLECIDO EL 06 DE OCTUBRE DE 2025, EN EL DISTRITO DE PUNCHANA, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO; TENIENDO COMO ÚLTIMO DOMICILIO EL FIJADO EN CALLE LORETO N° 270, DISTRITO DE IQUITOS, PROVINCIA DE MAYNAS, DEPARTAMENTO DE LORETO; SOLICITANDO QUE SE DECLARE HEREDEROS A JORGE MANUEL MESIA PINTO CATALAO Y HERNANDO ENRIQUE MESIA PINTO CATALAO, EN CALIDAD DE HIJOS SUPÉRSTITES; LO QUE SE PUBLICA A FIN DE QUE LAS PERSONAS QUE CREAN TENER VOCACIÓN SUCESORIA SOBRE EL CAUSANTE LO HAGAN VALER EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LEY.
IQUITOS, 29 DE OCTUBRE DEL 2025.
MARCO ANTONIO VELA MARROQUIN
NOTARIO DE IQUITOS
V-1(30)F/12413
S/30.00

PUBLICACIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA
POR ANTE MI, NOTARIO PÚBLICO FLORENTINO QUISPE RAMOS, CON OFICINA EN EL JIRÓN MORONA Nº 161 – IQUITOS, ENRIQUE NAJAR FLORES, POR DERECHO PROPIO, SOLICITA LA DECLARACIÓN DE SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN FUERA EN VIDA SU ABUELITA DON JORGE NAJAR DEL CASTILLO, FALLECIDO EL 07 DE MARZO DEL AÑO 1992 EN EL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE INCA GARCILAZO DE LA VEGA SIN NÚMERO, DEL DISTRITO DE MASISEA, PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO Y REGIÓN DE UCAYALI, SIENDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN EL PASAJE ROMERO NÚMERO 205, DISTRITO DE BELÉN, PROVINCIA DE MAYNAS, REGIÓN DE LORETO; LO QUE SE HACE SABER PARA LOS FINES PERTINENTES DE LEY.
IQUITOS, 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025.
FLORENTINO QUISPE RAMOS
ABOGADO – NOTARIO DE MAYNAS
V-1(30)F/12414
S/27.00